Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 15/09/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 31 de agosto de 2020, de la Dirección General de Formación del Profesorado e Innovación Educativa, por la que se determina el desarrollo de las líneas estratégicas de formación del profesorado establecidas en el III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado y la elaboración de los proyectos de formación para el curso 2020/2021.

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El Decreto 93/2013, de 27 de agosto, por el que se regula la formación inicial y permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Sistema Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, establece en su artículo 16.1 que el Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado constituye el documento que establece las líneas estratégicas de actuación en materia de formación del profesorado, de acuerdo con los intereses y prioridades educativas de cada momento. En este sentido, el III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, aprobado por Orden de 31 de julio de 2014, con carácter plurianual, determina dichas líneas estratégicas.

Asimismo, el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, en su artículo 16.5 establece que la persona titular de la Dirección General competente en materia de formación del profesorado determinará por Resolución, antes del comienzo de cada curso escolar, el desarrollo de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación Permanente del Profesorado, para dicho curso escolar.

Dicho Decreto establece, por otra parte, que anualmente, los Centros del Profesorado concretarán en su Proyecto de Formación las actuaciones derivadas del desarrollo de las líneas estratégicas de dicho Plan y de las necesidades formativas de los planes de formación del profesorado de los centros docentes de su zona de actuación. Las acciones formativas se basarán preferentemente en el análisis, la reflexión y la mejora de la práctica docente y de la organización de los centros a través de metodologías, de investigación y acción con implicación directa de todos los participantes en ellas, y serán los centros y las aulas principalmente los ámbitos ordinarios para el desarrollo de las actividades de formación permanente.

Por otro lado, el Decreto 56/2012, de 6 de marzo, por el que se regulan las Zonas Educativas de Andalucía, las Redes Educativas de aprendizaje permanente y de mediación y la organización y el funcionamiento de los Consejos de Coordinación de Zona, y la posterior Orden de 15 de noviembre de 2014, por la que se regulan determinados aspectos de la organización y el funcionamiento de los Consejos de Coordinación de Zona y de sus comisiones de trabajo, han establecido el marco para la acción coordinada de los servicios de apoyo a la educación y de la inspección educativa, para que esta actuación conjunta redunde en la mejora de la calidad educativa de los centros que conforman la zona y en el logro del éxito escolar del alumnado.

En su virtud, esta Dirección General, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, modificado por el Decreto 579/2019, de 15 de octubre.

RESUELVE

Primero. Concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado para el curso 2020/2021.

Además de dar continuidad a líneas iniciadas en los anteriores cursos escolares, para la elaboración del Proyecto de Formación del curso 2020/2021, los centros del profesorado tendrán fundamentalmente en cuenta la concreción de las líneas estratégicas del III Plan Andaluz de Formación del Profesorado, que se indican a continuación:

Línea I. La formación del profesorado vinculada a la mejora de las prácticas educativas, al rendimiento y el éxito educativo de todo el alumnado.

1. La organización del currículo basado en las competencias clave.

- Profundización en metodologías activas e innovadoras que apoyen el desarrollo del currículo por competencias.

2. Escuela inclusiva para la igualdad y la equidad: atención a la diversidad, convivencia e igualdad.

- Estrategias y metodologías inclusivas con alumnado ACNEAE, que faciliten la accesibilidad de este alumnado en el centro y desarrolle su autonomía en las diferentes etapas educativas y modalidades de escolarización.

- Estrategias de intervención innovadoras en las aulas que compensen las situaciones de vulnerabilidad en las que se encuentra el alumnado, mediante el fomento del rendimiento y el éxito escolar y el desarrollo de las competencias clave.

3. Escuela de la sociedad del conocimiento. Destrezas básicas: Plurilingüismo, uso de las TIC y espíritu emprendedor.

- Asesoramiento en la gestión y organización de los centros en los procesos de Transformación Digital Educativa para los responsables de la coordinación TDE y los equipos directivos.

- Fomento de la competencia digital del profesorado ajustándose al Marco Europeo de la Competencia Digital Docente ( DigCompEdu).

- Asesoramiento en la participación en el nuevo Programa Erasmus+ 2021-2027 para la internacionalización de los centros educativos y difusión de la plataforma eTwinning.

- Estrategias de coordinación y uso de metodologías activas, digitales e inclusivas en el aula bilingüe.

4. Planes de mejora y de formación de los centros educativos.

- Fomento de actuaciones destinadas al diseño de indicadores y elaboración de estrategias de autoevaluación y mejora.

Línea II. La formación del profesorado como factor clave para el perfeccionamiento continuo y la capacitación profesional docente.

