Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 20 de 30/01/2020

1. Disposiciones generales

Universidades

Resolución de 27 de enero de 2020, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se anuncia avance de la 2.ª convocatoria de ayudas en concurrencia competitiva a proyectos de I+D+i en el Marco del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020.

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La Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, como actor principal de la investigación de excelencia en Andalucía, requiere consolidar e impulsar sus estructuras de investigación y desarrollo. Los proyectos de investigación constituyen la primera modalidad de investigación que se desarrolla en las universidades y son el pilar para la consolidación de las diferentes líneas de investigación que llevan a cabo los grupos y equipos universitarios de investigación.

En el marco del Programa Operativo FEDER 2014-2020 la Junta de Andalucía, en colaboración con las universidades andaluzas, ha puesto en marcha este programa de actuaciones con objeto de fomentar la realización de proyectos de I+D+i que tengan como objetivo la generación de conocimiento científico y tecnológico de excelencia en la frontera del conocimiento, y seleccionados por criterios de excelencia investigadora, de acuerdo con la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3), el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020) y en el Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 (Objetivo Específico 1.2.3. «Fomento y generación de conocimiento frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes»).

Con base en lo anterior y conforme al marco común establecido por la Consejería de Economía y Conocimiento, se aprueban las bases reguladoras y se convocan ayudas para la realización de proyectos de I+D+i por parte de los equipos de investigación de esta Universidad que a tales efectos se constituyan, los cuales podrán incluir colaboración con otras entidades de I+D+i públicas o privadas.

Las actuaciones previstas en la convocatoria objeto de esta resolución están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y la Junta de Andalucía en el marco del Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020. La financiación de las actuaciones previstas en la convocatoria objeto de esta resolución, será con cargo a la transferencia de financiación que ha de producirse a favor de la Universidad Pablo de Olavide, mediante Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología de la Consejería de Economía y Conocimiento, dentro del programa presupuestario «Investigación, Ciencia e Innovación», cuyo montante se cofinancia con los recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y los propios de la Junta de Andalucía.

1. Modalidad de la ayuda.

La ayuda prevista tiene como finalidad la realización de la modalidad A establecida en la Resolución de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología, de 10 de enero de 2018: Proyectos de investigación científica, tecnológica y social de excelencia en la frontera del conocimiento, proyectos estratégicos singulares y tractores de I+D+i, proyectos de desarrollo experimental, de conformación pluridisciplinar y aplicación transversal, así como el fomento del desarrollo de tecnologías emergentes y el impulso de las tecnologías facilitadoras esenciales encuadradas en las áreas prioritarias de especialización establecidas en la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020 (RIS3 Andalucía) y en el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación (PAIDI 2020).

2. Requisitos de los solicitantes.

Se contemplan dos modalidades de personal investigador principal, según se trate de personal consolidado o emergente, en ambos casos con vinculación estable con la universidad, o de personal investigador emergente joven sin dicha vinculación y con un perfil de captación de talento.

3. Equipo de Investigación y equipo colaborador o de trabajo.

Los proyectos serán realizados por Equipos de Investigación, dirigidos por un/a investigador/a principal de una de las tres modalidades indicadas en el punto anterior. En el caso de proponerse dos co-investigadores/as principales, la solicitud será presentada por aquél o aquélla que se identifique como interlocutor/a con el órgano gestor a efectos de comunicaciones.

El personal investigador integrado en el equipo de investigación del proyecto deberá estar en posesión del título de doctor o de una titulación superior universitaria, y cumplir alguno de los siguientes requisitos:

a) Tener con esta Universidad una vinculación laboral o funcionarial a tiempo completo, o como profesor emérito, que cubra al menos los dos años posteriores a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

b) Tener vinculación laboral o funcionarial similar a la establecida en el apartado a), con otras universidades u organismos de investigación andaluces. Deberán aportar, en el momento de la solicitud, autorización expresa de la entidad a la que pertenezcan para participar en el proyecto.

c) El personal investigador contratado con cargo al proyecto adquirirá la consideración de miembro del equipo de investigación.

El proyecto podrá contar con un Equipo Colaborador, conformado por el personal investigador vinculado a la Universidad Pablo de Olavide o a otras Instituciones de Investigación que participe de forma puntual o discontinua en la ejecución del proyecto, o que no cumplan los requisitos para participar como miembros del equipo de investigación. Asimismo, el personal investigador perteneciente a instituciones ubicadas fuera de la Comunidad Autónoma de Andalucía incluidas las instituciones extranjeras, sólo podrá participar dentro del equipo colaborador. La contribución del equipo colaborador deberá justificarse en la memoria de solicitud del proyecto, como apoyo a su viabilidad, así como en la memoria final del proyecto en caso de concesión.

4. Gestión de la convocatoria.

La convocatoria serán efectuadas por resolución del Rector de la Universidad Pablo de Olavide, y publicada en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad Pablo de Olavide, en la sección de investigación, apartado varios, https://upo.gob.es/teo.

5. Solicitudes y plazo de presentación.

La presentación de solicitudes y el plazo de presentación serán indicados en la convocatoria.

6. Plazo de ejecución.

Los proyectos tendrán una duración de dos años. El plazo de ejecución de los proyectos se contará a partir de la fecha que se especifique en la resolución de concesión. En todo caso, los proyectos no podrán exceder del plazo establecido para la finalización del Programa Marco Horizonte 2020.

7. Justificación.

Los equipos de investigación ajustarán su ejecución y presentación para su certificación a los hitos necesarios de ejecución y justificación de las actuaciones financiadas con cargo al Programa Operativo FEDER 2014-2020 de la Junta de Andalucía. La acreditación se ajustará, en cuanto a su forma y contenido, a la normativa que se establezca para la verificación y control de fondos europeos para el marco 2014-2020 y a lo dispuesto en la Resolución de 10 de enero de 2018 de la Secretaría General de Universidades, Investigación y Tecnología por la que se establece el marco común de este Programa.

8. Recursos.

La convocatoria será resuelta por Resolución Rectoral, que pondrá fin a la vía administrativa; contra ella cabrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente a su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente pueda presentarse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dictó, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 27 de enero de 2020.- El Rector Accidental, Bruno Martínez Haya (Resolución Rectoral 28.4.2016).

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