Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 215 de 06/11/2020

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Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 30 de octubre de 2020, de la Dirección Provincial de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía en Granada, de notificación de propuesta de resolución y trámite de audiencia en expediente administrativo en materia de vivienda protegida.

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Propuesta de resolución de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), en expediente administrativo en materia de vivienda protegida, sobre la vivienda matrícula GR-4397, cuenta 32, sita en Granada.

Interesados: Las personas titulares de los DNI núms. 24242031-P y 75563169-G.

Expediente: Procedimiento administrativo en materia de vivienda protegida.

Tipo de acto a notificar: Propuesta de resolución y trámite de audiencia del expediente.

Con arreglo a lo dispuesto los artículos 42.2 y 44 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por la presente se le notifica:

Que con fecha de 13 de octubre de 2020, se ha dictado propuesta de resolución en expediente administrativo en materia de vivienda protegida sobre la vivienda matrícula GR-4397, cuenta 32, sita en Granada, fundamentado en incumplimiento establecido en el artículo 15, apartado 2, letra f), de la Ley 13/2005, de 11 de noviembre.

El expediente administrativo se encuentran a su disposición en la Oficina de Rehabilitación Integral de Barriadas (RIB) Almanjáyar, de AVRA, sita en Calle Teresa León, núm. 10, 18013 Granada.

Por la presente y a la vista de la propuesta de resolución formulada, se le concede trámite de audiencia por un plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio. Una vez transcurrido el plazo, se seguirá el trámite legal.

Matrícula Cta. Finca Registral
Municipio
(Provincia)
DNI/NIE
GR-4397 32 94587 GRANADA
24242031-P
75563169-G

Granada, 30 de octubre de 2020.- El Director, Juan Cobo Ortiz.

«La presente notificación se hace al amparo de lo dispuesto en el art. 44 de la Ley 39/2015, y con carácter previo a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que será la determinante a los efectos de su notificación.»

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