Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 203 de 20/10/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 14 de octubre de 2020, de la Dirección General de Trabajo y Bienestar Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público que presta el personal del sector de gestión telefónica/teleoperación del 112, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, mediante el establecimiento de servicios mínimos.

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Mediante escrito presentando el 30 de septiembre de 2020 en el registro electrónico general de la Junta de Andalucía, por don Iñigo Vicente Herrero, Secretario General de la Federación de Servicios de Comisiones Obreras de Andalucía, se comunica convocatoria de huelga que afectará a todos los trabajadores y trabajadoras de los Servicios de Emergencias 112 de Andalucía, de la Junta de Andalucía, en los diversos centros de trabajo de toda la comunidad andaluza, tanto los servicios provinciales como los regionales que actualmente es prestado por la empresa Ferrovial Servicios, S.A.

La huelga se llevará a efecto los siguientes días y en los siguientes horarios:

Días 17 y 24 de octubre de 2020:

- Turno de mañana: De 12:00 a 13:00 horas.

- Turno de tarde: La última hora del turno de tarde (distintos horarios en diferentes centros de trabajo).

- Turno de noche: La primera hora del turno de noche (distintos horarios en diferentes centros de trabajo).

Día 31 de octubre de 2020:

- La huelga comprenderá la jornada completa de trabajo. Aquellas personas que inicien su turno de trabajo de noche el día anterior, 30 de octubre, y lo terminen el día 31, estarán convocados durante todo ese turno de trabajo, desde el inicio del mismo.

Así mismo, mediante escrito presentado el 6 de octubre de 2020 en el registro electrónico del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, por Miguel Montenegro Muriel, Secretario General de Andalucía de la Confederación General del Trabajo (CGT-A)  formula preaviso de huelga afectará a todos los trabajadores y trabajadoras del 112 Andalucía que forman parte de la plantilla de la concesionaria Ferrovial Servicios en sus diez centros de trabajo.

La huelga se llevará a efecto en los siguientes días y horarios:

Día 17 de octubre de 12 a 15 h y de 21 a 24 h.

Día 24 de octubre de 12 a 15 h y de 21 a 24 h.

Día 30 de octubre de 22 a 24 h.

Día 31 de octubre de 0 a 24 h.

El derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses está reconocido por el artículo 28.2 de la Constitución Española (CE), precepto que prevé que la ley que regule su ejercicio establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales para la comunidad, siendo tal ley actualmente el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, en cuyo artículo 10, párrafo 2.º, se establece que cuando la huelga se declare en empresas encargadas de la prestación de cualquier género de servicios públicos o de reconocida e inaplazable necesidad y concurran circunstancias de especial gravedad, la Autoridad Gubernativa podrá acordar las medidas necesarias para asegurar el funcionamiento de los servicios.

El Tribunal Constitucional en sus Sentencias 11, 26 y 33/1981, 51/1986 y 27/1989 ha sentado la doctrina en materia de huelga respecto a la fijación de tales servicios esenciales de la comunidad, la cual ha sido resumida por la Sentencia de dicho Tribunal 43/1990, de 15 de marzo, y ratificada en la de 29 de abril de 1993, señalando la obligación de la Administración de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad, teniendo en cuenta que «exista una razonable proporción entre los servicios a imponer a los huelguistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de aquellos, evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento normal del servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea perturbado por la huelga solamente en términos razonables».

El Servicio de Emergencias 112 constituye un servicio esencial para la comunidad como mecanismo de respuesta ante situaciones de emergencia, recepcionando y gestionando llamadas de emergencia de todo tipo, y activando los servicios operativos que tienen que dar respuesta integral e inmediata: Bomberos, Policía Local, Guardia Civil, Policía Nacional, etc., por ello la Administración se ve compelida a garantizar dicho servicio esencial mediante la fijación de servicios mínimos, por cuanto que la falta de protección de los referidos servicios prestados por esta empresa colisiona frontalmente con los derechos a la vida y a la salud de los ciudadanos proclamados en los artículos 15 y 43 de nuestra Constitución.

En consecuencia y dada la obligación de la Administración de velar por el funcionamiento de los servicios esenciales, siendo en este caso el servicio esencial los Servicios de Emergencias 112 en la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuya paralización podría afectar a la vida y la salud de los usuarios, la falta de prestación del referido servicio colisiona frontalmente con los derechos a la vida y la salud, proclamados en los artículos 15 y 43 de la Constitución Española. Por ello, la Autoridad Laboral se ve obligada a garantizar dichos servicios esenciales mediante la fijación de servicios mínimos, determinándose los mismos en el anexo de esta resolución.

