Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 195 de 07/10/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 3 de diciembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Cinco de Sanlúcar la Mayor, dimanante de autos núm. 245/2019. (PP. 1569/2020).

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NIG: 4109142120190009119.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 245/2019. Negociado: DF.

Sobre: Contratos en general.

De: Don Manuel Morales García.

Procurador: Sr. Ignacio Valduérteles Joya.

Letrado: Sr. Ignacio Bilbao Alonso.

Contra: Doña Isabel Castillo García.

E D I C T O

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 245/2019 seguido a instancia de Manuel Morales García frente a Isabel Castillo García se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA 119/19

En Sanlúcar la Mayor, a dieciocho de noviembre de dos mil diecinueve.

Vistos por mí, don Salvador Ramón Sánchez-Gey González, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Cinco de Sanlúcar la Mayor, Sevilla, los autos registrados con el número 245/19, en el que han intervenido como demandante don Manuel Morales García asistido del Letrado Sr. Bilbao Alonso y representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Valduérteles Joya y como parte demandada doña Isabel Castillo García, en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad el Rey, he dictado la siguiente Sentencia:

PARTE DISPOSITIVA

Estimar, íntegramente, la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. Valduérteles Joya en nombre y representación de Don José Antonio Sánchez Cózar contra doña Isabel Castillo García y, por lo tanto, condenar a la misma a que abone a la actora la suma de cuatro mil euros (4.000 euros) más los intereses establecidos en el Fundamento de Derecho Tercero de la presente resolución, así como el abono de las costas del procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial. El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este juzgado en el plazo de veinte días hábiles, contados desde el día siguiente de la notificación, exponiendo las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 458.1 y 2 de la LEC tras redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de Medidas de Agilización Procesal).

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este juzgado, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la LO 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Y encontrándose dicho demandado, Isabel Castillo García, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sanlúcar la Mayor, a tres de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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