Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 181 de 17/09/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 7 de septiembre de 2020, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Málaga (Málaga), denominado Secretario General del Pleno - 23061, reservado a funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.

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Expediente núm.: 0476/2020.

1. Entidad Local convocante.

Málaga (Málaga).

2. Denominación y características del puesto de trabajo que se convoca.

Denominación: Secretario General del Pleno - 23061.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría superior.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 69.849,12 euros anuales.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: Ayuntamiento de Málaga.

Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Resolución.

Vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2,  que se adjuntan como Anexo a la presente resolución.

Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Dirección General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Dirección General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 7 de septiembre de 2020.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

ANEXO

CONVOCATORIA Y BASES PARA LA PROVISIÓN DEL PUESTO DE SECRETARIO GENERAL DEL PLENO EN EL AYUNTAMIENTO DE MÁLAGA

Primero. Objeto de la convocatoria.

La presente convocatoria y sus bases tienen por objeto la regulación de la provisión del puesto de trabajo de Secretario General del Pleno del Ayuntamiento de Málaga, con las características y en la forma señalada en el punto 2 de esta resolución.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as candidatos/as.

Podrán participar los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior, que no se encuentren en alguna de las situaciones previstas en los apartados a), b) y c) del artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Los requisitos exigidos deberán reunirse en la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

Tercera. Instancia y documentación.

Los interesados dirigirán sus solicitudes al Excmo. Sr. Alcalde del ayuntamiento de Málaga dentro del plazo de quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Málaga, sito en Avda. Cervantes, núm. 4, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Se recomienda a quienes opten por presentar la solicitud en un registro distinto al del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, justifiquen la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos o Registro del organismo público correspondiente y anuncien al Excmo Ayuntamiento de Málaga, en el mismo día, la remisión de solicitud mediante correo electrónico (personalayto@malaga.eu).

La instancia solicitando formar parte en la convocatoria expresará que los aspirantes reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. A la solicitud se acompañará relación de méritos profesionales y académicos, en la que conste la experiencia profesional, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, años de servicio en puestos de Secretaría, títulos académicos que se poseen, estudios, cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se estime oportuno poner de manifiesto y que tenga relación directa con las funciones reservadas contempladas en el artículo 3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. Los méritos alegados se acreditarán mediante documentos públicos administrativos originales o copias autenticadas de los mismos que se justifiquen adecuadamente.

Los méritos alegados se computarán hasta el último día inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

Además de lo anterior, para el desempeño del puesto de trabajo objeto de la convocatoria será objeto de especial consideración y valoración de:

1. Experiencia profesional en el puesto de Secretaría en entidades territoriales de población superior a 400.000 habitantes.

2. Formación en contratación pública, urbanismo, funcionamiento de entes instrumentales (Fundaciones, Agencias y Sociedades Mercantiles) y bienes de las Entidades Locales.

3. Formación y experiencia en Administración electrónica y transparencia de la actividad pública.

Cuarta. Procedimiento.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Área de Recursos Humanos y Calidad colaborará en la evaluación de los méritos y capacidades alegados por cada uno de los solicitantes para el desempeño del puesto.

La Junta de Gobierno Local procederá en el plazo de un mes y previa constatación de la concurrencia en los participantes de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la resolución de la misma de conformidad con el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

De la expresada resolución se dará cuenta al Pleno de la corporación y traslado al órgano competente de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública, para anotación y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será de tres días hábiles o de un mes, dependiendo de que el aspirante seleccionado viniera desempeñando o no su anterior puesto de trabajo en la ciudad de Málaga.

Sexta. Regulación supletoria.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en lo que proceda, el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto a que se refieren estas Bases, comporta su aceptación.

Las bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de las mismas podrán ser impugnados por los propios interesados en los supuestos y formas establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. Publicidad.

De las presentes bases se dará también publicidad en la página web del Ayuntamiento de Málaga.

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