El servicio de emergencias 112 es competencia de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior, servicio que en la actualidad presta la empresa Ferrovial Servicios, S.A., por tanto se solicita a la Dirección General citada, a la empresa prestadora del servicio y a los sindicato convocantes, Comisiones Obreras de Andalucía y Confederación General del Trabajo (CGT-A), para que presenten sus propuestas por correo electrónico, de las que se da traslado a todos para conocimiento mutuo, evitando la celebración de reunión presencial, dada la situación de crisis sanitaria provocada por el COVID-19.

El sindicato Comisiones Obreras de Andalucía, propone como servicios mínimos «- 60% del personal de operaciones en cada turno, de las personas que estaban dimensionadas previamente en los distintos turnos.- 50% del personal técnico localizable que presta servicios habitualmente.- Sin servicios mínimos para el personal administrativo (operaciones coadyuvantes)».

El sindicato Confederación General del Trabajo (CGT-A), propone la aprobación de servicios mínimos consistentes en: En los servicios provinciales 112 propone 1 gestor por turno y en los dos centros regionales 112 (Sevilla y Málaga) dos trabajadores de personal operativo (coordinadores/gestores) por turno para la huelga de 24 h y en los paros parciales solo un coordinador y un gestor (ambos personal operativo) en los centros regionales de Sevilla y Málaga y nadie en los centros provinciales.

Por su parte, la empresa Ferrovial Servicios, S.L., concesionaria actual de la prestación del servicio de emergencias 112 en Andalucía, realiza una detallada propuesta de servicios mínimos, que incluye el dimensionamiento actual del servicio para sábados y días festivos, y la necesidad que estiman adecuada cuantificando numéricamente los trabajadores y trabajadoras necesarios por cada centro de trabajo, exponiendo, en primer lugar, que la plantilla total de trabajadores que conforman este servicio, está en torno a 411 trabajadores/as (incluida la media de trabajadores temporales que para atender las necesidades de los servicios se viene contratando), distribuyéndose en los centros provinciales de Sevilla; Málaga; Jaén; Almería; Córdoba; Huelva; Cádiz y Granada, así como, en los centros Regionales de Málaga y Sevilla, de la siguiente forma:

Almería: 18 trabajadores/as.

Cádiz: 23 trabajadores/as.

Córdoba: 21 trabajadores/as.

Granada: 25 trabajadores/as.

Huelva: 15 trabajadores/as.

Jaén: 22 trabajadores/as.

Sevilla Provincial: 33 trabajadores/as.

Sevilla Regional: 144 trabajadores/as.

Málaga Provincial: 28 trabajadores/as.

Málaga Regional: 82 trabajadores/as.

La propuesta de la mencionada empresa se concreta según el dimensionamiento actual que indican y el servicio mínimo solicitado, en la cuantificación de cada uno de los centros de trabajo, turnos y categorías profesionales:

Por su parte, la Dirección General de Emergencias y Protección Civil presenta su propuesta de servicios mínimos, argumentando la necesidad de considerar, asimismo, la fecha de la huelga anunciada, se trata de sábados, y que los paros parciales se convocan en las horas con de gran actividad, y con los habituales desplazamientos de fin de semana, lo que supone un incremento importante en el número de asistencias demandadas. De las áreas técnicas, solo se incluye una persona de guardia localizada en el área de comunicaciones, operaciones y de gestión, no pudiéndose reducir ese servicio. Teniendo en cuenta las circunstancias expuestas, se estima que los servicios mínimos sean de un 80% para el caso de personal que desarrolla su trabajo en sala como atención y gestión telefónica y hasta un 50% en los casos de las áreas técnicas, salvo en los puestos en los que hay una única persona en el turno (coordinador de sala, caso de presencia de un único gestor en sala, enlace y técnico de guardia) y no es posible reducir dicho dimensionamiento. En las categoría de responsable de área y de técnico el dimensionamiento mínimo puede ser inferior al 80%.

Las plantillas están organizadas teniendo en cuenta estas circunstancias y con la combinación de perfiles diferentes que atienden a las tareas diferenciadas, que hay que desarrollar para que el trabajo y el servicio al ciudadano sea el adecuado.

Días 17 y 24 de octubre.

Centro Regional de Sevilla.

