Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 209 de 28/10/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 20 de octubre de 2020, de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se establece el plazo para dictar y hacer pública la resolución de admisión del alumnado en las enseñanzas de español como lengua extranjera de carácter cuatrimestral en las escuelas oficiales de idiomas para el segundo cuatrimestre del curso 2020/2021, en virtud de lo establecido en la orden que se cita.

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La Orden de 20 de abril de 2012, por la que se regulan los criterios y procedimientos de admisión del alumnado en las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía, establece en su Capítulo IV el procedimiento de admisión en dichas enseñanzas y centros.

El artículo 20 de la citada orden determina que anualmente se establecerá el calendario de actuaciones del procedimiento de admisión por resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de enseñanzas de idiomas de régimen especial, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asimismo, el artículo 22.4 regula el plazo de admisión anual, y estipula que deberá establecerse cada año el plazo para dictar y hacer pública la resolución de admisión en cada centro.

Dada la situación de emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19 y la suspensión de plazos administrativos establecida conforme a la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, los plazos para dictar y hacer pública la resolución de admisión de las enseñanzas en cada centro se fijaron en la Orden de 14 de mayo de 2020, por la que se establecen los calendarios de actuaciones de determinados procedimientos administrativos del ámbito educativo, afectados por la situación de crisis sanitaria provocada por el coronavirus COVID-19. No obstante, la citada orden no determinaba los plazos para la resolución de admisión en enseñanzas de carácter cuatrimestral.

Por ello, en virtud de las competencias que otorga el artículo 10.2 del Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte,

RESUELVO

Primero. Calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión en español como lengua extranjera para el curso 2020/21.

a) En las escuelas oficiales de idiomas que impartan cursos de español como lengua extranjera con carácter cuatrimestral, el calendario de actuaciones en el procedimiento de admisión para el primer cuatrimestre se regirá por lo establecido en el punto primero de la presente resolución.

b) El calendario del procedimiento de admisión del alumnado para el segundo cuatrimestre de dichos cursos será el siguiente:

i. El período de presentación de solicitudes de admisión en las escuelas oficiales de idiomas que impartan estos cursos será el comprendido entre el 18 y 26 de enero de 2021, ambos inclusive.

ii. Con anterioridad al 2 de febrero de 2021, las escuelas oficiales de idiomas publicarán la relación de personas solicitantes, ordenada según los criterios de admisión.

iii. El período para el trámite de audiencia será el comprendido entre el 2 y 4 de febrero de 2021, ambos inclusive.

iv. El 8 de febrero de 2021 se publicarán las resoluciones del procedimiento de admisión en cada escuela.

v. El plazo para la presentación de recursos de alzada, ante la persona titular de la correspondiente Delegación Territorial con competencias en materia de educación, empezará el 9 de febrero de 2021.

Conforme a lo establecido en el apartado sexto de la Orden de 20 de febrero de 2020, por la que se convoca a las escuelas oficiales de idiomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la oferta de cursos para la actualización, perfeccionamiento y especialización de competencias en idiomas durante el curso 2020/21, para el calendario de la gestión y la adscripción del alumnado a los cursos preautorizados para impartirse en el segundo cuatrimestre del curso 2020/21 se estará a lo establecido en el apartado primero anterior.

Segundo. Delegaciones Territoriales con competencias en materia de educación.

Las Delegaciones Territoriales de la Consejería competente en materia de educación garantizarán el cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución y asesorarán a los centros docentes en la aplicación de la misma.

Sevilla, 20 de octubre de 2020.- La Directora, Aurora María Auxiliadora Morales Martín.

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