Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 188 de 28/09/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de julio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva, dimanante de autos núm. 1066/2019. (PP. 1708/2020).

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NIG: 2104142120190010622.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1066/2019. Negociado: H.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva.

Juicio: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 1066/2019.

Parte demandante: Coral Homes, S.L.U.

Parte demandada: Ignorados ocupantes avenida decano de fútbol español (Avda.francisco Montenegro, 1, bajo 14).

Sobre: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2).

En el juicio referenciado se ha dictado el encabezamiento y fallo de la sentencia cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA núm. 87/20

En Huelva, a dieciséis de junio de dos mil veinte.

El Ilmo. Sr. don Antonio Francisco Moreno Bergareche, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Huelva, ha visto los presentes autos de Juicio sobre desahucio por precario núm. 1066/2019, seguidos a instancia de la entidad Coral Homes, S.L.U., representada por el Procurador de los Tribunales don Mauricio Gordillo Alcalá, contra ignorados ocupantes del local 1, bajo 14, de avenida decano de fútbol español (Avda. Francisco Montenegro).

FALLO

Que estimando la demanda deducida por el Procurador don Mauricio Gordillo Alcalá, en nombre y representación de Coral Homes, S.L.U., contra los ignorados ocupantes del local bajo, 14, sito en avenida decano de fútbol español (Avda. Francisco Montenegro), sobre desahucio por precario, debo declarar el desahucio, por razón de precario, de los eventuales e ignorados ocupantes de dicho local núm. 14, cuya descripción consta en autos, condenado a los eventuales e ignorados ocupantes del mismo a que lo desalojen y dejen vacío y a disposición de la actora, en el plazo legal, con apercibimiento de lanzamiento en caso contrario.

No se efectúa condena en costas.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte dias, ante la Ilma. Audiencia Provincial de Huelva.

Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, se ha acordado la publicación del presente edicto en el BOJA.

En Huelva,a veinticuatro de julio de dos mil veinte.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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