Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 04/08/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 23 de julio de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, por la que se dispone la publicación del acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 16 de diciembre de 2019, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial núm. 28 de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor (PM-28) (Sevilla), denominada «Actualización de la Ficha núm. 8 del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación» y se ordena la publicación del contenido de sus Normas Urbanísticas.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 13.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, esta Delegación Territorial hace público el acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 16 de diciembre de 2019, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial núm. 28, de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor (PM-28) (Sevilla), denominada «Actualización de la Ficha núm. 8, del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación».

Conforme establece el artículo 41.2 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, con fecha 8 de enero de 2020, y con el número de registro 8248, se ha procedido a la inscripción y depósito del instrumento de planeamiento de referencia en el Registro de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados dependiente de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, así como en el correspondiente Registro Municipal del Ayuntamiento de Mairena del Alcor (Sevilla).

De conformidad con lo establecido por el artículo 41.1 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se hace público el contenido de:

- El Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 16 de diciembre de 2019, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Parcial núm. 28 de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor (PM- 28) (Sevilla), denominada «Actualización de la Ficha núm. 8 del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación». (Anexo I).

- Las Normas Urbanísticas del referido instrumento de Planeamiento (Anexo II).

ANEXO I

Visto el expediente administrativo y el documento técnico correspondiente a la Modificación Parcial núm. 28, de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor (PM- 28), denominada «Actualización de la Ficha núm. 8, del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación», del municipio de Mairena del Alcor (Sevilla), con aprobación provisional de fecha 21.9.2018, resultan los siguientes

ANTECEDENTES

Primero. El instrumento de planeamiento general vigente son las Normas Subsidiarias Municipales aprobadas definitivamente por la CPOTU de 26 de octubre y 29 de diciembre de 1994, que se encuentran adaptadas parcialmente ( adaptación parcial aprobada por el Pleno del Ayuntamiento con fecha por 9.4.2013) a la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, (en adelante LOUA) las citadas normas incluyen el Catálogo de Patrimonio Histórico del municipio.

Segundo. Mediante oficio con registro de entrada de 26.8.2019, el Ayuntamiento de Mairena del Alcor solicita al Servicio de Urbanismo que se proceda, por la CTOTU, a la aprobación definitiva del documento de Modificación Parcial núm. 28, de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor ( PM-28), denominada «Actualización de la Ficha núm. 8 del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación», aportando copia del documento técnico debidamente diligenciado aprobado provisionalmente con fecha 21 de septiembre de 2018, en Pleno, en sesión extraordinaria y urgente, y del expediente administrativo tramitado en el Ayuntamiento; considerándose el expediente completo y comunicándose al Ayuntamiento el inicio del cómputo del plazo de cinco meses para resolver y notificar, de conformidad con el artículo 32.4 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. La presente Innovación tiene por objeto revisar la Ficha núm. 8 del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NNSS, referida a la Ermita del Cristo de la Cárcel con Protección estructural, actualizando la planimetría completa de las edificaciones existentes, introduciendo las cautelas arqueológicas preceptivas, revalorizando patrimonialmente el conjunto edificado en la parcela situada en la calle San Fernando núm. 2, revisando la zonificación y planificación volumétricas e introduciendo criterios de compatibilidad entre las condiciones derivadas de la protección estructural de la Ermita y las condiciones de la edificación afectada por la protección Ambiental, conforme a lo establecido en el art. 131 de las NNSS.

Dicha modificación se traduce en:

- Modificación de la ficha catálogo núm. 8 introduciendo en el apartado de otras condiciones, la pormenorización de las condiciones derivadas de la protección ambiental en el entorno de la ermita del Cristo de la Cárcel y la visualización de la arquitectura tradicional de C/ San Fernando, según art. 131.3 de las Normas urbanísticas, que le es de aplicación y que no se recogen en la ficha actual, así como las medidas cautelares necesarias para salvaguardar los bienes arqueológicos integrantes del patrimonio histórico Andaluz en caso de hallazgo casual (art. 50 de la Ley Patrimonio Histórico Andaluz de 26 de noviembre). Así mismo se establece una zonificación del conjunto del equipamiento religioso, actualizando la cartografía catastral, la realidad física existente en cuanto al uso de las edificaciones que integran dicho conjunto, determinando en cada una de ellas las condiciones de edificación que se especifican en el apartado de condiciones de edificación de la ficha reformada.

- Modificación del plano núm. 4 «Calificación del suelo: núcleo, hoja núm. 5 de las NNSS», en el que se refleja la realidad física existente en cuanto al uso de las edificaciones que integran el equipo comunitario, ya contemplado en la planimetría de la ficha del catálogo de la Ermita, como uso complementario religioso y cultural (casa hermandad de la Soledad, salón de actos, biblioteca y zona de estar, vivienda párroco) y que no se encuentran recogidos como tal en el plano núm. 4 de las NNSS. vigentes, estableciendo así la coherencia documental y planimétrica correspondiente.

