Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 24/11/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Cámara de Cuentas de Andalucía

Resolución de 19 de noviembre de 2020, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de esta institución.

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El Presidente de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en cumplimiento de lo previsto en el Acuerdo del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 21 de julio de 2020, de aprobación de la Oferta de Empleo Público de esta institución para el año 2020, así como en el Acuerdo de la Comisión de Gobierno del día 21 de octubre de 2020, de convocatoria del presente proceso selectivo y aprobación de las bases reguladoras del mismo, en uso de las competencias atribuidas en el apartado a) del artículo 22 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de esta Institución, ha resuelto publicar la convocatoria de pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas, de acuerdo con las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo, por el sistema de promoción interna, para cubrir una plaza en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía; el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía, aprobado por la Comisión de Hacienda y Administración Pública en sesión celebrada el día 21 de diciembre de 2011; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de la Función Pública de la Junta de Andalucía; la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, la Ley 4/2017, de 25 de septiembre, de los Derechos y la Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía; el Reglamento General de Ingreso, Promoción interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 2/2002, de 9 de enero; la Resolución de 14 de octubre de 2020, de la Presidencia, por la que se publica el Acuerdo del Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía de 21 de julio de 2020, aprobando la Oferta de Empleo Público para el año 2020, y las bases de la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición con las pruebas y puntuaciones que se especifican en la base sexta y anexos correspondientes.

1.4. El temario sobre el que versarán los ejercicios de la fase de oposición, será el que se especifica en el anexo V de la presente Resolución.

1.5. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la sede de la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web

(www.ccuentas.es/procesos-selectivos)

1.6. En el caso de que la plaza convocada por el sistema de promoción interna quedara desierta, se acumulará a la convocatoria de acceso libre correspondiente a la Oferta de Empleo Público para el año 2020.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Las personas interesadas en participar en las pruebas selectivas deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Ayudantes de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía.

2.1.2. Tener una antigüedad como personal funcionario de carrera de al menos dos años en el Cuerpo del subgrupo C1 al que se pertenezca y desde el que se accede. A estos efectos, los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, de reconocimiento de servicios previos en la Administración Pública, como personal funcionario de carrera en otras Administraciones Públicas, en Cuerpos o Escalas del mismo Subgrupo de titulación desde el que se promociona, serán computables, a efectos de antigüedad, para participar en estas pruebas selectivas.

2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, o el título de Grado correspondiente.

Las personas aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial de homologación a título habilitante español, o certificado de su equivalencia a titulación y a nivel académico universitario oficial. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho de la Unión Europea.

2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo de Técnicos de Auditoría de esta Institución.

2.1.5. No haber sido separado o separada, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o Escala de funcionario, y no poseer la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo y Especialidad convocado.

2.2. Estos requisitos estarán referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y deberán mantenerse hasta el nombramiento como personal funcionario de carrera.

2.3. Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que, quienes soliciten su participación, declaren en su solicitud que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos, que se acreditarán en el momento y con la documentación relacionada en el apartado 1 de la base séptima y haber abonado la correspondiente tasa conforme a lo establecido en el apartado 5 de la base tercera de esta convocatoria.

Tercera. Solicitudes.

3.1. Las personas interesadas en participar deberán hacerlo constar en la correspondiente solicitud, cuyo modelo se reproduce en el anexo I de esta convocatoria.

3.2. A la solicitud se acompañará:

- Justificante del pago de la tasa de inscripción conforme a lo establecido en la base tercera de esta convocatoria.

- Autobaremo de méritos.

Los méritos se relacionarán en el modelo del anexo II de esta convocatoria y su justificación se efectuará en la forma en que se expone en el apartado B (Acreditación documental) del anexo III de la presente, por aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Los méritos a valorar por el Tribunal Calificador serán, exclusivamente, los alegados durante el plazo de presentación de solicitudes y acreditados documentalmente en los términos previstos en la base 6 de esta convocatoria.

3.3. Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, dentro de los veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, haciendo constar en su solicitud de forma inequívoca esta convocatoria.

3.4. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Cámara de Cuentas o en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas por el funcionario o funcionaria de Correos, antes de ser certificadas.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado anteriormente, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, que las remitirán seguidamente a la Cámara de Cuentas de Andalucía.

3.5. De conformidad con lo dispuesto en la Sección 1.ª del Capítulo I de la Ley 9/1996, de 26 de diciembre, por la que se aprueban Medidas Fiscales en materia de Hacienda Pública, Contratación Administrativa, Patrimonio, Función Pública y Asistencia Jurídica a entidades de Derecho Público, quienes deseen participar deberán hacer efectiva una tasa de inscripción de 28,52 euros, cuyo hecho imponible lo constituye la presentación de la solicitud para participar en la convocatoria.

Tal cantidad deberá abonarse a la Cámara de Cuentas de Andalucía en la cuenta de la Caixa cuyos datos aparecen a continuación: IBAN ES97, Entidad: 2100, Sucursal: 9166, D.C.: 73, núm. C/C: 2200088751. El ingreso se hará, bien directamente en cualquiera de las sucursales de «La Caixa», bien por transferencia bancaria. Los gastos de la transferencia bancaria correrán por cuenta de la persona que la realiza.

El ingreso se efectuará previamente a la presentación de la solicitud de participación, con la acreditación de tal circunstancia en el momento de su presentación en los registros que en cada caso se utilicen. La acreditación se realizará aportando copia del justificante de ingreso o transferencia efectuado en la cuenta consignada en el párrafo siguiente. En dicho justificante deberá, necesariamente, constar nombre, apellidos y DNI de la persona aspirante.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.

