Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 161 de 20/08/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 27 de febrero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella, dimanante de autos núm. 874/2018. (PP. 1803/2020).

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NIG: 2906942120180007117.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 874/2018. Negociado: 03.

EDICTO

En el presente Procedimiento Ordinario 874/2018, seguido a instancia de Caixabank, S.A. frente a Kimmo Matti Alfred Mattila y Skymax Gestiones y Desarrollo, S.L., se ha dictado sentencia, que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Nº 11/2020

En Marbella, a quince de enero de dos mil veinte. El Sr. Don Roberto Rivera Miranda, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Marbella y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 874/2018 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Caixabank, S.A., con Procuradora doña Belén Ojeda Maubert y Letrada doña Margarita Muñoz Mesa; y de otra como demandado don Kimmo Matti Alfred Mattila y Skymax Gestiones y Desarrollo, S.L.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Belén Ojeda Maubert en nombre y representación de Caixabank, S.A., frente a Kimmo Matti Alfred Mattila y Skymax Gestiones y Desarrollo, S.L., debo condenar y condeno a los demandados a entregar a la actora 16.160,17 euros, más los intereses moratorias pactados desde la fecha de la presentación de la demanda. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Málaga (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458 LEC). Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banco Santander núm. 3579 0000 04 0874 18, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado Juez que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe en Marbella.

Y encontrándose dichos demandados, Kimmo Matti Alfred Mattila y Skymax Gestiones y Desarrollo, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a los mismos.

En Marbella, a veintisiete de febrero de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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