Cuarto. La tramitación municipal del expediente, ha sido la siguiente:

A) Tramitación Ambiental.

• Oficio del Ayuntamiento de Mairena del Alcor, con fecha de entrada en Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Sevilla, de 27.4.2017, solicitando informe sobre la necesidad o no de incorporar el informe previo de Valoración Ambiental.

• Remisión al Ayuntamiento del citado informe, emitido del Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con fecha 17.5.2017, en el que se concluye que la Innovación debe someterse al trámite de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental.

• Oficio del Ayuntamiento con fecha de entrada en Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Sevilla, de 30.6.2017, solicitando, el inicio de la Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada, de acuerdo con lo establecido en los artículos 39 y 40.6 de la Ley 7/2007, de 9 de julio.

• Oficio de fecha 13/11/2017 del Servicio de Protección Ambiental de la Delegación Territorial de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (con fecha de entrada en el Ayuntamiento, de 17.11.2017), por el que se remite el Informe Ambiental Estratégico, emitido con fecha 9.11.2017, resolviendo que el instrumento de planeamiento urbanístico no tendrá efectos significativos sobre el medio ambiente.

B) Aprobación inicial.

• Informes municipales previos a la aprobación inicial: informes jurídicos de la Vicesecretaria de la Gerencia Municipal de Mairena del Alcor, de fechas 18.5.2017 y 30.10.2017.

• Certificado de la Secretaría General del Ayuntamiento, de fecha 15.11.2017, sobre el acuerdo adoptado en Pleno, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 14.11.2017, en relación a la aprobación inicial de la Modificación núm. 28 de las NN.SS.

• Trámite de Información Pública, de conformidad con el artículo 39 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía: BOP de Sevilla núm. 11, de fecha 15.1.2018; tablón electrónico municipal; periódico «Diario el Correo Andalucía» de fecha 19.1.2018; así como exposición en el Portal de la Transparencia; habiéndose efectuado alegaciones, dentro de plazo, por la Parroquia Santa María de la Asunción, referidas básicamente a las condiciones de edificación y tipo de obras permitidas en la parcela integrante en la ficha núm. 8 del Catálogo.

• Informe técnico emitido por el arquitecto de la Gerencia Municipal, de fecha 19.4.2018 proponiendo la estimación de alegaciones, e informe jurídico de la Vicesecretaria de la Gerencia Municipal, de fecha 25.4.2019, por el que se estiman parcialmente éstas, dando lugar a la redacción de una nueva versión del documento, de fecha 19.4.2018, dela MP-28, para incorporar el resultado de dicha estimación.

• Certficado de Vicesecretaria de la Gerencia de Urbanismo de que por el Consejo de Gobierno de la Gerencia Municipal, en sesión ordinaria de 26.4.2018, se estimaron parcialmente las alegaciones.

C) Informes sectoriales.

Informes sectoriales autonómicos:

• La coordinación y recepción de los informes sectoriales de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.1 2.º y 4.º de la LOUA, corresponden a la Comisión Provincial de Coordinación Urbanística (en adelante CPCU), de acuerdo con el artículo 15 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias de la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, no habiéndose solicitado por el Ayuntamiento, los informes preceptivos a la aprobación inicial.

Informes sectoriales estatales:

• Informe sectorial en materia de Dominio Público Hidráulico, emitido el 17.8.2018, por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, remitido al Ayuntamiento con fecha 28.8.2018, manifestando la no afección.

D) Aprobación provisional:

• Informes municipales previos a la aprobación provisional: informe jurídico de fecha 31.8.2018, de la Vicesecretaria de la Gerencia de Urbanismo.

• Certificado del Secretario del Ayuntamiento de Mairena del Alcor, de fecha 24.9.2018, sobre el acuerdo adoptado en Pleno, en sesión extraordinaria y urgente, celebrada el día 21.9.2018 en relación a la aprobación provisional de la Modificación del Parcial núm. 28.

Se hace constar en dicho acuerdo plenario que las modificaciones introducidas tras la estimación de las alegaciones, no tienen carácter sustancial.

E) Informes sectoriales autonómicos vinculantes:

Al no haberse producido la solicitud de informes preceptivos a la aprobación inicial; tal y como se recoge en el artículo 32.1.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, se entiende que el plazo para la emisión dichos informes es de tres meses, en virtud de lo establecido en le punto 2 de la disposición adicional primera del Decreto 36/2014:

• Solicitud del Ayuntamiento, dirigida la CPCU, con fecha de entrada en esta Delegación Territorial de 19.3.2019, de emisión de los informes sectoriales preceptivos:

◦ Informe en materia de Aguas, emitido con carácter favorable con fecha 13.5.2019 y remitido al Ayuntamiento con fecha 7.6.2019.