La falta de justificación del abono de los derechos de examen o de encontrarse exento del mismo determinará la exclusión de la persona aspirante.

Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se hubiese satisfecho cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud) o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión definitiva del proceso selectivo o la no presentación a la realización de alguno de los ejercicios en que consiste la oposición, no dará lugar a la devolución de los derechos de examen.

En virtud de lo establecido en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social, no tendrán que hacer efectiva la tasa de inscripción quienes acrediten su condición de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33 por ciento, mediante original o copia compulsada del certificado que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía u órganos similares de otras Administraciones Públicas, que entregarán junto con su solicitud.

3.6. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en su solicitud. El domicilio que figura en la misma se considerará el único válido a efectos de notificaciones, siendo responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores en la cumplimentación del mismo como la no comunicación de cualquier cambio de domicilio.

3.7. Las personas que como consecuencia de alguna discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización de los ejercicios de la oposición, manifestándolo en el apartado «Adaptación que se solicita» de su solicitud.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas dictará resolución declarando aprobadas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas, así como las causas de exclusión, en su caso. La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y las listas certificadas se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, apartado 5.

4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión de las citadas listas, las personas aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de la resolución anteriormente aludida, para que aleguen y presenten la documentación que a su derecho convenga.

Quienes, dentro del plazo señalado, no subsanen la causa de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Transcurrido el plazo establecido en el apartado anterior, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas, dictará resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, declarando aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas, que se expondrán en los lugares establecidos en la base primera, apartado 5.

Asimismo, en dicha resolución se hará constar el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la oposición.

En las listas definitivas se decidirá acerca de las alegaciones planteadas por las personas interesadas en el procedimiento sobre su exclusión u omisión en las listas provisionales y su publicación servirá de notificación a quienes hayan hecho alegaciones.

4.4. La resolución por la que se declaran aprobadas las listas definitivas de personas admitidas y excluidas agotará la vía administrativa. Contra la citada resolución cabrá interponer recurso de reposición ante la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, con carácter potestativo, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Quinta. Tribunal calificador.

5.1. La composición del Tribunal calificador encargado de resolver el concurso-oposición es la que figura en el Anexo IV.

Corresponde a este Tribunal la calificación y el desarrollo del proceso selectivo, así como la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en la realización de los ejercicios, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

Asimismo, corresponderá al Tribunal adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

5.2. La pertenencia al Tribunal calificador será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie. No podrán formar parte del mismo aquellas personas que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, tampoco podrán formar parte el personal de elección o designación política, el personal funcionario interino y el personal eventual.

Las personas que formen parte de un Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas, cuando concurra en ellas alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. La persona que ejerza la presidencia del Tribunal deberá exigir a quienes compongan la misma declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, cualquier persona que participe en el proceso selectivo podrá recusar a los miembros del Tribunal calificador cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior, debiendo adoptar al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

5.3. Por resolución de la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas, se podrá nombrar personal funcionario que colabore temporalmente en el desarrollo del proceso de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los ejercicios que le atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicha Comisión de Selección y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que ésta le curse al efecto.

5.4. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

5.5. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria, de la sujeción a los plazos establecidos legalmente.

5.6. Para la válida constitución del Tribunal calificador, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la presencia de quienes ostenten la presidencia y la secretaría o, en su caso, de quienes les sustituyan, sumando los asistentes la mitad, al menos, de sus miembros.

5.7. El Tribunal se ajustará en su actuación a lo establecido en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

5.8. Si en el transcurso del procedimiento selectivo llegara a conocimiento del Tribunal calificador que cualquier aspirante no cumple con los requisitos establecidos en la presente convocatoria, se pondrá en conocimiento de la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas dicha circunstancia, para que éste, previa audiencia de la persona interesada, resuelva de forma motivada lo que proceda.

5.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

5.10. El Tribunal resolverá todas las dudas o reclamaciones que puedan originarse en la aplicación de las bases de la presente convocatoria, así como con lo que proceda en los casos no previstos.

5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Cámara de Cuentas de Andalucía, Hospital de las Cinco Llagas, C/ Don Fadrique, s/n, 41009 Sevilla, así como en registro-ccuentas-and@ccuentas.es.

5.12. De acuerdo con lo establecido por el Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión de 28 de enero de 2009, los miembros del Tribunal del presente proceso selectivo, tendrán derecho al abono de dietas.

Sexta. Sistema selectivo, desarrollo y calificación de las pruebas.

6.1. El sistema selectivo de los aspirantes será el de concurso-oposición, celebrándose todas las pruebas selectivas en la ciudad de Sevilla, sede del Tribunal.

6.2. La fase de oposición supondrá el 70% del total del sistema selectivo, y la fase de concurso el 30% del total.

La calificación final del proceso selectivo no podrá superar los 100 puntos y vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de oposición y en la fase de concurso.

En caso de empate en la puntuación final, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio. En caso de persistir la igualdad, en el tercero y primer ejercicio, por este orden. De continuar el empate se resolverá de acuerdo con el orden alfabético a partir del aspirante cuyo primer apellido comenzase por la letra «M» de conformidad con lo establecido en la Resolución de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública de 3 de febrero de 2020 (BOJA núm. 26, de 7 de febrero de 2020), por la que se hace público el resultado del sorteo por el que se determina el orden de actuación de las personas aspirantes en las pruebas selectivas que se convoquen durante el año 2020.

