Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 18 de 28/01/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 8 de octubre de 2019, por la que se autoriza el cambio de titularidad del centro docente privado de formación profesional «Peluquería y Estética Salas» de Rincón de la Victoria (Málaga). (PP. 2726/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00164052.

Visto el expediente tramitado a instancia de don José Salas Gallego, titular del centro docente privado de formación profesional «Peluquería y Estética Salas», con domicilio en C/ Poeta Manuel Alcántara, núm. 6, de Rincón de la Victoria (Málaga), solicitando el cambio de titularidad del mismo a favor de doña María Dolores Salas del Río, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 29002320, tiene autorización para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Peluquería y cosmética capilar y un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Asesoría de imagen personal y corporativa.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece, debidamente acreditada, la titularidad del referido centro a favor de don José Salas Gallego.

Resultando que don José Salas Gallego, mediante escritura pública de cesión otorgada ante don Francisco Candil Bergillos notario del Ilustre Colegio de Andalucía, fechada en Rincón de la Victoria, a veintidós de agosto de dos mil diecinueve, cede a doña María Dolores Salas del Río la titularidad del mencionado centro.

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero. Conceder el cambio de titularidad al centro docente privado de formación profesional «Centro de Formación de Peluquería y Estética Salas», código 29002320, con domicilio en C/ Poeta Manuel Alcántara, núm. 6, de Rincón de la Victoria (Málaga), que en lo sucesivo la ostentará doña María Dolores Salas del Río, que, como cesionaria, queda subrogada en la totalidad de los derechos y obligaciones que acerca de dicho centro corresponden a la titular cedente, quedando con la configuración de enseñanzas que se recoge en el resultando primero.

Segundo. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Tercero. El cambio de titularidad no afectará al régimen de funcionamiento del centro.

Cuarto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de octubre de 2019

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
Descargar PDF