Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 02/12/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Universidades

Resolución de 26 de noviembre de 2020, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de Personal Laboral del Grupo III, por el sistema de promoción interna.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía, previo acuerdo entre la Gerencia de la Universidad, el Comité de Empresa y las Secciones Sindicales, en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por Ley Orgánica 4/2007 y los Estatutos de la Universidad de Huelva, aprobados por Decreto 232/2011, de 12 de julio, BOJA núm. 147, de 28 de julio, este Rectorado resuelve convocar Proceso Selectivo de Promoción Interna que se regirá por las siguientes

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir, por el sistema de promoción interna, 50 plazas de Personal Laboral de Administración y Servicios de la categoría de Técnico/a Especialista de Conserjería de la Universidad de Huelva (Grupo III).

A tenor de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, se reservará 1 plaza para ser cubierta entre personas con discapacidad, considerando como tales las definidas en el apartado 2 del artículo 4 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, siempre que superen los procesos selectivos y acrediten su discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas.

1.2. El presente proceso selectivo se regirá por las bases de esta convocatoria, las cuales se acogerán a lo establecido en el vigente IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y en la Resolución de 10 de junio de 2015, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras para los procesos selectivos de promoción interna del Personal Laboral de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva.

1.3. El sistema selectivo será el de oposición, que constará de las pruebas que se especifican en la base sexta de esta convocatoria.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo I de la presente convocatoria.

1.5. Las personas que promocionen a la categoría de grupo inmediatamente superior asumirán las funciones de ésta, además de las funciones propias de la categoría desde la que promocionan, de conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 del Estatuto de los Trabajadores y lo previsto en la disposición adicional séptima del vigente Convenio Colectivo.

1.6. Las personas que superen el presente proceso selectivo permanecerán en la misma adscripción que tengan en relación al Campus indicado en la vigente relación de puestos de trabajo (RPT) y aceptarán el establecimiento de un sistema de rotación de jornada de mañana/ tarde.

1.7. El ejercicio de la fase de oposición no se realizará antes del 31 de marzo de 2021. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva por la que se aprueben las listas provisionales de personas admitidas y excluidas.

1.8. La información relativa al proceso selectivo que deba notificarse a las personas que participen en el procedimiento o a las interesadas en el mismo, se expondrá al público en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva

https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php

y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO)

https://sede.uhu.es/teo.php.

2. Requisitos de las personas aspirantes.

2.1. Para poder participar en el proceso selectivo las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Ser personal laboral fijo de la Universidad de Huelva, siempre que tenga las condiciones requeridas para la plaza y no se encuentre en la situación de excedencia voluntaria regulada en el artículo 35 del IV Convenio Colectivo.

2.1.2. Las personas candidatas deberán estar en posesión, o en condiciones de obtener, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, la titulación o condiciones requeridas para la categoría del puesto al que participa, de acuerdo con el vigente Convenio Colectivo y que se especifican a continuación: Título de BUP, Título de Bachiller Superior, de Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente, Experiencia Laboral equivalente en los términos establecidos en el art. 15.3 del IV Convenio Colectivo citado o Categoría Profesional reconocida en Convenio Colectivo.

Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a quienes hayan obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas al amparo de las disposiciones del Derecho Comunitario.

2.1.3. Tener un año de experiencia en la categoría y el área, desde la que se promociona, en los últimos cinco años.

2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de las plazas convocadas y no padecer enfermedad ni defecto físico que impida el ejercicio de éstas.

2.1.5. Quienes tengan la condición de personas con discapacidad reconocida por el órgano competente, deberán acreditar la compatibilidad de sus limitaciones en la actividad con las funciones de las plazas a las que aspiran.

2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de «Solicitud de participación» que se acompaña como Anexo II a esta convocatoria, y que estará disponible en la siguiente dirección de la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva: https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.

Derechos de examen. Los derechos de examen serán de 15 euros, y se ingresarán dentro del plazo de presentación de solicitudes en la cuenta bancaria con IBAN ES49-0049-4960-4423-1610-8758, de la entidad Banco Santander, a nombre de la Universidad de Huelva, indicando «proceso selectivo de promoción interna para personal laboral» así como, el nombre y apellidos de la persona participante.

La falta de pago de los derechos de examen durante el plazo de presentación de solicitudes no es subsanable y determinará la exclusión de las personas aspirantes.