6.3. La fase de oposición no comenzará antes del día 1 de mayo de 2021; el lugar, la fecha y la hora de celebración del ejercicio se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, con una antelación mínima quince días.

6.4. Los aspirantes serán requeridos para el desarrollo de cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal que resolverá lo que estime más procedente.

6.5. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad, pudiendo excluir a quienes no lo hagan. Igualmente, si en cualquier momento del proceso, el Tribunal tuviera constancia del incumplimiento de alguno de los requisitos exigidos para participar en la presente convocatoria por parte de algún aspirante, procederá a su exclusión, comunicándolo el mismo día a la Comisión de Gobierno de la Cámara de Cuentas y, si hubiera advertido falsedad en la declaración o documentación del interesado, pasará el tanto de culpa a la jurisdicción ordinaria.

6.6. Fase de oposición:

Se celebrará en primer lugar la fase de oposición.

Todos los ejercicios de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio. Esta fase se valorará de 0 a 70 puntos.

Consistirá en el desarrollo escrito de dos ejercicios cuyo contenido de cita a continuación:

a) Primer ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 20 puntos. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de 105 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta, las 100 primeras ordinarias y evaluables y las 5 últimas de reserva, adecuado a las funciones propias del cuerpo convocado. Las preguntas versarán sobre el contenido del temario. El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de 90 minutos. Cada acierto se valorará con 0,20 puntos y no penalizará si la contestación es errónea.

El Tribunal calificador, respetando siempre los principios de mérito y capacidad y teniendo en cuenta el número de participantes presentados al ejercicio, su dificultad, y el número de plazas ofertadas, queda facultado para determinar, con anterioridad a su identificación nominal, qué número mínimo de aciertos netos, A-(E/3), es necesario obtener para aprobar el ejercicio, que en todo caso tendrá que ser igual o superior a 50. Celebrado el examen, si el Tribunal debiera anular una o varias preguntas ordinarias, establecerá en el mismo Acuerdo la sustitución, a efectos de su evaluación, de las anuladas por otras tantas de reserva, por su orden.

Tras la realización del ejercicio, el Tribunal calificador hará pública en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web la plantilla de respuestas correctas que servirá para su corrección. Dicha plantilla tendrá carácter provisional. Las personas aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal calificador se hará pública con la lista de personas aprobadas del ejercicio, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

Una vez aprobada la plantilla definitiva, si ésta no alcanzara el número total de preguntas establecidas en el párrafo primero de este apartado, y a fin de garantizar que los aspirantes puedan obtener la máxima puntuación en el ejercicio, el Tribunal calificador adaptará la valoración prevista en los párrafos precedentes de este apartado.

El ejercicio será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación, tras lo cual, el Tribunal calificador hará pública en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como su página web, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

Ni la plantilla provisional ni la que resulte de la estimación de las alegaciones son recurribles de forma independiente a la publicación de las listas de personas aprobadas.

b) Segundo ejercicio: Tendrá carácter eliminatorio y se valorará con un máximo de 50 puntos siendo eliminados quienes no alcancen un mínimo de 25 puntos. Consistirá en la resolución por escrito de un supuesto práctico, a elegir por el opositor entre un mínimo de dos propuestos por el Tribunal, en relación con la parte II del temario. El tiempo concedido para la realización de este ejercicio será de 4 horas.

Para la realización de este ejercicio los aspirantes podrán utilizar calculadora no programable.

Este ejercicio está destinado a comprobar la capacidad del aspirante para resolver, en forma práctica, cuestiones complejas que se le pueden plantear en el desarrollo de sus funciones como Técnico de Auditoría.

Será corregido sin que se conozca la identidad de las personas examinadas, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

Corregido el ejercicio, el Tribunal calificador expondrá en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web, la lista de personas aprobadas en el mismo, ordenada alfabéticamente.

Para obtener la puntuación final de la fase de oposición, y una vez superados todos los ejercicios se sumarán las puntuaciones obtenidas en ellos.

Finalizados cada uno de los ejercicios, se publicará en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web, la relación de aspirantes que han superado los mismos, con expresión de las calificaciones obtenidas, determinándose de esta forma los aspirantes que han superado la fase de oposición.

6.7. Si alguna de las aspirantes no pudiera realizar algún ejercicio de la fase de oposición por embarazo de riesgo o parto debidamente acreditado, el Tribunal aplazará la realización del ejercicio quedando la situación de la aspirante condicionada a la realización del mismo y a la finalización de la fase de oposición. El aplazamiento del ejercicio no podrá demorar la fase de oposición de forma que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a la resolución de la misma en tiempo razonable y, en todo caso, la realización del mismo habrá de tener lugar antes de la publicación de la lista de opositores que superen a la fase de oposición.

6.8. Fase de Concurso.

En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la relación de aprobados antes mencionada, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición deberán acreditar documentalmente los méritos alegados en su solicitud, según lo establecido en el Anexo III.

Esta fase, en la que la puntuación máxima a obtener será de 30 puntos, consistirá en la valoración por el Tribunal de los méritos alegados en la fase de solicitud y acreditados documentalmente.

En la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web, el Tribunal publicará la relación que contenga la valoración provisional de méritos de la fase de concurso, disponiendo los aspirantes de un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de dicha relación, para efectuar las alegaciones pertinentes.

Finalizado el referido plazo, el Tribunal publicará la relación con la valoración definitiva de la fase de concurso.

6.9. Contra la lista de personas aprobadas en cada ejercicio y en la fase de concurso, se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones.

