Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 2 de 03/01/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 3 de octubre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga, dimanante de autos núm. 1882/2018. (PP. 3143/2019).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00166784.

NIG: 2906742120180048748.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1882/2018. Negociado: 2.

Sobre: Obligaciones.

De: Cajamar Caja Rural, SCC.

Procuradora: Sra. Leticia Codias Viñuela.

Letrado: Sra. María Ángeles Lirola López.

Contra: Solispan 2010, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1882/2018, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga, a instancia de Cajamar Caja Rural, SCC, contra Solispan 2010, S.L., sobre Obligaciones, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

En nombre de S.M. el Rey; vistos ante este Tribunal, integrado por la Ilma. Sra. Magistrada doña Consuelo Fuentes García, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diecinueve de Málaga y su Partido Judicial, los presentes autos de Juicio Ordinario núm. 1882/18, seguidos a instancias del Procurador de los Tribunales doña Leticia Codias Viñuelas, en nombre y representación de la entidad Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, asistido por el Letrado doña María Ángeles Lirola López, contra la entidad mercantil Solispan 2010, S.L., en rebeldía, versando los presentes autos sobre reclamación de cantidad.

Que estimando la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales doña Leticia Codias Viñuelas, en nombre y representación de la entidad Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito, asistido por el Letrado doña María Ángeles Lirola López, contra la entidad mercantil Solispan 2010, S.L., en rebeldía, debo declarar y declaro la resolución del préstamo hipotecario objeto del procedimiento condenando a la parte demandada al pago de 135.315,84 euros más el interés pactado de la citada suma al 18,75% pactado y las costas judiciales.

La ejecución de la sentencia que en este procedimiento declarativo se dicte deberá seguirse por las normas establecidas en la LEC para la ejecución de títulos judiciales, no pudiendo regirse por las normas establecidas para la ejecución de bienes especialmente hipotecados, el cual tiene presupuestos diferentes, siendo ello una norma de orden público.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Solispan 2010, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a tres de octubre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF