Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 173 de 07/09/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 9 de marzo de 2020, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Coín, dimanante de autos núm. 118/2017. (PP. 1867/2020).

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NIG: 2904242C20170000346.

Procedimiento: Jurisdicción Voluntaria (Genérico) 118/2017. Negociado: 01.

Sobre: Derecho de familia. Otras cuestiones.

De: Doña Lavinia Stefania Dogaru.

Procuradora Sra.: Doña Gloria Jiménez Ruiz.

Letrado Sr.: Don José Salvador Prado Montoro.

Contra: Don Florin Nicolae Ichi.

EDICTO

En el presente procedimiento Jurisdicción Voluntaria (Genérico) 118/2017 seguido a instancia de Lavinia Stefania Dogaru frente a Florin Nicolae Ichi se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal de la parte dispositiva es el siguiente, en el que se han omitido todos los datos relativos a los menores:

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo: Estimar parcialmente el expediente de Jurisdicción Voluntaria instado por la Procuradora doña Gloria Jiménez Ruiz, en nombre y representación de doña Lavinia Stefania Dogaru, frente a don Florin Nicolae Ichim, no comparecido pese a estar citado en forma, y en consecuencia, se acuerda autorizar a la demandante doña Lavinia Stefania Dogaru para la expedición tanto del DNI como del pasaporte correspondiente al menor de edad D.L.I., desestimándose el resto de pretensiones deducidas por la parte en esta litis, por los fundamentos de derecho expuestos anteriormente, todo ello sin expresa imposición de costas a ninguna de las partes.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal y a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a contar desde su notificación.

Así lo pronuncia, manda y firma, doña Elisabet Luque Báez, Juez Sustituta del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Coín.

Y encontrándose dicho demandado, Florin Nicolae Ichi, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Coín, a nueve de marzo de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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