6.10. Relación de personal seleccionado.

A la puntuación obtenida en la fase de concurso se sumarán los puntos obtenidos en la fase oposición, determinándose de esta forma la puntuación final de cada aspirante y el número de personas seleccionadas que han superado el proceso selectivo, que no podrá ser superior al de plazas disponibles.

El Tribunal calificador publicará en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como su página web, la relación definitiva de personas seleccionadas, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases.

A continuación, el Tribunal calificador, remitirá copia certificada de esa relación definitiva de aprobados por orden de puntuación total obtenida, en la que constarán las calificaciones de cada una de las fases, con propuesta de nombramiento de funcionarios de carrera para ingresar en el Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía, a la persona titular de la presidencia de esta Institución.

Contra esta relación cabe interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 90 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptima. Presentación de documentación, solicitud de destino, nombramiento de funcionario de carrera y toma de posesión.

7.1. En el plazo de veinte días hábiles, a contar desde la publicación de la relación de aprobados a que se refiere la base anterior, los aspirantes aprobados deberán presentar en la Secretaría General de la Cámara de Cuentas de Andalucía originales o copias debidamente compulsadas, de los documentos que se citan a continuación:

a) Título Académico Oficial exigido para el ingreso en el Cuerpo y Especialidad o de la justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos para su obtención, compulsada conforme a lo establecido en el Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos y la Orden de la Consejería de Gobernación de 1 de diciembre de 1995 (BOJA núm. 165, de 23 de diciembre).

b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado o separada mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Órganos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al Cuerpo o escala de personal funcionario y no poseer la condición de personal funcionario del Cuerpo y Especialidad convocado.

c) Aquellos que tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación de la Secretaria General de la Cámara de Cuentas o del Registro de Personal de la Consejería, Ministerio u Organismo del que dependiesen para acreditar tal condición.

d) La petición de destino. A estos efectos, la Secretaria General de esta Institución ofertará los puestos de trabajo vacantes, publicándose la correspondiente oferta, que se expondrán en la Cámara de Cuentas de Andalucía, así como en su página web.

7.2. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujese que carecen de algunos de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.3. Transcurrido el plazo de presentación de documentos, la persona titular de la Presidencia de la Cámara de Cuentas de Andalucía, nombrará personal funcionario de carrera del Cuerpo de Técnicos de Auditoría de la Cámara de Cuentas de Andalucía a las personas que, habiendo superado el proceso selectivo, cumplan los requisitos exigidos por esta convocatoria.

Los nombramientos se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y la resolución de nombramiento determinará la fecha de inicio del plazo de la toma de posesión.

Se entenderá que renuncia a los derechos derivados de la superación del concurso-oposición quien no tome posesión en el plazo señalado

Octava. Norma final.

La presente Resolución y cuantos actos administrativos se deriven de esta convocatoria, de sus bases y de las actuaciones de la Comisión de Selección, podrán ser impugnados por las personas interesadas en los casos y en la forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

Sevilla, 19 de noviembre de 2020.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.

ANEXO III

BAREMO DE LA FASE DE CONCURSO

A) Valoración de méritos:

1. Grado personal consolidado: El grado personal consolidado y reconocido, se valorará hasta un máximo de 6 puntos, en la forma siguiente:

GRADO PERSONAL CONSOLIDADO VALORACIÓN
22-21 6 puntos
20-19 4 puntos
18-17 3 puntos
16-15 2 puntos

2. Trabajo desarrollado: El trabajo desarrollado según el nivel de complemento de destino del puesto de trabajo actualmente desempeñado con carácter definitivo en la fecha de la convocatoria, o en caso de no tener el funcionario o la funcionaria destino definitivo, el último puesto desempeñado con tal carácter, se valorará hasta un máximo de 6 puntos.

NIVEL DEL PUESTO DE TRABAJO DEFINITIVO VALORACIÓN
22-21 6 puntos
20-19 4 puntos
18-17 3 puntos
16-15 2 puntos

3. Antigüedad: La antigüedad se computará por años completos de servicio o fracción superior a seis meses, valorándose hasta un máximo de 6 puntos, a razón de 0,20 puntos por año o fracción superior a 6 meses.

4. Titulación académica se computará con un máximo de 4 puntos, en la siguiente forma:

Doctorado en Derecho, Económicas, Empresariales, Administración de Empresas, Finanzas y Contabilidad o equivalentes 2,5 puntos
Máster Oficial en Auditoría 2 puntos
Licenciado o Graduado en Derecho, Económicas, Empresariales, Administración de Empresas, Finanzas y Contabilidad o Licenciaturas y Grados equivalentes 1,75 puntos
Máster Oficial en Derecho, Económicas, Empresariales, Administración de Empresas, Finanzas y Contabilidad o equivalentes 1,5 puntos
Licenciado o Graduados en otras disciplinas, Arquitecto o Ingeniero 0,75 puntos
Diplomado en Empresariales, Administración de Empresas o Diplomaturas equivalentes 0,50 puntos
Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o equivalentes 0,25 puntos

No tendrán la consideración de título académico a efectos de su valoración el haber superado tres cursos completos de licenciatura. Sólo se valorarán las titulaciones reconocidas por el Ministerio competente en la materia como títulos académicos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, debiendo citarse en el caso de equivalencia de titulación la disposición en la que se establece la misma y, en su caso, el BOE en que se publica. Asimismo, no se valorarán como mérito los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

5. Cursos de formación y perfeccionamiento: máximo de 3 puntos.

Se valorarán cursos o máster no oficial relacionados directamente con las funciones a desarrollar en el Cuerpo de Auditores organizados, impartidos u homologados por la Cámara de Cuentas de Andalucía, el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, Instituto Nacional de Administración Pública, Consejerías competentes en materia de Administración Pública y Organizaciones Sindicales, en el marco del Acuerdo de Formación Continua, Organismos de la Administración Local, Servicios Públicos de Empleo y cualquier Administración Pública no contemplada anteriormente, así como por Universidades y Colegios Profesionales, asignándose 0, 05 puntos por cada 20 horas de formación. En aquellos casos en que se acredite fehacientemente que se ha superado un examen para la obtención de un diploma de aprovechamiento del curso de que se trate, se asignarán 0,1 puntos por cada escalón completo de 20 horas de dicho curso.

