Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 18/08/2020

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Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Anuncio de 10 de agosto de 2020, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, sobre el depósito de estatutos de la constitución de la organización sindical que se cita.

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Resolución de fecha 10 de agosto de 2020 del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales por la que se anuncia la constitución del sindicato denominado Sindical Obrera Andaluza con número de depósito 71100157.

Ha sido admitido el depósito de la constitución de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por don José Luis Gamero Morales mediante escrito tramitado con el número de entrada 71/2020/000202.

Los estatutos y el acta de constitución están suscritos por don Sergio Mallen Hoceja, doña Josefa Báez Pérez, don Antonio García Vidal, don Amadou Doumbia, doña Ana Pinto Lepe, todos ellos en calidad de promotores.

Se indica que el domicilio de la organización se fija en la C/ Arqueólogo Garay Anduaga núm. 18, 21004 Huelva (Huelva), su ámbito territorial es la Comunidad Autónoma de Andalucía y el funcional es el establecido en el artículo 4 de sus estatutos.

En virtud de la competencia atribuida por el artículo 3.2 de la Ley 4/1983, de 27 de junio, del Consejo Andaluz de Relaciones Laborales, esta Secretaría General acuerda:

Primero. Admitir el depósito de los estatutos del acto de constitución del sindicato denominado Sindical Obrera Andaluza con número de depósito 71100157.

Segundo. Ordenar la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

Cualquier persona interesada podrá examinar los estatutos depositados en la dirección web: https://expinterweb.empleo.gob.es/deose/index?request_autoridadlaboral=7100

Quienes acrediten un interés directo, personal y legítimo podrán solicitar la declaración judicial de no ser conformes a derecho los estatutos objeto de depósito, impugnándolos ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en el artículo 176 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social.

Sevilla, 10 de agosto de 2020.- El Secretario General, Eduardo Candau Camacho.

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