En ningún caso, el pago en la entidad bancaria de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

Quedan exentas del abono de la tasa de derecho de examen aquellas personas aspirantes que acrediten tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%, conforme a lo dispuesto en el art. 15 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo.

3.2. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de esta Universidad (C/ Doctor Cantero Cuadrado, núm. 6, planta baja, 21071, Huelva), en el Registro General Auxiliar (Campus de «El Carmen»), a través del Registro Telemático en la Sede Electrónica de la Universidad de Huelva https://sede.uhu.es, o en las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y se dirigirán a la Sra. Rectora Magnífica de la Universidad de Huelva.

Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal funcionario de Correos antes de ser certificadas.

Las personas participantes que presenten la solicitud en otros Registros distintos a los de la Universidad de Huelva deberán remitir copia de la misma, dentro del plazo de presentación de solicitudes, al siguiente correo electrónico: seccion.pas@sc.uhu.es

3.3. Las personas aspirantes quedan vinculadas a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo demandar la subsanación de errores, si los hubiera, mediante escrito motivado, dentro del plazo de los diez días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición de la persona interesada.

3.4. Las personas aspirantes con discapacidad y grado reconocido igual o superior al 33%, que deseen participar en las pruebas selectivas, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud y expresar, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en los que esta adaptación sea necesaria, debiendo adjuntar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición expedida por el organismo competente. Para justificarlo, se deberá adjuntar a la solicitud certificado, en vigor y actualizado, acreditativo del grado reconocido de discapacidad del órgano que corresponda e informe del Centro de Valoración correspondiente en el que consten las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios objeto de esta convocatoria, en su caso.

3.5. Plazo y documentación. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOJA y en la página Web de la Unidad de Gestión de PAS en la siguiente dirección

http://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php

En el plazo indicado se acompañarán a la solicitud los siguientes documentos:

a) Copia del título académico oficial exigido o condiciones requeridas para el puesto.

b) Justificante acreditativo del pago de los derechos de examen, o certificación oficial acreditativa, en vigor, de la situación de exención de las tasas.

3.6. La no presentación de la solicitud de participación en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública, en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index.php y en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO), la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. En la misma se hará público el lugar, día y hora de celebración del ejercicio de la fase de oposición. Además, se publicará la composición del Tribunal de Valoración.

4.2. Las personas excluidas, así como las que no figuren ni en la relación de admitidas, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación para poder subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión u omisión. Las personas que dentro del plazo señalado no los subsanen quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Finalizado el plazo de subsanación, la Rectora de la Universidad de Huelva hará pública en los lugares indicados en el apartado 1.8 la Resolución por la que se apruebe la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, entendiéndose desestimadas las reclamaciones no incluidas en la misma.

4.4. Contra la resolución por la que se apruebe la relación de personas aspirantes admitidas y excluidas podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir de su publicación.

5. Tribunal de Valoración.

5.1. La composición del Tribunal de Valoración de este proceso selectivo se ajustará a lo establecido en el artículo 21 del vigente Convenio Colectivo y se publicará en la Resolución por la que se declare aprobada la lista provisional de personas admitidas y excluidas. La pertenencia al Tribunal de Valoración será a título individual, sin que pueda ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. El/La Presidente/a podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en dicho artículo. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de dichas circunstancias.

5.3. Con anterioridad al inicio de las pruebas selectivas, la autoridad convocante dictará resolución por la que se nombre, de entre los suplentes, a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los titulares que hubieran perdido su condición por alguna de las causas previstas en el apartado anterior. La nueva composición se publicará en los lugares indicados en el apartado 1.8 de la base primera.

5.4. Para la válida constitución del Tribunal, a efectos de la celebración de sesiones, deliberaciones y toma de acuerdos, se requerirá la asistencia, presencial o a distancia, del Presidente/a y Secretario/a o en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. En la sesión constitutiva, que se celebrará con una antelación mínima de 10 días antes de la realización del ejercicio de la oposición, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo del proceso selectivo.

A partir de su constitución, y para el resto de las sesiones, el Tribunal para actuar válidamente requerirá la misma mayoría, indicada en el apartado anterior, de sus miembros, titulares o suplentes.

