Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 12/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 24 de agosto de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola, dimanante de autos núm. 1416/2019. (PP. 2419/2020).

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NIG: 2905442120190006505.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1416/2019. Negociado: F.

Sobre: Reconocimiento de deuda.

De: C.P. Edf. El Almirante.

Procuradora Sra.: Montserrat Navarro Villanueva.

Contra: Rocío Ostos Vázquez, Lidia Remedios Pérez Ostos (heredera de don José Pérez Arco), Nuestra Señora de la Victoria S.L., María Sandra Pérez Ostos (heredera de don José Pérez Arco), Gema Pérez Ostos (heredera de don José Pérez Arco) y Marta Pérez Ostos (heredera de don José Pérez Arco).

Procuradora Sra.: María Picón Villalón.

EDICTO

En los autos de este Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola y con el número de autos Procedimiento ordinario seguidos a instancia de Comunidad de Propietarios Edificio «El Almirante», contra Nuestra Señora de la Victoria, S.L. (en rebeldía) se ha acordado publicar el presente Edicto en Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma a fin de poner en conocimiento de que se ha dictado Sentencia en fecha 17.2.20 frente a la que cabe recurso de apelación en el plazo de 20 dias.

Si el interesado desea tener conocimiento del contenido de la resolución deberá personarse en la Secretaría de este Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Fuengirola.

En Fuengirola, a veinticuatro de agosto de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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