Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 02/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 22 de enero de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Marbella, dimanante de autos núm. 99/2018. (PP. 2860/2020).

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NIG: 2906942C20180000712.

Procedimiento: Juicio Cambiario 99/2018. Negociado: 06.

Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones.

De: Ficomsa Servicios Financieros, S.L.

Procurador: Sr. Daniel Almendros Rosa.

Letrado: Sr. Álvaro Rodríguez-Hesles Valavázquez.

Contra: Grupo 3ML Marbella 2016, S.L., y Football Impact, S.L.

Procuradora: Sra. María José Cabellos Menéndez.

Letrada: Sra. Alicia García-Cabrera Verge.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Cambiario 99/2018 seguido a instancia de Ficomsa Servicios Financieros, S.L., frente a Grupo 3ML Marbella 2016, S.L., y Football Impact, S.L., se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente:

«SENTENCIA NÚM 134/2018

En Marbella, a 29 de junio de 2018.

Vistos por Rosa Fernández Labella, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Marbella y su Partido, los presentes autos núm. 99/2018 de Juicio Cambiario, en el que figuran como demandante la entidad Ficomsa Servicios Financieros, S.L. representada por el Procurador Sr. Almendros Rosa y asistida por el Letrado Sr. Rodríguez Hesles Valavázquez y como parte demandada la entidad Football Impact, S.L. representada por el Procurador Sra. Cabellos Menéndez y asistida por el Letrado Sra. García Cabrera y la entidad Grupo 3 ML Marbella 2016, S.L.

…//...

FALLO

Que procede estimar la oposición a la demanda de juicio cambiario interpuesta por la entidad Football Impact, S.L., frente a la demanda cambiaria presentada por la entidad Ficomsa Servicios Financieros, S.L., acordando la finalización del presente procedimiento con imposición de costas a la parte demandante.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación a presentar ante este Juzgado en el plazo de veinte días previa consignación de las cantidades exigidas por la ley.

Así lo acuerda, manda y firma Rosa Fernández Labella, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Marbella.»

Y encontrándose el demandado, Grupo 3ML Marbella 2016, S.L., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a veintidós de enero de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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