- En el turno de mañana: 1 Coordinador + 1 Enlace + 9 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+11+6).

- En el turno de tarde: 1 Coordinador + 1 Enlace + 10 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+12+6).

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 6 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+8+6).

Centro Regional de Málaga:

- En el turno de mañana: 1 Coordinador + 8 Gestores (80%) + 1 técnico (50%)

(En cuadrante está planificado 1+10+2)

- En el turno de tarde: 1 Coordinador + 8 Gestores (80%)

(En cuadrante está planificado 1+10+2)

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 5 Gestores (80%)

(En cuadrante está planificado 1+6+2)

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestor.

(En cuadrante estaba planificado 1+1+1 en los tres turnos a excepción del Técnico de Operaciones que sólo se presta servicio en turno de mañana).

- Granada y Cádiz: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestor (50%).

(En cuadrante estaba planificado 1+1+2 en los tres turnos a excepción del Técnico de Operaciones que sólo se presta servicio en turno de mañana).

- Málaga: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 2 Gestores (80%).

(En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+3 y noche 0+1+2).

- Sevilla: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 2 Gestores (80%).

Día 17: (En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+3, tarde 0+1+3 y noche 0+1+4).

Día 24: (En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+3 y noche 0+1+3).

- Jaén: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestores (80%).

Día 17: (En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+1 y noche 0+1+1)

Día 24: (En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+1, tarde 0+1+3 y noche 0+1+1)

Día 30 de octubre (Turno noche del 31 de octubre que inician el día 30)

Centro Regional de Sevilla.

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 8 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+10+6).

Centro Regional de Málaga:

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 5 Gestores (71%) + 1 Técnico.

(En cuadrante está planificado 1+7+1).

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Coordinador + 1 Gestor.

(En cuadrante estaba planificado 1+1 en el turno de noche).

- Granada y Cádiz: 1 Coordinador + 1 Gestor (33%).

(En cuadrante estaba planificado 1+3 en el turno de noche).

- Málaga: 1 Coordinador + 2 Gestores.

(En cuadrante estaba planificado para el turno de noche 1+2)

- Sevilla: 1 Coordinador + 3 Gestores.

(En cuadrante estaba planificado para el turno de noche 1+3)

- Jaén: 1 Coordinador + 1 Gestores (80%).

(En cuadrante estaba planificado para el turno de noche 1+1)

Día 31 de octubre.

Centro Regional de Sevilla.

- En el turno de mañana: 1 Coordinador + 1 Enlace + 9 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+11+6)

- En el turno de tarde: 1 Coordinador + 1 Enlace + 10 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+13+6)

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 8 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

(En cuadrante está planificado 1+1+10+6)

Centro Regional de Málaga:

- En el turno de mañana: 1 Coordinador + 9 Gestores (80%) + 1 técnico.

(En cuadrante está planificado 1+12+1)

- En el turno de tarde: 1 Coordinador + 10 Gestores (80%)

(En cuadrante está planificado 1+12+1)

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 6 Gestores (80%)

(En cuadrante está planificado 1+8+1)

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestor.

(En cuadrante estaba planificado 1+1+1 en los tres turnos a excepción del Técnico de Operaciones que sólo se presta servicio en turno de mañana).

- Granada y Cádiz: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestor (50%).

(En cuadrante estaba planificado 1+1+2 en los tres turnos a excepción del Técnico de Operaciones que sólo se presta servicio en turno de mañana).

- Málaga: 1 Técnico de Operaciones (turno mañana) + 1 Coordinador + 2 Gestores (turno mañana y noche) + 3 Gestores (turno de tarde).

(En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+3 y noche 0+1+2)

- Sevilla: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 2 Gestores (turno mañana) + 3 Gestores (turno de tarde y noche).

(En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+3 y noche 0+1+3)

- Jaén: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 1 Gestores (80%).

(En cuadrante estaba planificado para la mañana 1+1+2, tarde 0+1+2 y noche 0+1+1).

(*) Los Técnicos de Operaciones sólo se solicitan en turno de mañana

Una vez examinada todas las propuestas de servicios mínimos aportadas se procede a elaborar esta resolución en cuyo anexo consta la regulación de los servicios mínimos que se consideran adecuados para este servicio público, para lo cual se han tenido en cuenta las siguientes valoraciones específicas de este conflicto:

Primero. El servicio público afectado por esta convocatoria de huelga. Estamos ante un servicio esencial que se presta de manera continuada los 365 días del año, y ello es precisamente porque no se puede prescindir del mismo. El dimensionamiento establecido se ajusta a la demanda de llamadas de emergencia, que en primer lugar hay que clasificar para determinar su urgencia, de forma que la disminución impediría dar cobertura a las llamadas con un mínimo de rapidez y eficacia conforme con la carta de servicios del 112.

