Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 04/11/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 28 de octubre de 2020, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de la Diputación Provincial de Sevilla (Sevilla) denominado Vicesecretaría de clase 1.ª - 14420, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.

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Expediente núm.: 0535/2020.

1. Entidad Local convocante.

Diputación Provincial de Sevilla (Sevilla).

2. Denominación y características del puesto de trabajo que se convoca.

Subescala y categoría: Secretaría, categoría superior.

Denominación: Vicesecretaría de clase 1.ª - 14420.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 50.093,08 euros anuales.

Sistema de provisión del puesto: PLD.

3. Lugar y plazo de presentación de las solicitudes.

Lugar: Registro General de la Diputación de Sevilla.

Plazo: 15 días hábiles siguientes a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4. Resolución.

Vacante el puesto de trabajo cuya denominación y características se especifican en el punto 2, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, por la Entidad Local referenciada en el punto 1 se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante el sistema de libre designación.

Se ha instruido el preceptivo expediente, que ha sido tramitado de conformidad con lo previsto en los artículos 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y el artículo 14.1.f) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local,

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo cuyos datos se consignan en el punto 2, que se adjuntan como anexo a la presente resolución.

Segundo. Resuelto el concurso conforme a lo establecido en el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, se dará traslado de dicha resolución a esta Dirección General y al Ministerio competente, para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

La formalización, en su caso, de la toma de posesión deberá ser comunicada a esta Dirección General en la forma y plazo previstos en el citado Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Tercero. Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 2020.- El Director General, Joaquín José López-Sidro Gil.

ANEXO

I. Requisitos de los aspirantes.

1. Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional pertenecientes a la Subescala de Secretaría, categoría superior.

2. No podrán participar en la convocatoria a la que se refieren estas bases los funcionarios que en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias se encuentren en cualquiera de los siguientes supuestos:

- Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución judicial o administrativa firme, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas de suspensión.

- Los funionarios destituidos, a puestos de la Corporación donde se produjo la sanción, si no hubiera transcurrido el plazo establecido en la misma.

- Los funcionarios en las situaciones de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 89.1 a) y b) del Texto Refundido de la Ley del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

- Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitvo en cualquier Administración Pública salvo que lo hagan a puestos reservados a su subescala y categoría en la misma Corporación.

II. Resolución del procedimiento.

La solicitud para participar en el presente procedimiento deberá dirigirse al Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Sevilla dentro de los quince días hábiles siguientes a la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de Estado.

Las solicitudes se presentarán en el Registro General de dicha Administración, o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada unos de los requisitos exigidos en la convocatoria y que no incurre en ninguna de las causas que impiden la participación en la convocatoria, e irá acompañada de los méritos profesionales y académicos en la que consten títulos, años de servicios, puestos desempeñados en la Administración Pública, estudios, cursos de formación recibidos y/o impartidos, publicaciones así como cualquier otro mérito que estime oportuno poner de manifiesto. Los méritos alegados se acreditarán mediante la presentación de documentos públicos administrativos originales o copias debidamente compulsadas de los mismos. A estos efectos los méritos alegados se computarán hasta el último día, inclusive, del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al que se refiere las presentes bases comportará la plena aceptación de las mismas. Junto a las especificaciones indicadas con anterioridad como méritos a adjuntar a la solicitud, serán objeto de especial consideración a fin de garantizar la idoneidad y la aptitud de los aspirantes en relación a las funciones que actualmente tiene atribuidas la Vicesecretaría de la Diputación de Sevilla las siguientes:

a) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de colaboración, con las funciones de colaboración inmediata a las de Secretaria General, con la denominación de Vicesecretario/a o equivalente, pertenecientes a la Subescala de Secretaría categoría superior, en Diputaciones Provinciales y/o en municipios con población superior a 20.000 habitantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Experiencia acreditada en el desempeño de puestos de Secretaría de Organismos Autónomos, y/o Sociedades municipales con capital íntegramente local, dependientes de entidades locales clasificadas de primera categoría, con especial incidencia en las relacionadas con la gestión y recaudación de tributos locales.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes el Diputado del Área de Empleado Público dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as que se expondrá en la página web y en el tablón de anuncios de la Entidad, estableciendose un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.

La lista de aspirantes admitidos y excluidos se considerará automáticamente elevada a definitiva si no se presentan reclamaciones o subsanaciones. Si hubiera reclamaciones serán estimadas o desestimadas, si procede, en una nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva, que se publicará igualmente en el medio indicado.

El Diputado Delegado del Área de Empleado Público, en virtud de las atribuciones conferidas por la Presidencia de esta Corporación según Resolución núm. 152/2020, de 24 de enero, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados, procederá a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y traslado a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de la Junta de Andalucía y al Ministerio de Política Territorial y Función Pública para su anotación en el Registro correspondiente y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. En todo caso deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

III. Toma de posesión.

El plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

IV. Normativa supletoria.

En todo aquello que no este previsto en las presentes bases será aplicable el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico del funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás disposiciones que resulten de aplicación.

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