Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 30/07/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Resolución de 25 de julio de 2020, de la Secretaría General Técnica, por la que se suprimen los registros auxiliares de documentos que se citan.

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El artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía, junto a las previsiones sobre esta materia recogidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, constituyen el marco legislativo que debe regir los Registros Administrativos, materia que se desarrolla en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía mediante el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen las medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, el cual regula en su Capítulo III los Registros de Documentos.

El artículo 10 Decreto 204/1995, de 29 de agosto, prevé que los órganos administrativos que dispongan de un Registro General de Documentos podrán establecer los Registros Auxiliares que sean necesarios para facilitar la presentación de escritos y comunicaciones, así como para racionalizar los procedimientos administrativos.

Por otra parte, el art. 11 del citado decreto, establece que: «Los titulares de los centros directivos comunicarán a la Secretaría General para la Administración Pública la instalación, modificación, traslado o supresión de las Oficinas de Registros Generales de documentos que de ellos dependan, especificando su denominación, ubicación, horarios de atención al público y, en su caso, las técnicas y medios mecánicos, electrónicos, informáticos telemáticos de acceso y comunicación».

Los Centros Residenciales de Personas Mayores de la Junta de Andalucía relacionados en la presente resolución cuentan actualmente con oficinas de registro auxiliares de documentos. Teniendo en cuenta los recursos existentes, y aplicando criterios de eficiencia en la utilización de los mismos, se considera oportuna su supresión.

De conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 106/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, corresponde a esta Secretaría General Técnica la organización, racionalización y supervisión de las unidades y servicios de la Consejería, así como la las funciones generales de administración, registro y archivo central, en base a ello

RESUELVO

Primero. Suprimir los siguientes Registros de Documentos:

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores El Zapillo, sito en Avenida Cabo de Gata, n.º 295, C.P. 04007 Almería.

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Algeciras, sito en Avenida de Venecia, n.º 2, C.P. 11205 Algeciras (Cádiz).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Jerez de la Frontera, sito en Avda. Fernando Portillo, s/n, C.P. 11405 Jerez de la Frontera (Cádiz).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores Parque Figueroa, sito en Avda. del Mediterráneo, s/n, C.P. 14011 Córdoba.

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Armilla, sito en C/ San Miguel, 112, C.P. 18100 Armilla (Granada).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores La Orden, sito en C/ Artesanos, 18, C.P. 21005 Huelva.

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Linares, sito en Avda. Torrito, s/n, Ctra. Córdoba-Valencia, km 123, C.P. 23700 Linares (Jaén).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Úbeda, sito en Blas Infante, 18, C.P. 23400 Úbeda (Jaén).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de La Carolina, sito en Plaza Sor Primitiva, s/n, C.P. 23200 La Carolina (Jaén).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de El Palo, sito en C/ Camelias, 6 (Pinares San Antón), C.P. 29018 Málaga.

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Estepona, sito en C/ Poniente, n.º 3, C.P. 29680 Estepona (Málaga).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores «Huerta Palacios», sito en Plaza Huerta Palacios, n.º 4, C.P. 41701 Dos Hermanas (Sevilla).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores de Marchena, sito en C/ Alférez Provisional, n.º 2, C.P. 41620 Marchena (Sevilla).

Registro auxiliar de documentos del Centro Residencial de Personas Mayores Heliópolis, sito en Padre Mediavilla, n.º 2, C.P. 41012 Sevilla.

Segundo. Acordar la publicación en el BOJA de la presente resolución, la cual entrará en vigor el mismo día de su publicación en dicho boletín oficial.

Sevilla, 25 de julio de 2020.- La Secretaria General Técnica, María Inmaculada Fajardo Rivas.

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