Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 22 de 03/02/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Resolución de 24 de enero de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Sevilla, por la que se dispone la publicación del fallo de la sentencia de fecha 25 de octubre de 2018, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dentro del Procedimiento Ordinario núm. 12/2015.

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En fecha 25 de octubre de 2018, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dictó Sentencia dentro del Procedimiento Ordinario núm. 12/2015, seguido contra la Resolución de 22 de octubre de 2014, de la Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla (publicada en BOJA núm. 230, de 25 de noviembre de 2014) por la que se aprobó definitivamente de forma parcial el proyecto de «Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Bormujos (Sevilla)» y la Resolución de 28 de julio de 2015, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla (publicada en BOJA, núm. 171, de 2 de septiembre de 2015), por la que se aprobó definitivamente la parte suspendida del instrumento de planeamiento «Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Bormujos», debiendo el Ayuntamiento proceder a la corrección de las deficiencias de índole urbanísticas señaladas en el Fundamento Derecho cuarto de dicha resolución y supeditarlo ello al registro y publicación del instrumento de planeamiento.

El fallo de la Sentencia recoge lo siguiente:

FALLAMOS

«Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Federación Ecologistas en Acción-Sevilla contra los acuerdos reseñados en el Fundamento de Derecho Primero de esta Sentencia, los declaramos nulos.»

El Fundamento de Derecho Primero de la referida sentencia tiene el siguiente tenor literal:

«Constituye el objeto de esta sentencia analizar la conformidad a Derecho de las siguientes actuaciones:

- Resolución de 22 de octubre de 2014, de la Sección de Urbanismo de la Comisión de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla (publicada en BOJA núm. 230, de 25 de noviembre de 2014), por la que se aprobó definitivamente de forma parcial el proyecto de Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Bormujos (Sevilla).

- Resolución de 28 de julio de 2015, de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla (publicada en BOJA núm. 171, de 2 de septiembre de 2015) por la que se aprobó definitivamente la parte suspendida del instrumento de planeamiento “Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Bormujos”, debiendo el Ayuntamiento proceder a la corrección de las deficiencias de índole urbanísticas señaladas en el Fundamento Derecho Cuarto de dicha resolución y supeditarlo ello al registro y publicación del instrumento de planeamiento.»

El Fundamento de Derecho Quinto recoge expresamente lo siguiente: «Por lo expuesto, debe concluirse que, habiéndose omitido durante la tramitación de la revisión del PGOU de Bormujos, el procedimiento de evaluación ambiental que resultaba preceptivo, los acuerdos impugnados (de aprobación definitiva parcial y de aprobación definitiva suspendida, respectivamente) son nulos de pleno derecho». Asimismo, el Fundamento de Derecho Quinto establece que la estimación del referido motivo de impugnación dispensa a la Sala de entrar a conocer de los restante motivos de impugnación articulados en la demanda.

Con fecha 10.1.2019 se emite Decreto de firmeza de la referida Sentencia.

Vistos los artículos 118 de la Constitución Española; 17, apartado 2, de la Ley 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; 104 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; el artículo 23.3, apartado a), de la Orden de 11 de junio de 2019,

HE RESUELTO

Disponer la publicación en BOJA del fallo de la Sentencia firme dictada el 25 de octubre de 2018, por la Sección de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dentro del Procedimiento Ordinario núm. 12/2015.

Sevilla, 24 de enero de 2020.- La Delegada, Susana Rocío Cayuelas Porras.

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