5.5. Corresponde al Tribunal el desarrollo y calificación de las pruebas selectivas. Quedará facultado para resolver las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas bases, así como la actuación que proceda en los casos no previstos por las mismas y por la normativa de aplicación, y adoptar las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas. El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública y Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

Asimismo, le corresponderá adoptar las medidas oportunas que permitan a las personas aspirantes con discapacidad, que así lo hubieren indicado en la solicitud, participar en igualdad de condiciones que el resto de participantes.

El/La Presidente/a del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que el ejercicio de la fase de oposición se realice de forma conjunta y coordinada y para garantizar que los mismos sean corregidos sin que se conozca la identidad de las personas aspirantes, quedando automáticamente anulados todos aquellos impresos de examen en los que consten marcas o signos de identificación.

5.6. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá proponer su exclusión a la Rectora de la Universidad de Huelva comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas en su solicitud de admisión, a los efectos procedentes.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas que estimen pertinentes. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz, pero sin voto. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Rectora de la Universidad de Huelva. Asimismo, el Tribunal podrá nombrar ayudantes para tareas internas de organización y vigilancia.

5.8. A efecto de comunicaciones y posibles incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Huelva, sito en C/ Dr. Cantero Cuadrado, núm. 6, 21071, Huelva. El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.9. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Procedimiento de selección.

6.1. El procedimiento de selección se llevará a cabo a través del sistema de oposición, que constará de un ejercicio, basado en el contenido del programa de materias recogido en el Anexo I de esta convocatoria.

6.2. El ejercicio consistirá en contestar un cuestionario-test, de 60 preguntas con 4 respuestas posibles, de las cuales solo una será la correcta. En este ejercicio se incluirán 5 preguntas de reserva, con cuatro respuestas alternativas, siendo solo una de ellas la correcta que entrarían a ser valoradas en caso de tener que anular el tribunal, por resolución motivada, alguna de las preguntas titulares que conforman el ejercicio. Para la realización del mismo, las personas aspirantes dispondrán de 90 minutos. No penalizarán las respuestas erróneas y se valorará como apto o no apto.

6.3. El Tribunal de Valoración, con anterioridad a la calificación del ejercicio, publicará la plantilla de respuestas consideradas correctas, disponiendo las personas interesadas de un plazo de tres días hábiles para reclamar contra las mismas.

7. Desarrollo de prueba.

7.1. La fecha, hora y lugar de celebración del ejercicio de la oposición se fijará en la resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva, que se publicará en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.8, por la que se apruebe la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas. Entre esta publicación y la realización del ejercicio, deberán transcurrir al menos 10 días hábiles.

7.2. Orden de llamamiento. Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidas de la oposición quienes no comparezcan, salvo fuerza mayor debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal de Valoración. El orden de llamamiento de las personas opositoras se iniciará alfabéticamente por la persona cuyo primer apellido comience por la letra «B», atendiendo al último sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública y de conformidad con lo establecido en la Resolución de 21 de julio de 2020 (BOE núm. 201, de 24 de julio de 2020).

7.3. En cualquier momento, el Tribunal podrá requerir a las personas aspirantes para que acrediten su identidad, debiendo proponer la exclusión de las mismas en el caso de que tuviera conocimiento de que no se poseen la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada y comunicando a la Rectora de la Universidad las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud de admisión a los efectos procedentes.

7.4. Tras la celebración del ejercicio, el Tribunal de Valoración publicará en la página Web de la Unidad de Gestión del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Huelva https://www.uhu.es/personal_administracion_servicios/index la plantilla de respuestas correctas, disponiendo las personas aspirantes de un plazo de tres días hábiles, contado desde el día siguiente al de la publicación de la plantilla provisional, para formular alegaciones a la misma. La resolución de las alegaciones que sean tenidas en cuenta por parte del Tribunal de Valoración se hará pública con la lista de personas aprobadas en los ejercicios, considerándose desestimadas todas aquellas alegaciones que no se mencionen en la citada publicación.

8. Calificaciones y relación de personas aprobadas.

8.1. Al finalizar la oposición el Tribunal hará pública, en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.8. de la presente convocatoria, la relación de personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

8.2. Las personas opositoras que no se hallen incluidas en dichas relaciones tendrán la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso selectivo.

No obstante, contra las mencionadas relaciones podrán presentarse alegaciones, ante el Tribunal, en el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de las mismas.