En definitiva se trata de respetar el derecho de huelga que efectivamente tienen los trabajadores pero sin lesionar el derecho de los ciudadanos y haciendo posible que el servicio de emergencias 112 pueda seguir funcionando.

Emergencias 112 Andalucía es un servicio público y gratuito que opera las 24 horas al día los 365 días del año para resolver las situaciones de urgencia y emergencia, en materia sanitaria, extinción de incendios y salvamento, seguridad ciudadana y protección civil, en la comunidad autónoma.

El 112 se configura como una herramienta esencial de seguridad para los andaluces ya que es el único teléfono sin coste alguno, para todas las emergencias que, además, tiene integrados en su plataforma tecnológica hasta 148 operativos de emergencia, entre los que se cuentan todos los servicios provinciales de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES), así como los del Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil, además de Policías Locales y servicios de Bomberos. Dicha integración permite a los efectivos que tienen que actuar en una emergencia conocer en tiempo real los incidentes que comunica la ciudadanía al 112. Este modelo de gestión integral, proporcionado por el servicio 112, permite que se optimicen tanto los tiempos de respuesta como los recursos disponibles; gracias a que la información compartida en esta plataforma evita las duplicidades de esfuerzos y recursos.

El teléfono 112 es, asimismo, según la Encuesta de Realidad Social de Andalucía (ERSA), el más conocido por los andaluces que apuntan a que el 96% de la población andaluza sabe el número al que dirigirse en caso de emergencia y que ocho de cada diez ciudadanos (el 80%) usaría el 112 frente a otros teléfonos de tres cifras. Estos datos de uso y preferencia quedan avalados también por la estadística del servicio que gestiona anualmente casi seis millones de llamadas y más de medio millón de emergencias.

Para la correcta operatividad del servicio, atendiendo a las disposiciones de la Unión Europea que fundamentan su actuación, así como en España, el Real Decreto 903/1997, de 16 de junio, por el que se regula el acceso, mediante redes de telecomunicaciones, al servicio de atención de llamadas de urgencia a través del número telefónico 112, constituye un requisito esencial su gratuidad para las personas usuarias, así como una atención permanente las 24 horas del día en aquellos idiomas que cuentan con especial presencia en nuestro ámbito, además el Teléfono Único de Emergencias presta además un servicio de atención multilingüe que ofrece respuesta a la ciudadanía en inglés, francés, alemán y árabe, además de en español.

De esta forma se garantiza la cobertura de todas las situaciones de emergencia que se producen en el territorio andaluz, independientemente de la procedencia o idioma de la persona que solicite la asistencia para que el idioma no represente una barrera. El 112 es el único servicio que se adapta así a la realidad social de la región andaluza en la que existe una amplia pluralidad sociocultural.

Segundo. El dimensionamiento de la plantilla en los diferentes centros y la obligatoriedad de la prestación del servicio durante 24 horas los 365 días del año, determinan que en algunos casos sea elevado el porcentaje de servicio mínimo a establecer porque lo contrario supondría prescindir totalmente del servicio.

Según la información apartada de los datos de plantillas y turnos, resulta que en muchos de los centros de trabajo, cada uno de los turnos y categorías profesionales considerados esenciales están cubiertos por una sola persona, por lo que resulta imposible reducir el personal sin dejar desatendido el servicio de emergencias, que, como ya se ha puesto de manifiesto, y resulta pacífico, se trata de un servicio esencial, cuya falta de cobertura podría dar lugar a daños de difícil o imposible reparación e incluso afectar a la vida de las personas.

En cuanto a la propuesta de servicios mínimos realizados por Comisiones Obreras de Andalucía no aporta el dimensionamiento de la plantilla, y su ponderación por categorías y centros de trabajo. De esta forma, determina como necesario cubrir el 60% del personal de operaciones y el 50% del personal técnico. Sin embargo, y a la vista del dimensionamiento habitual aportado por la empresa, y no cuestionado por el sindicato convocante, resulta imprescindible ajustar la plantilla necesaria por cada uno de los centros de trabajo, en este caso provinciales o regionales que conforman el citado servicio de emergencias 112. A este respecto, y en virtud de lo aportado por la empresa prestadora del servicio, se consideran tres categorías profesionales: personal de operaciones, y personal técnico, (coordinadores y gestores). El servicio se presta durante 24 horas, por lo que todos los puestos se cubren en tres turnos diarios: mañana, tarde y noche.

