Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 03/08/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 23 de junio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga, dimanante de autos núm. 1148/2012. (PP. 1353/2020).

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NIG: 2906742C20120025035.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1148/2012. Negociado: 08.

De: Consorcio Compensación de Seguros.

Contra: Don José Francisco Oliver Romero y AXA Seguros Generales, S.A.

Procuradora: Sra. María del Carmen Miguel Sánchez.

Letrado: Sr. Martín de Porres Gómez de la Rosa Aranda.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1148/2012, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Málaga a instancia de Consorcio Compensación de Seguros contra José Francisco Oliver Romero y AXA Seguros Generales, S.A., sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

«SENTENCIA 16/2013

En Málaga, a veintidós de enero de dos mil trece.

Vistos por mí, doña Ana Matilla Rodero, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Dieciocho de los de esta localidad, los presentes autos de Juicio Verbal, registrado con el número 1148/2012, y seguido entre partes de una y como demandante el Consorcio de Compensación de Seguros, representado y asistido por el Letrado sustituto del Abogado del Estado, y de otra y como demandados don José Francisco Oliver Romero, provisto del DNI 2X878XXXH, en situación procesal de rebeldía, y entidad aseguradora AXA Seguros, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros, con domicilio social en Palma de Mallorca, calle Monseñor Palmer, núm. 1, provista del CIF. núm. A-6091XXXX, representada por la Procuradora doña María del Carmen Miguel Sánchez y asistida por el Letrado don Martín P. Gómez de la Rosa Aranda, sobre reclamación de cantidad, y atendidos los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda formulada por el Consorcio de Compensación de Seguros, asistido por el Letrado Sustituto del Abogado del Estado, contra don José Francisco Oliver Romero, en situación procesal de rebeldía, debo condenar y condeno al expresado demandado a que satisfaga al actor la cantidad de mil quinientos cincuenta y dos euros y treinta y cinco céntimos (1.552,35 euros), así como al pago de los intereses de dicha cantidad, desde la interpelación judicial hasta su completo pago, calculados al tipo de interés legal del dinero, incrementado en dos puntos a partir de la fecha de la presente resolución. Todo ello con expresa condena del demandado al pago de las costas causadas.

Que, desestimando la misma demanda formulada contra la entidad mercantil AXA Seguros, S.A. de Seguros y Reaseguros, representada por la Procuradora doña María del Carmen Miguel Sánchez, debo absolver y absuelvo a la expresada demandada de los pedimentos contenidos en aquella demanda; con expresa imposición de costas al demandante.

Notifíquese la presente resolución a las partes de este procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.»

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado José Francisco Oliver Romero y AXA Seguros Generales, S.A., extiendo y firmo la presente en Málaga, a veintitrés de junio de dos mil veinte.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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