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De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en Andalucía, en relación con el artículo 10.3.e) del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía,
RESUELVO
Primero. Autorizar las tarifas de transporte urbano colectivo de la ciudad de Martos que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFA AUTORIZADA
IVA INCLUIDO
• Billete Ordinario: 0,95 euros por cada viaje.
• Billete Especial: 1,10 euros por cada viaje.
• Billete con Tarjeta Andalucía Junta Sesentaycinco: 0,50 euros por cada viaje.
• Bono-Bus Ordinario: 0,80 euros por cada viaje.
• Bono-Bus Social: 0,70 euros por cada viaje.
Se entenderá por billete especial el que es necesario adquirir por servicios prestados fuera del horario establecido, tales como Feria de San Bartolomé, Romería de la Virgen de la Victoria, día de todos los Santos y otros eventos especiales de carácter no regular que por el Excmo. Ayuntamiento de Martos se establezcan.
Se entenderá por billete con tarjeta Andalucía Junta Sesentaycinco, el que podrá ser adquirido por aquel usuario que acredite ser titular de dicha tarjeta y que la misma se encuentre en vigor en el momento de acceder a los vehículos adscritos a la prestación del servicio, dentro de los recorridos fijados a tal fin.
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta, independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente por parte de la empresa prestadora del servicio a los usuarios hasta tanto no se publique en el citado boletín, exhibiéndola en lugar visible de los vehículos.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Secretaría General de Hacienda en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 20 de diciembre de 2019.- El Director General, Manuel Vázquez Martín.
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