6. Por cada ejercicio superado en anteriores pruebas selectivas en el mismo Cuerpo y Especialidad a que se aspira, convocadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía, hasta un máximo de 3 puntos, computándose 1 punto por cada ejercicio.

7. Otros méritos: máximo de 2 puntos.

7.1. Por cada título oficial en inglés, francés, o alemán a partir del B2 incluido este nivel: 0,50 puntos con un máximo de 1 puntos.

B) Acreditación documental:

1. Grado personal consolidado: copia compulsada de la resolución acreditativa de la consolidación de grado.

2. Trabajo desarrollado: se acreditará mediante certificado del órgano competente, debiendo constar el periodo, Cuerpo, especialidad y tipo de nombramiento.

3. Antigüedad: mediante certificado del órgano competente en el que se acredite el número de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

4. La titulación académica de igual o superior nivel, pero diferente a la exigida para el acceso al Grupo, se acreditará con copia compulsada de la certificación académica del Centro oficial correspondiente o, con fotocopia compulsada del título o certificado de haber abonado los derechos de expedición del mismo.

5. Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante copia compulsada del título, diploma o certificado que acredite la realización del curso o actividad correspondiente, donde conste la entidad que lo imparte u organiza, la materia y el número de horas lectivas.

6. Por cada ejercicio superado en anteriores pruebas selectivas en el mismo Cuerpo y Especialidad a que se aspira, convocadas por la Cámara de Cuentas de Andalucía, mediante certificado de la Cámara de Cuentas en el que se acredite el número de ejercicios superados.

7. Los títulos oficiales de idiomas se justificarán mediante copia compulsada.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

Personas titulares:

Presidente: Don Manuel Larrán Jorge.

Secretaria: Doña María del Carmen Carretero Espinosa de los Monteros.

Vocales:

Doña Carmen Menéndez Sandoval.

Don Antonio Minguillón Roy.

Don Santiago Martín Nájera.

Personas suplentes:

Presidente: Don Andrés Navarro Galera.

Secretaria: Doña María de las Mercedes Izquierdo Barragán.

Vocales:

Doña Susana María Aguirregomezcorta Contreras.

Don Alejandro Salom Campos.

Don Eduardo Cubero del Barrio.

ANEXO V

TEMARIO CUERPO DE TECNICOS DE AUDITORÍA DE LA CÁMARA DE CUENTAS (PROMOCIÓN INTERNA)

Parte I. Materias Económico-financieras Generales

Déficit y Endeudamiento Público

Tema 1. Déficit público: definición, clases e incidencia sobre la actividad económica. Los principios constitucionales en materia de gasto público y la noción constitucional de estabilidad presupuestaria. El Pacto de Estabilidad y Crecimiento en la actualidad: objetivos de déficit a medio plazo, mecanismos de supervisión multilateral. El cálculo del déficit público a efectos del Protocolo de Déficit Excesivo.

Tema 2. La Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera: Régimen Jurídico. Antecedentes, ámbito de aplicación y principios generales. Instrumentación de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera. Establecimiento de objetivos. Medidas preventivas, correctivas y coercitivas. Principio de transparencia.

Tema 3. El crédito local. Clases de operaciones de crédito. Naturaleza jurídica de los contratos: tramitación. Las operaciones de crédito a largo plazo. Finalidad y duración. Competencia. Límites y requisitos para la concertación de operaciones de crédito a largo plazo. La concesión de avales por las Entidades Locales. La tutela financiera de los entes locales en el Estatuto de Autonomía. Contenido. La autorización de las operaciones de endeudamiento. Las funciones relativas a la estabilidad presupuestaria de los entes locales. Mecanismos de apoyo a la liquidez en las Corporaciones Locales.

Transparencia, Protección de Datos, Administración Electrónica e Igualdad de Género

Tema 4. La transparencia de la actividad pública. Publicidad activa: principios y contenido. Derecho de acceso a la información pública. La ley estatal de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la ley de transparencia pública de Andalucía. El Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía. Regulación de las incompatibilidades de los altos cargos de la administración de la Junta de Andalucía.

Tema 5. La protección de datos de carácter personal. Marco normativo. Ámbito de aplicación del RGPD. Registro de actividades del tratamiento. Principios relativos al tratamiento. Bases jurídicas para el tratamiento. Tratamiento de categorías especiales de datos. Derechos del interesado. El responsable y el encargado del tratamiento. El Delegado de Protección de Datos. La Agencia Española de Protección de Datos.

Tema 6. Normativa reguladora de la Administración electrónica. Legislación sectorial tributaria y financiera. La firma electrónica. Uso de la firma electrónica en la Administración Pública. Administración electrónica y servicios al ciudadano. Derechos del ciudadano en sus relaciones por medios electrónicos con las administraciones.

