Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 31/08/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Extracto de la Resolución de 24 de agosto de 2020, de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se hace pública la convocatoria para el ejercicio 2020 y la dotación presupuestaria destinada a la financiación, para la convocatoria 2020, de las subvenciones reguladas en la Orden de 24 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00176926.

BDNS (identif.): 521754.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias)

y el presente BOJA:

Primero. Se convocan para el ejercicio 2020, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, las siguientes líneas de subvenciones en el ámbito de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de aquellas y con cargo a los créditos presupuestarios que, asimismo, se indican para cada línea:

Línea Cuantía máxima Posiciones presupuestarias

Proyectos a desarrollar en países priorizados de la cooperación andaluza:

Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo en países priorizados.
• Proyectos de Investigación o Innovación aplicados a la cooperación internacional para el desarrollo.
1.750.000 € 82B

Proyectos a desarrollar en Andalucía: •
Proyectos de Educación para el Desarrollo. • Proyectos de Formación y Estudios sobre el desarrollo.
750.000 € 82B

De conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 1.5 de la orden reguladora, esta distribución presupuestaria por finalidades de los proyectos tiene carácter estimativo, sin que en ningún caso se supere el importe máximo global. En consecuencia, la dotación presupuestaria asignada a cada una de ellas y que no resulte comprometida podrá acumularse a la otra tipología.

Segundo. Beneficiarias.

Universidades andaluzas.

Tercero. Objeto.

La financiación de los proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo en países priorizados, de Investigación o Innovación aplicados a la cooperación internacional para el desarrollo, educación para el desarrollo y de Formación y Estudios sobre el desarrollo que se incardinen en el vigente Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo.

Ante la crisis ocasionada por el COVID 19, con efectos que se extienden desde lo local en Andalucía al nivel mundial, esta convocatoria viene a reforzar el compromiso de Andalucía con las personas que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad en los territorios donde trabaja la cooperación andaluza a través de un actor clave como las universidades.

El PACODE 2020-2023, considera a las universidades como entidades de referencia en la gestión del conocimiento como instrumento para el desarrollo, aspecto sustancial en un enfoque de trabajo como el de la Agenda 2030, que necesita comprender las interrelaciones entre las diferentes cuestiones económicas, sociales y ambientales implícitas en el desarrollo. La Cooperación Universitaria para el Desarrollo promoverá la formación de ciudadanía socialmente responsable y el desarrollo de herramientas estimulantes de aprendizaje, enfocadas a imaginar y construir un futuro sostenible, impulsando la integración de la sostenibilidad y fomentando metodologías activas, experienciales y participativas que supongan la búsqueda y generación de respuestas innovadoras a los retos globales de la Agenda 2030 y permita a la sociedad andaluza conocer e implicarse en la lucha contra la pobreza. También la investigación, el desarrollo y la innovación desde las universidades andaluzas debe aportar alternativas y soluciones a los problemas del desarrollo con respuestas innovadoras, favoreciendo entornos interdisciplinares y transversales. Se establecerán vías para aprovechar el potencial de los instrumentos de colaboración existentes entre las universidades andaluzas y universidades de los países prioritarios, así como los programas europeos de intercambio. El Plan Andaluz de Cooperación para el Desarrollo (2020-2023) incluye el compromiso de la puesta en marcha de las bases reguladoras de la relación de la AACID con las universidades que, en concurrencia competitiva, lleven a cabo intervenciones de cooperación para el desarrollo junto con universidades, entidades sociales y centros de investigación de los países socios de la cooperación andaluza, al igual que acciones de educación para el desarrollo y promoción del voluntariado, investigación e innovación para el desarrollo que promuevan soluciones para mejorar las condiciones de vida de personas desfavorecidas y la cohesión social. Esta convocatoria responde al deseo de actuar para prevenir y responder los efectos de la pandemia en lugares donde habitualmente no se cuenta con condiciones mínimas para afrontar esta crisis. La fragilidad de medios de vida de los que depende la supervivencia de miles de personas, la falta de condiciones de habitabilidad, de estructuras, de acceso a agua y saneamiento, las graves limitaciones a la disponibilidad y acceso a servicios básicos como la salud, la falta de recursos institucionales y económicos, son solo algunas de las realidades que contribuyen a que los efectos de pandemia puedan ser desastrosos en los llamados países empobrecidos. Sin olvidar que, en algunos de estos contextos, la pandemia del COVID-19 constituye una crisis sumada a otras crisis humanitarias como son las ocasionadas por los desplazamientos de población, las crisis crónicas o los conflictos bélicos.

No dejar a nadie atrás requiere promover una sociedad resiliente, igualitaria e inclusiva, con una mayor capacidad para prevenir y gestionar los riesgos sistémicos y con una economía que integre y reconozca el valor de los cuidados; y relaciones globales diferentes que se sustenten en el conocimiento y la ciencia y los equilibrios de los ecosistemas e integren la lucha contra el cambio climático y la preservación de la biodiversidad, y que requerirán de nuevos modos de relación, producción e interacción con los ecosistemas. La generación de conocimiento científico y práctico que promueven las universidades es clave para la promoción del desarrollo sostenible, pues ante una situación de crisis como la actual, el coste de la pandemia tiene una repercusión directa en las personas más vulnerables y los estados más débiles. Por ello, las universidades como agentes de desarrollo y de cambio son piezas fundamentales para apoyar estos procesos transformadores en los países priorizados de la cooperación andaluza, así­ como en nuestra sociedad.

Esta convocatoria también dedicará recursos a la promoción de ciudadanía global entre la población universitaria andaluza con el fin de generar las capacidades y actitudes necesarias para comprender las causas y consecuencias de esta pandemia, así como desarrollar los valores y actitudes junto con las competencias socioafectivas para manejarse en ella junto con la capacidad crítica que posibilite la búsqueda de soluciones creativas, colectivas y cooperativas ante los efectos creadas por ella.

Cuarto. Bases reguladoras.

La convocatoria se regirá por la Orden de 24 de julio de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional para el Desarrollo, a las Universidades de Andalucía para la financiación de proyectos de cooperación internacional para el desarrollo (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2020).

Quinto. Importe.

El importe máximo de la subvención dentro de cada tipología, por finalidad del proyecto será:

Proyectos de Cooperación Universitaria para el Desarrollo en países priorizados: 220.000 €.

Proyectos de Investigación o Innovación aplicados a la cooperación internacional para el desarrollo: 220.000 €.

Proyectos de Educación para el Desarrollo: 80.000 €.

Proyectos de Formación y Estudios sobre el desarrollo: 80.000 €.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes a esta convocatoria será de 45 días naturales iniciándose el mismo el día siguiente al de la publicación de este extracto de convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, que se producirá conforme y a los efectos previstos en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Conforme a la disposición adicional segunda de la Orden de 24 de julio de 2020, en relación con el artículo 33.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por razones de interés público, procede acordar la aplicación al procedimiento de la tramitación de urgencia. Por tanto, se reducen a la mitad los plazos establecidos para la tramitación de procedimiento de concesión, salvo el de presentación de solicitudes y, en su caso, el de interposición de recursos.

Octavo. Otros datos.

Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en la Orden de 24 de julio de 2020 (BOJA núm. 146, de 30 de julio de 2020).

Noveno. Conforme a lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 124 quáter del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la persona o entidad beneficiaria podrá realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/haciendaindustriayenergia/areas/tesoreria-endeudamiento/paginas/devolucion-voluntaria.html»

Sevilla, 24 de agosto de 2020.- La Directora, María Luz Ortega Carpio.

Descargar PDF