En todos los centros provinciales, el personal de operaciones está dimensionado en un trabajador o trabajadora en cada centro en turno de mañana. En muchos de estos, como el provincial de Almería, el de Córdoba y el de Huelva, tienen, así mismo, un trabajador o trabajadora por cada categoría del personal técnico, coordinadores y gestores, no siendo, por tanto, posible cubrir estos con un porcentaje inferior al 100 por 100 sin dejar desprotegido el servicio de emergencias en estos turnos, categorías y provincias. Para poder fijar estos servicios mínimos con los porcentajes propuestos, se deberían haber aportado las soluciones necesarias para la cobertura de todas las provincias afectadas y sus turnos. Hemos de abundar en el hecho de que el propio sindicato convocante, Comisiones Obreras de Andalucía, propone servicios mínimos en las tres categorías profesionales.

La propuesta aportada por el sindicato Confederación General del Trabajo (CGT-A), carece de un estudio del dimensionamiento de la plantilla y no expresa los motivos en los que se fundamenta. Así, no existe una ponderación entre la plantilla habitual y los servicios mínimos necesarios para garantizar que el servicio no se interrumpa, reproduciendo palabras de la propuesta del propio sindicato, poniendo en peligro la vida o las condiciones normales de existencia de toda o parte de la población, tal como establece la doctrina de la OIT. La propuesta no está acompañada de la justificación necesaria sobre la cobertura mínima imprescindible para que no genere sacrificios desproporcionados para la sociedad (Sentencias del Tribunal Constitucional de 8 de abril de 1981, 24 de abril de 1986, y 15 de marzo de 1990).

En situación de normalidad es muy elevado el número de llamadas que tiene que atender cada operador, por lo que no se puede plantear una reducción del servicio en los términos propuestos por los sindicatos convocantes, porque ello determinaría la imposibilidad de la prestación del mismo.

Tercero. Las fechas en las que se ha convocado la huelga son los sábados 17, 24 y 31 de octubre y el viernes 30 de octubre, con diferentes franjas horarias los días 17, 24 y 30 de octubre y 24 horas el día 31 de octubre. Precisamente son los fines de semana cuando se produce mayor actividad en los desplazamientos de la ciudadanía y en mayor medida en las fechas indicadas que coinciden con un puente se extiende hasta el lunes 2 de noviembre por ser domingo el día 1 de noviembre. Todo ello provoca que el número de asistencia demandadas se incrementen muy por encima de los días en los que no concurren las vicisitudes anteriores.

El incremento de atención de llamadas que se producen en los fines de semana respecto al resto de días, es de una media del 7% en el turno de mañana, de un 9% en el de tarde y de un 37% en el de noche. La concurrencia de circunstancias como la fiesta de «Halloween» en años anteriores ha determinado un incremento de llamadas significativo llegando a una media del 22,61% respecto a cualquier otro día de la semana.

El servicio de atención telefónica 112 es imprescindible siempre, pero máxime en las circunstancias actuales como consecuencia de la pandemia por el Covid-19, que determinan una mayor complejidad para una adecuada prestación del servicio para dar respuesta a la demanda de la ciudadanía.

Por estos motivos, entendiendo que con ello se garantiza el adecuado equilibrio entre los derechos de los ciudadanos y el derecho de los trabajadores a realizar el efectivo ejercicio de la huelga, el contenido de la mencionada propuesta es el que consta en el anexo de esta Resolución, regulación que se establece de conformidad con lo que disponen las normas aplicables: artículo 28.2 de la Constitución; artículo 63.1.5.º del Estatuto de Autonomía para Andalucía; artículo 10, párrafo 2.º, del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo; Real Decreto 4043/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo; Decreto del Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; del Decreto 100/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo y del Decreto 32/2019, de 5 de febrero, por el que se modifica el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

RESUELVO

Primero. Establecer los servicios mínimos, que figuran en el anexo de esta resolución, en relación a la huelga convocada para todos los trabajadores y trabajadoras del servicio de emergencias 112 de Andalucía. La huelga se llevará a efecto los siguientes días y en los siguientes horarios:

Días 17 y 24 de octubre de 2020:

- Turno de mañana: De 12:00 a 13:00 horas.