Tema 7. Normativa para la promoción de la Igualdad de Género en Andalucía y para la prevención y protección integral contra la violencia de género. Transversalidad de Género. Concepto de Mainstreaming: enfoque integrado de Género en las Políticas Públicas. La Unidad de Igualdad y Género: funciones. Comisión de Impacto de Género en los Presupuestos Públicos de la Comunidad Autónoma: objeto y competencias.

Derecho Presupuestario, Financiación de las Comunidades Autónomas y Entidades Locales

Tema 8. El Derecho Financiero y el Derecho Presupuestario: Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales. La Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía: Estructura y principios generales. Ley Reguladora de las Haciendas Locales: Estructura y principios generales.

Tema 9. El Presupuesto de la Junta de Andalucía: concepto, estructura y contenido. Criterios de clasificación de los créditos. Objetivos e indicadores de los programas presupuestarios. El ciclo presupuestario en la Junta de Andalucía: procedimiento de elaboración, tramitación, aprobación, ejecución y control. Régimen presupuestario de los entes instrumentales de la Junta de Andalucía. Los fondos carentes de personalidad jurídica: régimen jurídico y presupuestario.

Tema 10. Las modificaciones del Presupuesto de la Junta de Andalucía: concepto, clasificación y competencias. El procedimiento común del gasto público en la Administración de la Junta de Andalucía: órganos competentes, fases contables y documentos contables. Actos de gestión y control. Los pagos: concepto y clasificación. Especialidades de las agencias administrativas y de régimen especial.

Tema 11. Procedimientos especiales del gasto público en la Administración de la Junta de Andalucía: gastos plurianuales y de tramitación anticipada. El gasto subvencional, el contractual y los gastos de personal. Las encomiendas de gestión a favor de las entidades instrumentales. Los expedientes de convalidación de gastos. Los convenios de colaboración con otras Administraciones. Procedimientos especiales de pagos.

Tema 12. El procedimiento de ingreso en la Junta de Andalucía. Tipos de ingresos. La gestión recaudatoria: órganos competentes, medios de cobro y procedimientos de recaudación. Fases de ejecución del presupuesto de ingresos. Devoluciones de ingresos. Funciones de la Tesorería de la Comunidad. Las cuentas y cajas de la Tesorería General.

Tema 13. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del Presupuesto General. La prórroga presupuestaria. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. La liquidación del presupuesto: principales magnitudes. La tesorería de las Entidades Locales: régimen jurídico, funciones y organización.

Tema 14. Los recursos de las Comunidades Autónomas. Tributos propios y cedidos. Otros ingresos. Los Fondos de Compensación Interterritorial. El ejercicio de competencias financieras por las Comunidades Autónomas. Competencias y organización en materia tributaria: la Agencia Tributaria de Andalucía.

Tema 15. Los recursos de las Haciendas Locales. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria. Impuestos, tasas y precios públicos. Las contribuciones especiales. La participación de municipios y provincias en los tributos del Estado y de las Comunidades Autónomas. La gestión, inspección y recaudación de los recursos de las Haciendas Locales.

Contratación, Subvenciones y Función Pública

Tema 16. Contratación del sector público (I). Ámbito subjetivo. Ámbito objetivo. Negocios y contratos excluidos, especial referencia a las encomiendas de gestión. Delimitación de los tipos contractuales y contratos sujetos a una regulación armonizada. Órganos competentes en materia de contratación. El contratista: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. Garantías.

Tema 17. Contratación del sector público (II). Preparación de los contratos. El expediente de contratación y su tramitación. Los pliegos de cláusulas administrativas y de prescripciones técnicas. El precio. La revisión de precios. La adjudicación del contrato: procedimientos y criterios de adjudicación. La plataforma de contratación y el Perfil del Contratante en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Normas especiales para la preparación de los contratos típicos.

Tema 18. Contratación del sector público (III). Efectos, ejecución, modificación y extinción de los contratos del sector público. Especialidades para los contratos de obras, concesión de obras, concesión de servicios, suministro y servicios que celebren las entidades pertenecientes al sector público. La racionalización técnica de la contratación. La contratación privada de la Administración.

Tema 19. La actividad subvencionadora de la Administración. Concepto, naturaleza y clasificación de las subvenciones. El procedimiento de concesión y pago de las subvenciones. Justificación. Reintegro. Control financiero de las subvenciones.

Tema 20. La Función Pública. El Estatuto Básico del Empleado Público: objeto y ámbito de aplicación. Concepto y clases de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los empleados públicos. El régimen retributivo de los funcionarios. El régimen de incompatibilidades. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. La relación de puestos de trabajo y la plantilla presupuestaria.

Sistemas de Control

Tema 21. El control interno de la gestión económico-financiera: Concepto y clases de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. La función interventora. Modalidades de ejercicio. El control financiero permanente. Regulación y ámbito de aplicación. La Intervención General de la Junta de Andalucía (IGJA). Organización y funciones. La Intervención General de las Corporaciones Locales. Funciones. El modelo de control interno de las entidades del sector público local según el RD 424/2018

Tema 22. El control externo de la actividad financiera: concepto, clases y competencias. Los órganos Institucionales de control externo a nivel autonómico, estatal y europeo. El Tribunal de Cuentas: organización y funciones. La coordinación de los Órganos Autonómicos de Control Externo con el Tribunal de Cuentas. Organizaciones internacionales de entidades fiscalizadoras: INTOSAI, EUROSAI y EURORAI.

Tema 23. La Cámara de Cuentas de Andalucía (CCA): Organización y funcionamiento. Competencias, funciones, composición y atribuciones. Miembros de la Cámara y personal a su servicio. Informes anuales. Informes especiales. Relaciones entre la Cámara de Cuentas y el Parlamento de Andalucía.

