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Que mediante oficio emitido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Diez de Sevilla, en el procedimiento abreviado 368/2019, originado por recurso contencioso-administrativo interpuesto por la entidad Moreno Vázquez Tecnología, S.L., contra la resolución dictada en fecha 21.10.2019, por el Director Gerente del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se desestima el recurso de reposición interpuesto contra la resolución de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo de 21.8.2019, por la que se deniega la ayuda para la Iniciativa del Bono de Empleo en su convocatoria 2018, se ordena al Servicio Andaluz de Empleo que proceda a notificar la resolución que acuerde la remisión del expediente administrativo y a emplazar a cuantos resulten interesados en el procedimiento para que puedan personarse como demandados.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA, la resolución por la que se acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a lo dispuesto en la ley que regule el procedimiento administrativo común.
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 11 del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo (BOJA número 31, de 14 de febrero de 2019), y el artículo 15 bis) de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011)
RESUELVE
Primero. La remisión del expediente administrativo correspondiente a la entidad Moreno Vázquez Tecnología, S.L., al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Diez de Sevilla.
Segundo. Notificar la presente resolución a cuantos aparezcan como interesados en el procedimiento abreviado 368/2019, para que puedan personarse como demandados en el plazo de nueve días ante el referido Juzgado en legal forma, haciéndoles saber que de personarse fuera del indicado plazo, se les tendrá por parte, sin que por ello deba retrotraerse ni interrumpirse el curso del procedimiento, y si no se personaren oportunamente, continuará el procedimiento por sus trámites, sin que haya lugar a practicarles notificación de clase alguna, según lo previsto en el artículo 50.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 21 de septiembre de 2020.- El Director Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.
«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con carácter previo a su preceptiva publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»
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