Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 212 de 03/11/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación y Deporte

Orden de 29 de septiembre de 2020, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de formación profesional «Edufy Formación» de Estepona (Málaga). (PP. 2396/2020).

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Visto el expediente tramitado a instancia de don Cristóbal Rodríguez Ruiz, como administrador solidario de la entidad Edufy Formación, S.L., titular del centro docente privado de formación profesional «Edufy Formación», con domicilio en Avda. José Martín Méndez, 13, de Estepona (Málaga), solicitando modificar la autorización de enseñanzas con la que cuenta, por la ampliación de las mismas en un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Enseñanza y animación sociodeportiva, así como por la reducción de un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de Acondicionamiento físico, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.

Resultando que el citado centro, con código 29019885, tiene autorización para impartir un ciclo formativo de formación profesional de grado medio de Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y dos ciclos formativos de formación profesional de grado superior, uno de Enseñanza y animación sociodeportiva y uno de Acondicionamiento físico.

Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Málaga y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.

Vistos: la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre (BOE del 10), para la mejora de la calidad educativa; la Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio (BOE del 30), por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo; el Real Decreto 2049/1995, de 22 de diciembre (BOE de 14 de febrero de 1996), por el que se establece el título de técnico en Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real Decreto 653/2017, de 23 de junio (BOE de 15 de julio), por el que se establece el título de técnico superior en Enseñanza y animación sociodeportiva y se fijan los aspectos básicos del currículo; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.

En su virtud y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas

DISPONGO

Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada al centro docente privado de formación profesional «Edufy Formación», código 29019885 y domicilio en Avda. José Martín Méndez, 13, de Estepona (Málaga), cuyo titular es la entidad Edufy Formación, S.L., quedando con la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:

a) Ciclos formativos de formación profesional de grado medio (impartidos en turno de mañana):

Conducción de actividades físico-deportivas en el medio natural:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 2.

Puestos escolares: 40.

b) Ciclos formativos de formación profesional de grado superior (impartidos en turno de mañana):

Enseñanza y animación sociodeportiva:

Núm. de ciclos: 2.

Grupos: 4.

Puestos escolares: 80.

Segundo. La presente autorización surtirá efectos a partir del curso 2020/21, pues tal como previene el artículo 39.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, excepcionalmente, podrá otorgarse eficacia retroactiva a los actos cuando produzcan efectos favorables al interesado, siempre que los supuestos de hecho necesarios existieran ya en la fecha a que se retrotraiga la eficacia del acto y ésta no lesione derechos o intereses legítimos de otras personas.

Tercero. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.

Cuarto. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros Docentes.

Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación, Deporte, Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación de Málaga la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.

Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y Deporte, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 29 de septiembre de 2020

FRANCISCO JAVIER IMBRODA ORTIZ
Consejero de Educación y Deporte
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