- Turno de tarde: La última hora del turno de tarde (distintos horarios en diferentes centros de trabajo).

- Turno de noche: La primera hora del turno de noche (distintos horarios en diferentes centros de trabajo).

Día 31 de octubre de 2020:

La huelga comprenderá la jornada completa de trabajo. Aquellas personas que inicien su turno de trabajo de noche el día anterior, 30 de octubre, y lo terminen el día 31, estarán convocados durante todo ese turno de trabajo, desde el inicio del mismo.

Segundo. Los paros y alteraciones en el trabajo por parte del personal necesario para el mantenimiento de los servicios esenciales mínimos determinados serán considerados ilegales a los efectos del artículo 16.1 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo.

Tercero. Lo dispuesto en los apartados anteriores no supondrá limitación alguna de los derechos que la normativa reguladora de la huelga reconoce al personal en dicha situación, ni tampoco respecto de la tramitación y efectos de las peticiones que la motiven.

Cuarto. La presente resolución entrará en vigor el día de su firma, sin perjuicio de su posterior publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de octubre de 2020.- La Directora General, Beatriz Barranco Montes.

A N E X O

SERVICIOS MÍNIMOS (Expte. H 49/2020 DGTBL)

Días 17 y 24 de octubre.

Centro Regional de Sevilla.

- Turno de mañana: 1 Coordinador + 1 Enlace + 9 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

- Turno de tarde: 1 Coordinador + 1 Enlace + 10 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

- Turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 6 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

Centro Regional de Málaga:

- Turno de mañana: 1 Coordinador + 8 Gestores (80%) + 1 técnico (50%)

- Turno de tarde: 1 Coordinador + 8 Gestores (80%)

-Turno de noche: 1 Coordinador + 5 Gestores (80%)

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana) + 1 Coordinador + 1 Gestor.

- Granada y Cádiz: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana) + 1 Coordinador + 1 Gestor (50%).

- Málaga: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana) + 1 Coordinador + 2 Gestores (80%).

- Sevilla: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana) + 1 Coordinador + 2 Gestores (80%).

- Jaén: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana) + 1 Coordinador + 1 Gestores (80%).

Día 30 de octubre (Turno noche del 31 de octubre que inician el día 30).

Centro Regional de Sevilla:

- Turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 8 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

Centro Regional de Málaga:

-Turno de noche: 1 Coordinador + 5 Gestores (71%) + 1 Técnico.

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Coordinador + 1 Gestor.

- Granada y Cádiz: 1 Coordinador + 1 Gestor (33%).

- Málaga: 1 Coordinador + 2 Gestores.

- Sevilla: 1 Coordinador + 3 Gestores.

- Jaén: 1 Coordinador + 1 Gestores.

Día 31 de octubre:

Centro Regional de Sevilla:

- Turno de mañana: 1 Coordinador + 1 Enlace + 9 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

- Turno de tarde: 1 Coordinador + 1 Enlace + 10 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

- Turno de noche: 1 Coordinador + 1 Enlace + 8 Gestores (80%) + 3 Técnicos/Jefes de Área (50%).

Centro Regional de Málaga:

- En el turno de mañana: 1 Coordinador + 9 Gestores (80%) + 1 técnico.

- En el turno de tarde: 1 Coordinador + 10 Gestores (80%).

- En el turno de noche: 1 Coordinador + 6 Gestores (80%).

Centros Provinciales:

- Almería, Córdoba, Huelva: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana)+ 1 Coordinador + 1 Gestor.

- Granada y Cádiz: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana)+ 1 Coordinador + 1 Gestor (50%).

- Málaga: 1 Técnico de Operaciones (turno mañana) + 1 Coordinador + 2 Gestores (turno mañana y noche) + 3 Gestores (turno de tarde).

- Sevilla: 1 Técnico de Operaciones + 1 Coordinador + 2 Gestores (turno mañana) + 3 Gestores (turno de tarde y noche).

- Jaén: 1 Técnico de Operaciones (solo turno de mañana)+ 1 Coordinador + 1 Gestor (80%).

Corresponde a la empresa, con la participación del comité de huelga, la facultad de designar las personas trabajadoras que deban efectuar los servicios mínimos, velar por el cumplimiento de los mismos y la organización del trabajo correspondiente a cada una de ellas.

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