Parte II: Materias Económico-Financieras Específicas

Contabilidad Pública

Tema 1. Contabilidad pública: concepto y delimitación. Entidades del sector público y régimen contable aplicable. La normalización contable pública internacional. La normalización y planificación contable en España. El Plan General de Contabilidad Pública de 2010 (PGCP): características, estructura y contenido.

Tema 2. El marco conceptual de la contabilidad pública en el PGCP: Imagen fiel de las cuentas anuales, requisitos de la información a incluir en las cuentas anuales, principios contables, elementos de las cuentas anuales, criterios de registro o reconocimiento contable de los elementos de las cuentas anuales, criterios de valoración.

Tema 3. Tratamiento contable de las operaciones derivadas del presupuesto de gastos. Presupuesto de gastos corriente: operaciones de gestión de los créditos, operaciones de ejecución presupuestaria y operaciones de cierre del presupuesto. Operaciones de presupuestos cerrados y ejercicios posteriores. Anticipos de tesorería.

Tema 4. Tratamiento contable de las operaciones derivadas del presupuesto de ingresos. Presupuesto de ingresos corriente: operaciones de gestión de las previsiones operaciones de ejecución presupuestaria y operaciones de regularización y cierre. Operaciones de presupuestos cerrados y ejercicios posteriores.

Tema 5. Contabilización de las operaciones no presupuestarias de tesorería: movimientos internos, cobros y pagos materiales y virtuales, aplicación de los cobros y pagos, tratamiento de las operaciones de IVA deducible, anticipos de caja fija y pagos a justificar. Operaciones de gestión y de liquidación derivadas de la administración de recursos por cuenta de otros entes públicos.

Tema 6. Tratamiento contable del inmovilizado no financiero: valoración inicial, desembolsos posteriores, valoración posterior, amortización, deterioro de valor y baja. Casos particulares de inmovilizado material: infraestructuras y patrimonio histórico. Inmovilizado intangible. Inversiones inmobiliarias. Arrendamientos financieros, arrendamientos operativos y ventas con arrendamiento posterior. Tratamiento contable de los activos en estado de venta.

Tema 7. Contabilización de activos financieros: concepto y clasificación, reconocimiento y valoración, créditos y partidas a cobrar, inversiones mantenidas al vencimiento, activos financieros a valor razonable con cambios en resultados, inversiones en el patrimonio de entidades del grupo, multigrupo y asociadas, activos financieros disponibles para la venta, reclasificaciones entre las diferentes categorías de activos financieros, dividendos e intereses recibidos de activos financieros.

Tema 8. Contabilización de pasivos financieros: concepto, clasificación y reconocimiento, pasivos financieros al coste amortizado, pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados, reclasificaciones entre las categorías de pasivos financieros, pasivos financieros cuya imputación presupuestaria se realiza por la variación neta en el ejercicio. Coberturas contables.

Tema 9. Tratamiento contable de diversas operaciones: existencias, activos construidos o adquiridos para otras entidades, moneda extranjera, ingresos con contraprestación, ingresos sin contraprestación, provisiones, activos y pasivos contingentes, transferencias y subvenciones, adscripciones y cesiones, actividades conjuntas, cambios en criterios y estimaciones contables y errores, hechos posteriores al cierre del ejercicio.

Tema 10. Operaciones de fin de ejercicio. Normas de elaboración de las cuentas anuales. Balance. Cuenta de resultado económico patrimonial. Estado de cambios en el patrimonio neto. Estado de flujos de efectivo.

Tema 11. Estado de liquidación del presupuesto: liquidación del presupuesto de gastos, liquidación del presupuesto de ingresos, resultado presupuestario. Memoria: Contenido. Especial referencia a la información presupuestaria: gastos con financiación afectada y remanente de tesorería.

Tema 12. La regulación de la contabilidad pública de la Junta de Andalucía. El Sistema de Gestión Integral de Recursos Organizativos de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales (GIRO). La factura electrónica y el Registro Contable de Facturas de la Junta de Andalucía. Contenido de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Examen y revisión de la Cuenta General por la Cámara de Cuentas. Plan General de Contabilidad Financiera de la Junta de Andalucía: estructura y principios.

Tema 13. El sistema contable de la Administración Local. La instrucción del modelo normal de contabilidad local. El Plan General de Contabilidad Pública adaptado a la Administración Local de 2013 (PGCPAL): características, estructura y contenido. Marco conceptual: principios contables, elementos de las cuentas anuales, criterios de registro y criterios de valoración. Las cuentas anuales en el PGCAL.

Auditoría Pública

Tema 14. Auditoría pública: concepto y características. Tipos de auditoría pública atendiendo al objeto: auditoría financiera, auditoría de cumplimiento, auditoría operativa. Otros tipos de auditoría. Sujetos encargados de la realización de la auditoría o fiscalización pública. Adaptación de las ISSAI por las Instituciones de Control Externo. Proceso de adaptación y adopción de las ISSAI y las NIA-ES por parte de los OCEX. Guías prácticas de fiscalización de los OCEX (GPF-OCEX). Proceso de adaptación de las NIA al sector público español (NIA-ES-SP) por parte de la IGAE.

Tema 15. Principios fundamentales de la fiscalización del sector público (ISSAI-ES 100). Principios fundamentales de la fiscalización del sector público (ISSAI-ES 100). Principios fundamentales de la fiscalización operativa (ISSAI-ES 300). Principios fundamentales de la fiscalización de cumplimiento (ISSAI-ES 400).

