Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 179 de 15/09/2020

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior

Resolución de 10 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se pone fin al proceso selectivo con indicación de los destinos adjudicados, para la cobertura de vacantes correspondientes a la categoría profesional Personal de Servicios Generales del Grupo V del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción, convocado por Resolución de 31 de mayo de 2019.

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Vistos los listados definitivos iniciales y complementarios elaborados por la Comisión de Selección del proceso selectivo para la cobertura de vacantes mediante concurso de promoción en la categoría profesional Personal de Servicios Generales del Grupo V, convocado por Resolución de 31 de mayo de 2019 (BOJA núm. 106, de 5 de junio) y verificada la concurrencia de los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, procede la promoción profesional del personal que figurando en los mismos haya obtenido destino.

En su virtud, esta Dirección General en uso de las competencias atribuidas por el artículo 5.3 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, y el artículo 12.1.c) del Decreto, 99/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior,

RESUELVE

Primero. Hacer públicos los destinos adjudicados con adscripción definitiva a los trabajadores/as que han superado el proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes a la categoría profesional Personal de Servicios Generales del Grupo V del personal laboral de la Administración General de la Junta de Andalucía mediante concurso de promoción, que figura como Anexo I de la presente resolución.

Segundo. Los destinos obtenidos mediante el presente concurso de promoción serán irrenunciables. Asimismo, dado el carácter voluntario del concurso, los traslados que impliquen cambio de residencia no darán derecho al abono de indemnización por concepto alguno.

Tercero. Los efectos, tanto administrativos como económicos, de los nuevos destinos se computarán en todo caso desde el día 3 de noviembre de 2020.

Cuarto. Los aspirantes seleccionados comparecerán ante la unidad de personal correspondiente del órgano donde hubiesen obtenido destino el día 3 de noviembre de 2020, a fin de incorporarse al nuevo puesto de trabajo para el que han sido seleccionados.

El/la trabajador/a no adquirirá la categoría profesional para la que ha concursado hasta que se inicie la efectiva prestación de servicios en el puesto adjudicado en el presente concurso y supere el periodo de prueba de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del Convenio Colectivo del personal laboral de la Junta de Andalucía.

Quinto. De conformidad con lo establecido en la base cuarta de la Resolución de 31 de mayo de 2019, según el cual al referirse al Anexo III se determina que «En el supuesto de que no se consignasen puestos en número suficiente para alcanzar la adjudicación según puntuación obtenida en el proceso, se entenderá que desiste del mismo», se declara la anulación de todas la actuaciones y el archivo de las mismas en relación con los aspirantes que se detallan en el Anexo II.

Contra la presente resolución cabe presentar demanda ante el Juzgado de lo Social, en el plazo de veinte días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con lo previsto en los artículos 69 y siguientes de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Sevilla, 10 de septiembre de 2020.- La Directora General, Natalia Silvia Márquez García.

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