Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 237 de 10/12/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Salud y Familias

Resolución de 30 de noviembre de 2020, de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, por la que se convoca la cobertura de puesto de cargo intermedio, mediante el sistema de libre designación, de Coordinación Asistencial del Servicio Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

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La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, dispone en el apartado 3 de su artículo 4 que los profesionales sanitarios desarrollan, entre otras, funciones en los ámbitos asistencial, investigador, docente, de Gestión Clínica, de prevención, de información y de educación sanitarias.

Asimismo, la citada Ley 44/2003, en su artículo 10, apartado 1, establece que las Administraciones sanitarias, los servicios de salud o los órganos de gobierno de los centros y establecimientos sanitarios, según corresponda, establecerán los medios y sistemas de acceso a las funciones de gestión clínica a través de procedimientos en los que habrán de tener participación los propios profesionales, y en el apartado 2 del mismo artículo postula que tendrán la consideración de funciones de gestión clínica las relativas a la jefatura o coordinación de unidades y equipos sanitarios y asistenciales, estableciendo también que tales funciones podrán ser desempeñadas en función de criterios que acrediten los conocimientos necesarios y la adecuada capacitación. Finalmente, el apartado tercero del reiterado artículo 10 establece que el ejercicio de funciones de Gestión Clínica estará sometido a la evaluación periódica y podrá determinar, en su caso, la confirmación o remoción del interesado en dichas funciones.

El artículo 1.2.c) del Convenio Colectivo de EPES establece que están excluidos de la aplicación del mismo los puestos de quienes asuman la responsabilidad directa en la Coordinación y Dirección de Proyectos o líneas corporativas en la sede central.

Por ello, atendiendo a los antecedentes citados, y en virtud del artículo 27.3 del Decreto 88/1994, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias, esta Dirección Gerencia

RESUELVE

Primero. Convocar, por el sistema de libre designación, la cobertura del cargo intermedio de Coordinación Asistencial del Servicio Provincial de Málaga de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias.

Segundo. Aprobar las bases que regirán la convocatoria y el baremo que se aplicará para la evaluación curricular y de las competencias profesionales, contenido en el Anexo II  de las bases.

Tercero. Publicidad. Esta convocatoria se publicará en la página web de la entidad, www.epes.es, y en el portal de transparencia en el apartado de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias. Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. La valoración de esa idoneidad de los aspirantes corresponde exclusivamente a la Comisión de Selección, órgano colegiado que actúa bajo los principios establecidos en el artículo 60 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. La Comisión de selección será designada por la Dirección Gerencia de EPES, dicha designación será publicada durante la tramitación del proceso.

Quinto. Proceso de selección. La Empresa Pública de Emergencias Sanitarias realiza una política de igualdad entre hombres y mujeres, aplicando criterios de acceso al empleo adecuados al principio de igualdad y no discriminación.

El puesto será objeto de cobertura por libre designación, de conformidad con lo previsto en los artículos 80 y 83 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Estatuto Básico del Empleado Público.

El proceso de selección se realizará conforme a las bases de la convocatoria.

Sexto. Información sobre la contratación.

La modalidad contractual será la de un contrato laboral indefinido ordinario sujeto a una cláusula de resolución de cese discrecional por provisión de puestos de libre designación conforme a lo previsto en los arts. 80 y 83 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público, y sus retribuciones fijas y variables serán conforme a las tablas salariales de EPES para dichos puestos. Asimismo tendrá derecho al cobro de los siguientes complementos personales en la misma cuantía que la establecida para los profesionales médicos sujetos a Convenio Colectivo de EPES:

- Trienios por antigüedad reconocida por la prestación de servicios en el sector público.

- Pago de la carrera profesional en el nivel que tuviere acreditada.

Séptimo. Presentación de candidaturas.

Las personas interesadas deberán presentar su candidatura a la atención de la Dirección Gerencia de EPES entregando su solicitud de admisión, su curriculum, una copia de los méritos, el Proyecto de Gestión y resto de documentación conforme a las bases y con la estructura señalada en el Anexo I y Anexo II de las Bases del Proceso Selectivo, en el Registro de la Sede Central de EPES en Campanillas, Málaga, calle Severo Ochoa, número 28, D.P. 29590, indicando la referencia de esta convocatoria:

Ref: Coord. Asistencial SP Málaga.

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales, a contar desde el siguiente día de la publicación en el BOJA del anuncio de la convocatoria del proceso selectivo.

Octavo. Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y el Consejo, de 27 de abril de 2016, la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias le informa que sus datos personales, obtenidos mediante el presente formato de solicitud, se incorporarán para su tratamiento a un fichero automatizado. La finalidad de dicho tratamiento es el de la gestión del proceso selectivo de la empresa, en sus distintas facetas, pruebas selectivas, baremación de méritos o, en su caso, llamamientos para la contratación.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante esta Dirección Gerencia, en el plazo de un mes a partir de su publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, sede de este órgano, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Málaga, 30 de noviembre de 2020.- El Director Gerente, José Luis Pastrana Blanco.

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