Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 06/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de junio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, dimanante de autos 589/2019. (PP. 1334/2020).

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NIG: 2990142120190002668.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 589/2019. Negociado: 06.

Sobre: Contratos en particular

De: C.P. Edificio Salome.

Procuradora: Sra. María Esther Rivas Martín.

Letrada: Sra. Laura Arjona Núñez.

Contra: Giuseppe Claudio Fabrizio.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución cuyo encabezamiento y fallo es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 56/2020

En Torremolinos, a 13 de marzo del 2020.

Doña María José Ferrer Fernández, Magistrada Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Torremolinos, ha visto los presentes autos de juicio verbal, tramitados con el núm. 589/2019, y promovidos por la Comunidad de Propietarios Edificio Salome, representada por la procuradora doña Esther Rivas Martín y asistida por la Letrada doña Laura Arjona Núñez, contra don Giuseppe Claudio Fabrizio, en rebeldía, sobre reclamación de cantidad por impago de cuotas comunitarias.

FALLO

Que estimando la demanda formulada por la Comunidad de Propietarios Edificio Salome contra don Giuseppe Claudio Fabrizio, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar a la parte actora la suma de 1.438,15 euros (1.402,80 euros correspondientes a cuotas vencidas desde septiembre de 2017 a marzo de 2019 más 35,35 euros por gastos de burofax), más intereses en los términos del Fundamento de Derecho Tercero de esta sentencia, sin condena al pago de cuotas posteriores e imponiendo asimismo a la parte demandada el pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de Giuseppe Claudio Fabrizio, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Torremolinos, a dieciséis de junio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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