1. Desarrollo competencial adecuado al rol profesional: competencia comunes y competencias específicas.

- Formación de las personas responsables de los planes de prevención COVID-19 de los centros educativos.

- Apoyo a la formación de enseñanza semipresencial y Blended Learning.

- Formación en la creación de materiales y recursos digitales para el alumnado así como en la edición de vídeos educativos.

- Actualización de la formación permanente de la función directiva en líneas temáticas relacionadas con la organización del centro dentro del Marco Europeo para Organizaciones Educativa Digitalmente Competentes (DigCompOrg), así como aquellas que faciliten el diseño y puesta en marcha del Plan de Actuación Digital.

- Actualización de la formación permanente de la función directiva en estrategias de diagnóstico de necesidades de formación del profesorado y elaboración del Plan de Formación del Centro.

- Actualización y acreditación para la función directiva según la LOMCE.

- Apoyo a la función directiva en sus primeros años de ejercicio.

- Actualización de la formación permanente de la función directiva en líneas temáticas relacionadas con la autoevaluación y mejora del centro.

- Actualización de las competencias para el ejercicio de la función inspectora: supervisión y asesoramiento de la atención personalizada al alumnado.

- Formación de las personas responsables de los planes de prevención de los centros educativos.

2. Desarrollo profesional a lo largo de toda la vida profesional: formación inicial, profesorado novel, formación permanente.

- Formación de asesorías y dirección de CEP novel.

- Actualización de las competencias para el ejercicio de la función asesora: formación en el Marco Europeo de Competencia Digital, como base para el diseño de actuaciones formativas.

Línea III. La formación del profesorado como impulsora del conocimiento compartido y producido en los centros educativos, la investigación y la innovación educativa y las buenas prácticas.

1. Investigación e innovación educativa. Desarrollo de programas educativos.

- Fomento de la individualización del aprendizaje y de metodologías activas en los procesos de enseñanza-aprendizaje.

- Fomento de la individualización del aprendizaje y de metodologías activas que favorezcan el abordaje de los Programas para la Innovación Educativa en contextos flexibles y versátiles.

- Difusión y asesoramiento en los proyectos de trabajo de los Programas para la Innovación Educativa: cambio climático, desarrollo sostenible, competencia ecosocial, competencia digital, comunicación audiovisual, competencias blandas (Soft Skills) en situaciones críticas, uso positivo de las TIC y/o autocuidados.

- Impulso de la educación emocional como vehículo para abordar de una manera exitosa el proceso de enseñanza-aprendizaje.

- Difusión y asesoramiento en los proyectos de investigación. innovación y elaboración de materiales curriculares.

- Desarrollo de las competencias STEAM docentes.

- Metodología interdisciplinar STEAM aplicada a la resolución de problemas y retos actuales reales.

- Impulso de la formación de los docentes en la Investigación Aeroespacial aplicada al aula dentro de un ámbito STEAM y participación en concursos científico-tecnológicos de temática aeroespacial.

2. Metodologías de trabajo investigador y colaborativo en el aula y centro.

- Formación en el diseño, elaboración y presentación de Proyectos de Innovación, Investigación y Elaboración de materiales.

Línea IV. La formación del profesorado como apoyo en la progresiva transformación de los centros educativos en entornos colaborativos de aprendizaje y formación en los que participan todos los miembros de la comunidad educativa.

1. La participación de toda la comunidad para la mejora de los rendimientos escolares y la gestión del centro.

- Estrategias y metodologías que promuevan la parentalidad positiva y la participación efectiva de las familias en la vida escolar, vinculadas a sus intereses y a las nuevas demandas sociales planteadas.

- Impulso del papel de la familia ante los retos educativos de la sociedad del siglo XXI.

2. La atención a los centros con entornos de aprendizaje específicos (compensación, rural, hospitalarios, centros específicos de EE, etc.)

- Fomento del papel de los centros rurales como modelos de éxito educativo.

- Difusión de estrategias de aula que favorezcan la diversidad cultural y la atención al alumnado de diferentes procedencias.

Línea V. La formación del profesorado de formación profesional, enseñanzas artísticas y de idiomas y educación permanente como herramienta para conectar la educación con la realidad productiva y el empleo.

1. La Formación Profesional.

- Formación en estrategias metodológicas para formación semipresencial en Formación Profesional.

- Difusión de los procedimientos y estrategias conducentes a las acreditaciones profesionales.