8.3. Culminado el plazo anterior y resueltas las reclamaciones, si las hubiere, el Tribunal hará pública en los lugares establecidos en la base primera, apartado 1.8 la relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

Contra dicha relación definitiva se podrá interponer recurso de alzada ante la Rectora en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación.

8.4. La motivación de la relación de personas aspirantes aprobadas, en cuanto al acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica e independencia del Tribunal y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.5. Número de personas aprobadas. El número de personas aprobadas en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

8.6. El/La Presidente/a del Tribunal elevará la relación definitiva de personas que han superado el proceso selectivo a la Sra. Rectora de la Universidad de Huelva a efectos de formalización de cambios de categoría y adjudicación de puestos de trabajo, relación que se remitirá para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

9. Norma final.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía».

Huelva, 26 de noviembre de 2020.- La Rectora, M.ª Antonia Peña Guerrero.

ANEXO I

PROGRAMA DE MATERIAS

Tema 1. Real Decreto 208/1996, de 9 de febrero, por el que se regulan los servicios de información administrativa y atención al ciudadano.

Tema 2. La gestión de la correspondencia en la UHU. Gestión del Correo externo e interno. Correo entrante y saliente. Paquetería y certificados. Planificación, clasificación, franqueo, reparto de la correspondencia. El protocolo de Gestión de Correos. Los servicios externos intercampus. Los horarios de distribución en los distintos Campus.

Tema 3. Reglamento de símbolos, honores y protocolo de la Universidad de Huelva (Títulos III y IV).

Tema 4. Informática básica: conceptos fundamentales sobre el hardware, software y sistema operativo Windows. Nociones básicas de sistemas de almacenamiento de datos y seguridad informática.

Tema 5. Universitas XXI Académico. Gestión de Consultas de Horarios.

Tema 6. Gestión de Medios Audiovisuales en la UHU. Revisiones de los mismos, el ARMET (Instrucción Técnica).

Tema 7. Gestión de correo electrónico Zymbra.

Tema 8. Apoyo en el uso de los medios audiovisuales. Apoyo al mantenimiento de medios audiovisuales: comprobaciones rutinarias; aviso de incidencias. Apoyo al uso de medios audiovisuales: comprobación previa específica; operación básica en videoconferencia.

Tema 9. Manual de procesos y procedimientos, procedimientos y supervisión de llaveros. Control de llaves: el registro de entrega de llaves.

Tema 10. Gestión y distribución de espacios. Protocolos de gestión de espacios en la UHU. Normativa sobre la utilización de espacios en la UHU por parte de instituciones, organizaciones y particulares ajenos a la misma.

Tema 11. El Estatuto Básico del Empleado Público. Objeto y ámbito de aplicación. Clases de personal al servicio de las administraciones públicas. Derechos y deberes. Conducta de los Empleados Públicos.

Tema 12. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Andaluzas. Objeto, ámbito y vigencia. Régimen disciplinario.

Tema 13. Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía. Disposiciones generales. Igualdad en la educación: enseñanza universitaria. Igualdad en el empleo.

Tema 14. La Ley 31/1995 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos laborales: art. 1 y art. 2.1. Conceptos básicos, art. 4 LPRL. Principios de Acción Preventiva, art. 15 LPRL. Derechos y Obligaciones de los/as trabajadores/as, art. 14 y 29 de la LPRL. Órganos de Prevención en la empresa, art. 30 LPRL. Vigilancia de la salud, art. 22 LPRL. Condiciones de trabajo: Conceptos básicos sobre Seguridad, Higiene y Ergonomía. Accidentes de trabajo.

Tema 15. Instrucción Técnica de Prevención: Riesgos más comunes y su prevención (Guía Prevención UHU).

Tema 16. Los Estatutos de la Universidad de Huelva. Órganos generales de gobierno y representación de la Universidad, de la Administración y los Servicios Universitarios.

Tema 17. Estructura de las enseñanzas en la UHU: Grado, Máster y Doctorado. Títulos propios y Formación Permanente. Aula de la experiencia.

Tema 18. Tratamiento de datos personales de la Universidad de Huelva. Art. 28 Ley Orgánica 3/2018.

Tema 19. Plan Estratégico Universidad de Huelva, Horizonte 2021. Misión, Visión y Valores.

Tema 20. Centros de Trabajo, Docencia e Investigación de la UHU.

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