Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 11/12/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 14 de noviembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, dimanante de autos núm. 684/2016. (PP. 1395/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00174814.

NIG: 0490242C20160003344.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 684/2016. Negociado: C2.

Juzgado de procedencia:

Procedimiento Origen:

De: D/ña. Abdellatif Saidi Berraki.

Letrada: Sra. María Dolores del Águila del Águila.

Contra: Comunidad de Propietarios calle Emilio Pardo Bazán, 89.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 684/2016 seguido a instancia de Abdellatif Saidi Berraki frente a Comunidad de Propietarios calle Emilio Pardo Bazán, 89, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 66 /19

En El Ejido, a ocho de julio de dos mil diecinueve.

María del Pilar Lázaro García, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de El Ejido, ha visto los autos de juicio verbal registrados con el número 684/2016, promovidos por don Abdellatif Saidi Berraki, asistido por la letrada doña María Dolores del Águila del Águila, contra la Comunidad de Propietarios calle Emilia Pardo Bazán, núm. 89, de El Ejido, en situación procesal de rebeldía; sobre reclamación de cantidad por daños.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por don Abdellatif Saidi Berraki, contra la Comunidad de Propietarios calle Emilia Pardo Bazán, núm. 89, de El Ejido y;

- Condenar a la demandada al pago de trescientos dieciséis con cero ocho euros (316,08 €) al demandante, con los intereses legales descritos en el fundamento de derecho cuarto de esta resolución.

- Condenar en costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Contra la misma no cabe interponer recurso alguno (455.1 LEC).

Así se acuerda y firma.

Y encontrándose dicho demandado, Comunidad de Propietarios calle Emilio Pardo Bazán, 89, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En El Ejido, a catorce de noviembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF