Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 169 de 01/09/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Extracto de la Orden de 17 de agosto de 2020, de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, por la que se convocan para el ejercicio 2020 las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.

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BDNS (Identificador): 520742.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones

(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Primero. Convocatoria.

Se convocan, para el ejercicio 2020, las ayudas previstas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas al fomento de la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía (BOJA núm. 122, de 26 de junio).

Segundo. Personas beneficiarias.

Microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas de trabajo autónomo turísticas de Andalucía.

En todo caso, se entiende por microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) aquéllas que cumplan los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) núm. 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de la Unión Europea. De acuerdo con el citado reglamento, la categoría de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pyme) está constituida por las empresas que ocupan a menos de 250 personas y su volumen de negocios anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

Quedan expresamente excluidas de esta orden las sociedades civiles, las comunidades de bienes, así como cualquier otra agrupación de personas físicas, que aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos, o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Tercero. Objeto.

Constituye el objeto de la presente línea de subvención, la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a fomentar la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía. A tal efecto, serán objeto de subvención la implantación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación que potencien la comercialización electrónica de productos y servicios turísticos, incluyendo la creación de plataformas de comercialización, o integración en las ya existentes. Igualmente acogerá actuaciones dirigidas a la integración en la comunidad turística virtual, así como las destinadas a la mejora de la experiencia, la personalización de los servicios y a la atención al cliente. También tendrá cabida en esta subvención el desarrollo de servicios tecnológicos innovadores, tales como, implementación de software y hardware de gestión avanzada, infraestructura de redes y tecnologías que ayuden a la optimización de procesos, acceso a servicios en remoto y a bases de datos, creación de contenido optimizado para el ámbito digital (como vídeos o imágenes en 360º) y similares. Asimismo, financiará la creación de productos turísticos basados en la innovación tecnológica, tales como, realidad aumentada y virtual aplicada a la interpretación de los recursos culturales y naturales, nuevas formas de información turística, aplicación de los recursos tecnológicos avanzados a la comunicación turística, servicios de guías turísticos a través de gafas inteligentes y similares.

Cuarto. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden de 15 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a la implantación de las tecnologías de la información y la comunicación en las pymes turísticas de Andalucía.

Quinto. Importe.

La financiación de estas subvenciones se realizará con cargo al crédito consignado en la partida presupuestaria indicada a continuación, en la cuantía total máxima de 2.380.000 euros.

PARTIDA PRESUPUESTARIA IMPORTE
0900010000 G/75B/77503/00 01 2020000057 2020 1.190.000 euros
0900010000 G/75B/77503/00 01 2020000057 2021 1.190.000 euros

El porcentaje máximo de la subvención será de hasta el 100% del proyecto subvencionable, siempre que no supere la cuantía máxima de 15.000 euros. El número de beneficiarios máximo será de 158 para el supuesto de que todas las subvenciones concedidas ascendieran a la cuantía máxima indicada.

Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el presente extracto, previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Séptimo. Otros datos.

Tanto la solicitud, como el formulario de alegaciones, reformulación y presentación de documentos a los que se refiere la orden de convocatoria, figuran publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía junto con la convocatoria y se podrán obtener, además de en el Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección electrónica:

https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/servicios.html

así como en las sedes de la Secretaría General para el Turismo de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local y de las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de Turismo. También se podrá acceder a los indicados formularios a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

JUAN ANTONIO MARÍN LOZANO

Vicepresidente de la Junta de Andalucía
y Consejero de Turismo, Regeneración,
Justicia y Administración Local
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