2. Las Enseñanzas Artísticas.

- Difusión de Buenas prácticas en relación al marco normativo de los programas europeos de intercambio y movilidad en los centros de educación artística superior, así como buenas prácticas docentes en el ámbito de las enseñanzas artísticas superiores.

- Adaptación de metodologías, herramientas y evaluación del alumnado a distancia en las enseñanzas artísticas.

3. Las Enseñanzas de Idiomas.

- La organización del currículo en torno a las actividades de lengua establecidas en la nueva organización curricular: la mediación.

4. La Educación Permanente.

- Fomento de estrategias metodológicas que impulsen la modalidad de formación semipresencial en Formación Permanente.

Segundo. Proyecto de formación de los centros del profesorado.

1. El equipo técnico de formación de cada centro del profesorado, coordinado por el equipo directivo del centro, elaborará el Proyecto de formación atendiendo a lo recogido en esta Resolución, con la colaboración de los órganos y personas responsables de la formación en los centros educativos, así como de la inspección educativa.

2. El Proyecto de formación contemplará el conjunto de medidas y actuaciones previstas, incluyendo objetivos específicos para la mejora del rendimiento educativo, protocolos adoptados para el diagnóstico de necesidades, seguimiento de la formación, así como los criterios pedagógicos y organizativos para la asignación a los centros de la asesoría de referencia.

3. Para la elaboración de los Proyectos de formación, el equipo técnico de formación de cada centro del profesorado tendrá en cuenta el informe aprobado por el Consejo de Coordinación de su zona del curso 2019/2020, así como las conclusiones elaboradas por la Comisión de seguimiento de los rendimientos escolares, las memorias de autoevaluación y las propuestas de mejora de los propios centros del profesorado, así como los indicadores homologados proporcionados por la Agencia Andaluza de Evaluación Educativa.

4. Los asesores y asesoras de referencia colaborarán con los centros y servicios educativos en la elaboración de su plan de formación, que deberá estar vinculado a los procesos de autoevaluación y mejora e incluirse en su proyecto educativo o plan de actuación. El centro del profesorado determinará el procedimiento de colaboración con los centros docentes a lo largo del curso, sistematizando el proceso de detección de necesidades a fin de concretar en su Proyecto de formación actuaciones que respondan a las demandas realizadas.

5. Se priorizarán las acciones de autoformación, grupos de trabajo y formación en centro que se consideren las más adecuadas para responder a las necesidades formativas del profesorado involucrado en procesos de cambio y mejora de los resultados del aula, centro o servicio educativo.

Tercero. Concreción anual del Proyecto de formación del centro del profesorado.

La concreción anual del Proyecto de formación se realizará de acuerdo con la estructura y los objetivos previstos en el Decreto en el Decreto 93/2013, de 27 de agosto, y en ella se concretarán en la aplicación Séneca los siguientes elementos:

1. Diagnóstico de las necesidades formativas detectadas de carácter general o vinculadas a colectivos profesionales específicos y a centros educativos de su ámbito de actuación, a partir de las propuestas de mejora derivadas de la memoria de autoevaluación.

2. Principales objetivos que han de alcanzarse teniendo en cuenta las líneas prioritarias de la Consejería recogidas en esta resolución, y las demandas derivadas del diagnóstico de necesidades de los centros.

3. Líneas de actuación del centro del profesorado derivadas de las necesidades formativas de los centros docentes, de la concreción anual de las líneas estratégicas del III Plan de Formación y de las propuestas de mejora obtenidas de la memoria de autoevaluación.

4. Acciones formativas previstas que den respuesta a las propuestas de mejora, al diagnóstico y a las líneas estratégicas.

5. Protocolos para el seguimiento y la evaluación de las acciones formativas previstas (indicadores, procedimientos, temporalización).

6. Evaluación del cumplimiento de los objetivos previstos, de la organización, funcionamiento y gestión del centro, detallando los indicadores y procedimientos de evaluación.

Cuarto. Aprobación y difusión del Proyecto de formación.

1. La concreción anual del Proyecto de formación deberá cumplimentarse exclusivamente a través del sistema de información Séneca y aprobado por el Consejo de Centro antes del 30 de noviembre de 2020. Una vez aprobado se dará a conocer a los centros del ámbito de actuación del Centro del Profesorado correspondiente. Para ello se utilizará preferentemente la página web del Centro del Profesorado.

2. El equipo provincial de formación coordinará las actuaciones previstas en los proyectos de formación de los centros del profesorado de cada provincia.

Quinto. Efectos.

La presente Resolución producirá efectos desde el día 1 de septiembre de 2020.

Sevilla, 31 de agosto de 2020.- El Director General, Antonio Segura Marrero.

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