Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Granada, dimanante de autos núm. 97/2019. (PP. 660/2020).

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SENTENCIA núm. 33/2020

En Granada, a tres de febrero de dos mil veinte.

Vistos por mí, Santiago Ibáñez Molinero, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Trece de Granada, los presentes autos 988/2019, seguidos a instancia de la entidad «Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria» (SAREB), representada por la Procuradora Sra. Rodríguez Robledo, y defendida por el Letrado Sr. Atencia Robledo; contra los ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Parapantes, núm. 41, vivienda 7, de Huétor-Vega (Granada), declarados rebeldes. Sobre precario. Habiendo recaído la presente en virtud de los siguientes.

F A L L O

Que estimando íntegramente la demanda inicial de estos autos deducida por la entidad «Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria» (SAREB), contra los ocupantes del inmueble objeto del procedimiento sito en calle Parapantes, núm. 41, vivienda 7, de Huétor-Vega (Granada), debo declarar haber lugar al desahucio por precario, y debo condenar y condeno al identificado como ocupante don Juan Jiménez Navarro, y a otros posibles ignorados ocupantes a desalojar la finca expresada, bajo apercibimiento de que en caso contrario se procederá a su lanzamiento. Con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta sentencia a las partes, con indicación de la misma no es firme, ya que contra ella cabe recurso de apelación a inteponer ante este mismo Juzgado para ante la Ilma. Audiencia Provincial, en la forma prevista por el artículo 458, de la Ley de Enjuiciamiento Civil de 7 de enero de 2000. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación literal a los autos de su razón, lo acuerdo y en consecuencia firmo.

Publicación. La anterior sentencia ha sido leída y publicada por el Sr. Juez que la suscribe, en el día de su fecha y en audiencia pública. Doy Fe.

Y encontrándose el demandado ignorados ocupantes vivienda núm. 7, C/ Parapantes, 41, Huétor-Vega, y Juan Jiménez Navarro, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Granada, a veintiséis de febrero de dos mil veinte.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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