Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 24/11/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de septiembre de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Catorce de Sevilla, dimanante de autos núm. 86/2019. (PP. 2354/2020).

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NIG: 4109142120190003062.

Procedimiento: Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 86/2019. Negociado: MT.

Sobre: Posesión (arts. 430-466 CC).

De: Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, Credifimo, S.A.U.

Procurador: Sr. Mauricio Gordillo Alcalá.

Contra: Ocupantes calle Binefar, núm. 3, planta 2.ª, puerta D, Sevilla.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN SENTENCIA 12.12.2019

En el presente procedimiento Juicio Verbal (Desahucio Precario -250.1.2) 86/2019, seguido a instancia de Unión de Crédito para la Financiación Mobiliaria e Inmobiliaria, Credifimo, S.A.U., frente a ocupantes calle Binefar, núm. 3, planta 2.ª, puerta D, Sevilla se ha dictado sentencia, de fecha 12.12.2019 cuyo contenido se encuentra a su disposición, haciéndole saber que contra la presente resolución podrán interponer recurso de apelación por escrito ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de su notificación, del que conocerá la Audiencia Provincial.

Y encontrándose dicho demandado, ocupantes calle Binefar, núm. 3, planta 2.ª, puerta D, Sevilla, en paradero desconocido, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación, cuyo contenido se encuentra a su disposición

En Sevilla, a veinticinco de septiembre de dos mil veinte. El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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