Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 239 de 14/12/2020

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local

Resolución de 2 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Oficina Judicial y Fiscal, por la que se dispone dar publicidad a la Orden JUS/1112/2020, de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

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Mediante la Orden JUS/1112/2020, de 17 de noviembre, del Ministerio de Justicia, se hace pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

En virtud de las competencias que tiene atribuidas conforme a lo dispuesto en el art. 11.d) del Decreto 98/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, esta Dirección General,

DISPONE

Dar publicidad a la Orden JUS/1112/2020, de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, que se inserta como Anexo a la presente Resolución.

Sevilla, 2 de diciembre de 2020.- El Director General, Carlos Rodríguez Sierra.

ANEXO

Orden JUS/1112/2020, de 17 de noviembre, por la que se publica la relación de aprobados del proceso selectivo para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo.

Finalizadas las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas para el acceso, por promoción interna, al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, convocadas por Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo (BOE de 8 de abril de 2019), y recibida del Tribunal Calificador la relación de aspirantes que han superado las mismas, Este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en la base decimoséptima de la Orden JUS/291/2019, de 4 de marzo, (BOE del 15 de marzo de 2019) y en la base 7.7 de la Orden JUS/403/2019, de 21 de marzo, ha acordado:

Primero.

Hacer pública la relación de aspirantes que han superado las pruebas selectivas que figura en el Anexo II de esta orden.

Segundo. En el plazo de veinte días hábiles, desde la publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», los aspirantes que figuran en el Anexo II presentarán en el Registro General de este Ministerio, calle de La Bolsa, número 8, código postal 28012 de Madrid, o bien, en los Registros de cualquiera de los órganos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y dirigida a la Secretaría de Estado de Justicia (unidad EA0041037-oficina 000011588 - Medios Personales, Procesos Selectivos Justicia), la siguiente documentación:

a) Solicitud de destino ajustada a los requerimientos que, en su caso, se establezcan en la Oferta publicada por el Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes.

b) Los aspirantes que tengan la condición legal de personas con discapacidad, con grado igual o superior al 33%, deberán presentar certificación de los órganos competentes, que acredite tal condición (en caso de que ésta no se haya acreditado con anterioridad) y su capacidad funcional para desempeñar las tareas y funciones propias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

c) Los aspirantes que, en su solicitud de participación inicial, no hayan prestado expresamente su consentimiento para que los datos referidos a su identificación personal y a sus titulaciones o certificaciones académicas puedan ser consultados y verificados de oficio por el órgano instructor de este proceso selectivo, deberán aportar también:

Copia auténtica del documento nacional de identidad, o equivalente.

Copia auténtica del título exigido en la convocatoria o certificación académica acreditativa de tener aprobadas todas las asignaturas que le capacitan para la obtención del mismo, acompañando el resguardo justificativo de haber abonado los derechos para su expedición.

d) En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá presentarse copia auténtica de la documentación que acredite su homologación, o en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia.

e) Declaración jurada de no hallarse comprendido en causa de incompatibilidad ni estar inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, en vía disciplinaria o judicial, ni haber sido separado mediante procedimiento disciplinario de ninguno de los Cuerpos al servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, salvo que hubiera sido rehabilitado (Anexo I).

Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo causa de fuerza mayor, no presentaren la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la base novena de las bases comunes y en la base 4 de la orden de convocatoria que rigen este proceso selectivo, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedaran anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Tercero. Los aspirantes presentarán la anterior documentación especificada junto con un escrito en el que figure: apellidos y nombre, número de documento nacional de identidad, Cuerpo al que acceden, ámbito territorial, número de orden obtenido en el concurso-oposición y teléfono y correo electrónico de contacto, a fin de agilizar la identificación en la revisión de documentos.

Cuarto. Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición, ante este Ministerio, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses. El plazo, en ambos casos, se contará a partir del día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 17 de noviembre de 2020.- El Ministro de Justicia, P.D. (Orden JUS/987/2020, de 20 de octubre), la Directora General para el Servicio Público de Justicia, Concepción López-Yuste Padial.

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