Tema 16. Planificación de la auditoría de estados financieros. Fases del trabajo de auditoría. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX sobre la organización y planificación de la auditoría. Actividades de planificación: estrategia global de auditoría y plan global de auditoría. Programas de trabajo, procedimientos de auditoría y papeles de trabajo. Supervisión del trabajo del auditor.

Tema 17. El control interno de la entidad auditada. Concepto y clases de control interno. Efectos de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en el control interno. El control interno y la gestión de riesgos. Fases del control interno. Evaluación del control interno. Procedimientos de control interno. Debilidades y limitaciones del control interno. La carta de recomendaciones a la dirección.

Tema 18. Evidencia, materialidad y riesgo de auditoría. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en estas materias. Evidencia: concepto y naturaleza, pruebas para la obtención de evidencia de auditoría y técnicas de comprobación. Materialidad o importancia relativa: concepto, factores cuantitativos y factores cualitativos. Riesgo de auditoría: concepto y componentes.

Tema 19. Muestreo en auditoría. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en esta materia. Técnicas de muestreo estadístico. Métodos estadísticos para la evaluación del control interno. Métodos estadísticos para contraste sustantivo.

Tema 20. Documentación y archivo de los papeles de trabajo. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en los papeles de auditoría. Finalidad de los papeles de trabajo. Organización y documentación de los papeles de trabajo: contenido y técnicas de utilización. Archivos de auditoría: permanente y temporal.

Tema 21. Auditoría de sistemas de la información. Entornos informatizados. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX sobre esta área. La evidencia informática. Técnicas de auditoría asistidas por ordenador (CAAT).

Tema 22. El control interno en un entorno informatizado. Las GPF-OCEX 5330 y 5340: Controles generales y controles de aplicación. Interrelación de los controles generales con los controles de aplicación. Las interfaces: concepto, riesgos de auditoría, controles y procedimientos de auditoría aplicables.

Tema 23. El Esquema Nacional de Seguridad. Principios básicos y requisitos mínimos. Auditoría del ENS. Ciberseguridad, seguridad de la información y auditoría externa: la GPF-OCEX 5311. Los controles básicos de ciberseguridad: la GPF-OCEX 5313. Controles, objetivos de control, alineación con el ENS.

Tema 24. Auditoría del Inmovilizado no financiero. Descripción de los elementos que componen esta área. Análisis de las principales problemáticas. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 25. Auditoría de inversiones financieras. Descripción y principales problemáticas relacionadas con las inversiones financieras. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 26. Auditoría de existencias, deudores y otras cuentas a cobrar, acreedores y otras cuentas a pagar. Descripción de las principales problemáticas. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 27. Auditoría de la tesorería. Descripción de las principales problemáticas. Objetivos de auditoría. Control interno del área. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 28. Auditoría de patrimonio neto Legislación relativa al patrimonio neto. Patrimonio neto en el PGCP. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 29. Auditoría de pasivos financieros Descripción de las principales problemáticas relacionadas con el área. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 30. Auditoría de los avales públicos concedidos. Objetivos de auditoría. Análisis del control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 31. Auditoría de provisiones y hechos posteriores. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en estas áreas. Provisiones y contingencias en la normativa contable. Norma Técnica de Auditoría sobre estimaciones contables. Hechos posteriores en la normativa contable. Norma Técnica de Auditoría sobre hechos posteriores.

Tema 32. Auditoría de gastos y compras y de ingresos y ventas. Descripción de las principales problemáticas relacionadas con estas áreas. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 33. Auditoría de gastos de personal. Descripción de las principales problemáticas relativas a la legalidad en la contratación del personal en las entidades integrantes en el sector público. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 34. Auditoría de operaciones presupuestarias y no presupuestarias. Descripción de las principales problemáticas relacionadas con estas áreas. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 35. Auditoría de la contratación pública. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en esta área. Descripción de las principales problemáticas relativas a la preparación, adjudicación y ejecución de los contratos. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 36. Auditoría de subvenciones y ayudas públicas. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en esta área. Descripción de las principales problemáticas relativas a la concesión, justificación y comprobación y reintegro de subvenciones. Objetivos de auditoría. Consideraciones de control interno. Procedimientos y pruebas de auditoría. Efectos sobre la evidencia y la opinión del auditor.

Tema 37. Informe de auditoría. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en esta materia. Estructura del informe. Tipos de opinión: no modificada y modificada. Naturaleza de las salvedades: limitaciones al alcance e incumplimientos de principios y normas contables. Párrafos de énfasis y sobre otras cuestiones. Cuestiones claves de auditoría, Información comparativa. Publicidad del informe.

Tema 38. El control de calidad en la auditoría pública. Incidencia de las ISSAI, de las NIA-ES-SP y de las GPF-OCEX en esta materia. El sistema de control de calidad y la función de los equipos de auditoría. Requerimientos generales. Procedimientos de calidad en la tramitación y emisión de los informes por el equipo de auditoría. Revisión de control de calidad de la fiscalización. Revisión de control de calidad en la emisión de los informes.

Tema 39. Manual de Procedimientos de Fiscalización de la CCA. Normas para el desarrollo de la fiscalización. Normas sobre procedimiento de elaboración de informes. Normas relativas a la emisión de informes. Aspectos técnicos a tener en cuenta en el desarrollo de una fiscalización.

Tema 40. Efectos de los informes de fiscalización. Clases de responsabilidades. Responsabilidad contable: concepto y naturaleza, elementos subjetivos, objetivos y causales. La responsabilidad contable en vía administrativa.

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