◦ Informe en materia de Salud, emitido en sentido favorable con fecha 31.5.2019, (verificando el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento, en sesión ordinaria de 12.2.2019 por el que se aprueba el documento técnico elaborado el día 29.1.2019 (aprobado en sesión plenaria de fecha 12.2.2019, publicado en BOP núm. 132 de 10.6.2019, en el Diario El Mundo, con fecha 26.6.2019, en el Portal de la Transparencia y en el e-tablón del Ayuntamiento del 25.6.2019 al 27.7.2019, sin que se hayan presentado alegaciones), sobre la valoración de impacto ambiental de la modificación, en el que se concluye que el análisis preliminar no detecta impactos que puedan afectar a la salud de la población, determinando que la modificación de referencia no tiene incidencia en la salud, habiendo sido objeto de información pública, no habiéndose presentado alegaciones al respecto, y remitido al Ayuntamiento con fecha 14.6.2019.

◦ Informe en materia de Patrimonio Histórico, de no afección, emitido con fecha 29.4.2019 y remitido al Ayuntamiento con fecha 7.6.2019.

◦ Informe de Incidencia Territorial, emitido el 26.4.2019 con carácter favorable, y remitido al Ayuntamiento con fecha 7.6.2019, indicándose que las determinaciones del proyecto no generan una incidencia negativa en la ordenación del territorio.

La tramitación seguida es conforme a la establecida en el artículo 32 de Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, en relación con lo especificado en el artículo 36.2 b) del mismo texto legal.

Quinto. Tras el estudio y análisis del expediente administrativo y del documento técnico, el Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, emite Informe Técnico-Jurídico con fecha 31.10.2019.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente instrumento urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. En cuanto al contenido documental de este instrumento de planeamiento y de su tramitación administrativa en fase municipal, ha seguido el procedimiento regulado en los artículos 19, 36, 32 y 39, de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. De conformidad con el artículo 12 del Decreto del Presidente 6/2019, de 11 de febrero, por el que se modifica el Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, se asignan a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio las competencias en materia de ordenación del territorio y del litorial y urbanismo que eran ejercidas por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Asimismo, el Decreto 32/2019, de 5 de febrero, modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

En virtud del artículo 2.4.k) del Decreto 107/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo queda adscrita a la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio. Asimismo, de conformidad con la Disposición transitoria tercera del citado Decreto, las competencias recogidas en el Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, hasta tanto no se adapten al referenciado Decreto 107/2019, se entenderán atribuidas a los órganos equivalentes de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio.

El Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, distribuye las competencias que en materia de urbanismo tiene la Administración de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 31 de la LOUA, entre los diferentes órganos de la Administración Andaluza.

La Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo (CTOTU) de Sevilla es el órgano competente para adoptar el Acuerdo que proceda sobre la aprobación definitiva de este expediente, conforme a los artículos 31.2.B.a) de la LOUA y 12.1.d) del citado Decreto 36/2014.

Cuarto. El informe técnico–jurídico del Servicio de Urbanismo de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, emitido con fecha 31.10.2019, concluye: «La Modificación Parcial núm. 28 de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor (PM-28), aprobado provisionalmente con fecha 21.9.2018, se ajusta a las determinaciones establecidas por la legislación urbanística de aplicación, infomándose favorablemente».

De conformidad con la propuesta formulada por la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico, en virtud de lo establecido por el art. 10.1 del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, por la mayoría especificada por el art. 9.4 del citado Decreto, de conformidad con el art. 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y la Ley 9/2007, de 22 octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía

ACUERDA

1.º Aprobar definitivamente, en virtud del artículo 33.2.a) de la Ley de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) la Modificación Parcial núm. 28 de las NN.SS de planeamiento de Mairena del Alcor, denominada «Actualización de la Ficha núm. 8 del Catálogo de Patrimonio Histórico de las NN.SS y Revisión de las Condiciones de Edificación», con aprobación provisional por el Pleno del Ayuntamiento de fecha 21.9.2018, de conformidad con lo especificado por el artículo 33.2.a) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA).

2.º Proceder a su depósito e inscripción en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados,  de conformidad con el artículo 40 de la LOUA y el artículo 21.1 del Decreto 2/2004, de 7 de enero, por el que se regulan los registros administrativos de instrumentos de planeamiento, de convenios urbanísticos y de los bienes y espacios catalogados, y se crea el Registro Autonómico.

3.º Notificar el presente acuerdo al Ayuntamiento de Mairena del Alcor, de conformidad con el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.º Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), en virtud del artículo 41 de la LOUA, y la disposición adicional quinta del Decreto 36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de las Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo. Asimismo, tras el depósito, inscripción y publicación, el contenido íntegro del instrumento de planeamiento estará disponible en el Sistema de Información Territorial y Urbanística de Andalucía SITUA.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello, sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

ANEXO II

Sevilla, 23 de julio de 2020.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.

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