Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 202 de 19/10/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Financiación Europea

Acuerdo de 13 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que por el que se accede a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social de un inmueble sito en C/ Daoiz, núm. 1, de Trebujena (Cádiz).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00179225.

Mediante el Real Decreto 1752/1984, de 1 de agosto, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de Andalucía de las funciones y servicios del Instituto Nacional de Servicios Sociales (INSERSO) de la Seguridad Social, se traspasa el uso de un inmueble, sito en C/ Daoiz, núm. 1, de Trebujena (Cádiz).

El citado inmueble, con referencia catastral 1743405QA5814S0001DR, consta anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGBD) con el núm. 2000001461, adscrito a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación.

La Consejería competente en materia de asuntos sociales, dado que el inmueble no se encuentra en uso, ni se tiene prevista su utilización, ha propuesto la desafectación y posterior retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social, del inmueble de referencia.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 104.1 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, los bienes inmuebles del patrimonio de la Seguridad Social adscritos a otras administraciones o entidades de derecho público, salvo que otra cosa se establezca en el acuerdo de traspaso o en base al mismo, revertirán a la Tesorería General de la Seguridad Social en el caso de no uso o cambio de destino para el que se adscribieron, conforme a lo dispuesto en la Ley del Patrimonio de las Administraciones Públicas.

Por lo expuesto, y como acto previo a su retrocesión, mediante Acta de Desafectación Tácita de 17 de junio de 2020, de la Dirección General de Patrimonio de la entonces Consejería de Hacienda, Industria y Energía, se acordó la desafectación del referido inmueble conforme a lo dispuesto en el artículo 51 en relación con el artículo 61 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Hacienda y Financiación Europea, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 13 de octubre de 2020,

ACUERDA

Primero. Acceder a la retrocesión a favor de la Tesorería General de la Seguridad Social del local, sito en C/ Daoiz, núm. 1, de Trebujena (Cádiz), anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (IGBD) con el núm. 2000001461, adscrito a la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación y referencia catastral 1743405QA5814S0001DR.

Segundo. En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la retrocesión del inmueble descrito en el apartado primero a la Tesorería General de la Seguridad Social.

Tercero. Por la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente acuerdo.

Sevilla, 13 de octubre de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JUAN BRAVO BAENA
Consejero de Hacienda y Financiación Europea
Descargar PDF