Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 228 de 25/11/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 19 de noviembre de 2020, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la redistribución del crédito establecido en la Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017.

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Mediante Resolución de 18 de enero de 2019, la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, efectúa la convocatoria, para el año 2019, de las subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad (BOJA núm. 23, de 4 de febrero), con un presupuesto total de 51.975.000 euros.

De conformidad con el apartado 2 del Resolutorio segundo, las cuantías establecidas podrán ampliarse por incrementos en el crédito disponible, en cuyo caso, se podrá aprobar una resolución complementaria de la concesión de las ayudas.

Sobre esta base, y con el objeto de adaptar las disponibilidades presupuestarias de las subvenciones a las necesidades existentes, habida cuenta que, se recibieron solicitudes de ayudas por un importe superior al inicialmente previsto en la convocatoria, y atendiendo a las circunstancias especificas de las personas con discapacidad destinatarias, la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo mediante Resolución, de fecha 7 de octubre de 2019 (BOJA núm.198, de 14 de octubre), amplió el crédito de los incentivos destinados a financiar la creación de empleo indefinido y los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en una cuantía total de 15.815.000 euros.

Posteriormente, a medida que se avanzaba en la tramitación de las solicitudes y con ello, en la ejecución del presupuesto, se necesitó de una nueva ampliación del presupuesto a efectos de poder resolver de forma favorable la concesión de las subvenciones solicitadas. Por ello, la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, mediante Resolución de fecha 26 de noviembre de 2019 (BOJA núm. 233, de 3 de diciembre) amplió nuevamente el crédito de los incentivos destinados a financiar la creación de empleo indefinido y los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en una cuantía total de 3.185.000 euros; 546.350 euros para la línea de incentivos dirigidos a financiar la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo en la provincia de Cádiz, y 2.638.650 euros, para la línea de incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo en la provincia de Sevilla.

Para adaptar el crédito disponible a la naturaleza de las entidades solicitantes, mediante Resolución de 23 de diciembre de 2019, la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, procedió a redistribuir el crédito de la linea relativa a los Incentivos públicos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo (BOJA núm. 4, de 8 de enero).

Una vez agotado el crédito disponible en la partida presupuestaria 47100/41, resulta necesario efectuar una nueva redistribución que se ajuste a las solicitudes presentadas en función de la naturaleza de las entidades solicitantes, a la vez que se redistribuye el crédito excedente de otros ámbitos territoriales, sin que ello suponga un incremento del presupuesto de la convocatoria. Con ello, se pretende atender y resolver favorablemente los expedientes que por insuficiencia del crédito en la correspondiente partida presupuestaria no pueden continuar su tramitación.

El artículo 9.3 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial (BOJA núm. 70, de 12 de abril), preceptúa que toda modificación de las cuantías totales máximas del crédito afectado a una convocatoria, así como la que se produzca en la distribución de aquéllas entre los distintos ámbitos territoriales o funcionales de concurrencia, entre los distintos ejercicios presupuestarios, requerirá la correspondiente modificación de la autorización inicial del gasto.

No se considera un aumento de la cuantía máxima del crédito aprobado de la convocatoria los sobrantes del crédito estimado por menor número de solicitudes presentadas en alguno de los ámbitos territoriales y/o funcionales, que posibiliten una resolución complementaria en esa misma convocatoria.

Por su parte, el apartado 4 del citado precepto establece que cuando la cuantía total máxima de la convocatoria se distribuya entre distintos créditos presupuestarios y se otorgue expresamente a dicha distribución carácter estimativo, la alteración cualitativa de la clasificación económica a nivel de capítulo, artículo, concepto y subconcepto, de dicha distribución de créditos para adecuarla a los gastos subvencionables y/o a la naturaleza jurídica de las posibles personas o entidades beneficiarias no precisará de nueva convocatoria, pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de aprobación del gasto de la convocatoria antes de la resolución de la concesión.

El órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre los distintivos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio de nuevo cómputo de plazo para resolver.

En virtud de lo expuesto, a propuesta de la Directora General de Políticas Activas de Empleo, y en uso de las competencias atribuidas en la Disposición adicional primera de la Orden de 7 de febrero de 2017

RESUELVO

Primero. Redistribuir el crédito consignado en el Resuelvo segundo de la Resolución de 18 de enero de 2019, de la Dirección-Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se efectúa la convocatoria, para el año 2019, de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, reguladas en la Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad, correspondientes a la línea de incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, en las provincias de Cádiz y Sevilla, que quedan distribuidos en las siguientes partidas presupuestarias, con carácter estimativo:

b) Incentivos dirigidos a financiar los costes salariales derivados del mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

Partidas Presupuestarias
Crédito
(en euros)

Redistribución CEM Sevilla
(en euros)

Redistribución CEM Cádiz
(en euros)

Totales
(en euros)
1039180000 G/32L/46004/00 S0574 780.134,00 -60.105,00 720.029,00
1039180000 G/32L/47004/00 S0574 50.812.516,00 289.299,54 174.462,90 51.276.278,44
1039180000 G/32L/48004/00 S0574 6.601.000,00 -289.299,54 -114.357,90 6.197.342,56
Total 58.193.650,00 0,00 0,00 58.193.650,00

Redistribución estimada por provincias:

Cádiz

Partidas Presupuestarias
Crédito
(en euros)

Redistribución
(en euros)

Total Crédito
(en euros)
1039180000 G/32L/46004/11 S0574 60.105,00 -60.105,00 0,00
1039180000 G/32L/47004/11 S0574 5.159.397,00 -653.325,59 4.506.071,41
1039180000 G/32L/48004/11 S0574 423.070,00 -114.357,90 308.712,10

Sevilla

Partidas Presupuestarias
Crédito
(en euros)

Redistribución crédito
(en euros)
Incorporación crédito CEM Cádiz (euros)
Total Crédito
(en euros)
1039180000 G/32L/46004/41 S0574 0,00 0,00 0,00
1039180000 G/32L/47004/41 S0574 15.674.234,00 289.299,54 827.788,49 16.791.322,03
1039180000 G/32L/48004/41 S0574 300.319,30 -289.299,54 11.019,76

Segundo. Disponer la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su general conocimiento.

Sevilla, 19 de noviembre de 2020.- El Director-Gerente, Miguel Ángel Terrero Prada.

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