Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 243 de 18/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 9 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, por la que se publica Adenda número uno al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Níjar (Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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En ejecución de las facultades asignadas a la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible por Decreto del Presidente 2/2019, de 21 de enero, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y en el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de aguas, en virtud de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, se ha suscrito Adenda número uno al Convenio con el Ayuntamiento de Níjar (Almería), de 30 de noviembre de 2016, que tiene por objeto la depuración de las aguas residuales de uso urbano de dicho municipio.

Dada la necesidad de su conocimiento y publicidad, conforme al artículo 31 apartado 7 de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, y de acuerdo con lo establecido en la cláusula undécima del Convenio de 30 de noviembre de 2016, y en virtud de las facultades que me vienen atribuidas, resuelvo:

Hacer público el texto de la Adenda número uno al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Níjar (Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se acompaña como anexo.

Sevilla, 9 de diciembre de 2020.- El Director General, Sergio Arjona Jiménez.

Anexo

Adenda número uno al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible y el Ayuntamiento de Níjar (provincia de Almería) para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

En la ciudad de Almería, a 27 de noviembre de 2020.

Reunidos

De una parte, doña María del Carmen Crespo Díaz, Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en nombre y representación de la Consejería, en virtud de nombramiento efectuado por Decreto del Presidente 4/2019, de 21 de enero, en el ejercicio de las competencias atribuidas en materia de aguas por el Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, y facultada a los efectos del presente convenio por los artículos 9 y 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

De otra, doña Esperanza Pérez Felices, Alcaldesa del Ayuntamiento de Níjar que interviene en la representación del municipio que le confiere el artículo 124.1 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, en ejercicio de las competencias que establecen el artículo 25 de la citada ley y demás normas concordantes y facultado para la firma del presente convenio en virtud del Acuerdo plenario adoptado en sesión del día 19 de noviembre de 2020.

Las partes se reconocen mutuamente, en razón de la representación que ostentan, capacidad suficiente para suscribir la presente Adenda, y para asumir los compromisos y obligaciones que de ella se derivan, y a tal efecto

Exponen

Primero. Que con fecha 30 de noviembre de 2016 la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Níjar suscribieron Convenio para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en concreto el convenio está referido a la EDAR para la aglomeración El Cautivo T.M. de Níjar (Almería) que se encuentra actualmente finalizada en periodo de puesta en marcha, siendo el importe del convenio firmado de 8.254.918,96 € y el importe de la actuación, una vez adjudicados los contratos externos, de 6.236.977,04 €, lo cual supone una reducción de 2.017.941,92 € con respecto al importe del convenio.

Segundo. Que con fecha septiembre de 2019 se redactó por la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible el proyecto Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) siendo el presupuesto para la ejecución de la actuación de 13.116.868,77 €, que incluye además del presupuesto de las obras (12.783.841,53 €), el estimado para expropiaciones (61.465,85 €), y el de la asistencia técnica a la dirección de obra (271.561,39 €). Dicho proyecto es resultado de la revisión del proyecto original realizada para incluir las obras de concentración de vertidos, colectores e impulsores de saneamiento a ejecutar tras los daños ocasionados por los fenómenos meteorológicos extremos de los meses de septiembre y diciembre de 2019 y enero de 2020.

Tercero. Que, por la inclusión en el convenio de la nueva actuación de Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería), es menester adaptar el clausulado en sus cláusulas primera, segunda y tercera para añadir las especificidades correspondientes a dicha actuación, en concreto su presupuesto, los núcleos beneficiados, la administración que aportará los terrenos, que tramitará el procedimiento expropiatorio y asumirá su coste. Además, para la EDAR, habida cuenta que ya se han ejecutado las obras y están en periodo de puesta en marcha, se dispone de información actualizada de los importes de adjudicación de los contratos externos.

Cuarto. La cláusula séptima del convenio, sobre duración del convenio, establece una duración de cuatro años a contar desde la fecha de su firma, finalizando por tanto la duración del convenio en su redacción actual el próximo 30 de noviembre de 2020, pudiendo prorrogarse por periodos de un año de duración de manera expresa y por escrito de las partes, siempre que se formalice con anterioridad a su fecha de vencimiento y con un plazo de preaviso de tres meses. Que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 49 apartado h) correspondiente a la duración de los convenios, establece «2.º En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción».

Quinto. Que la presente adenda al Convenio conlleva un gasto adicional para la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía que asciende a 11.098.926,85 €, calculado como diferencia entre el importe de las dos actuaciones incluidas en el convenio y su adenda (19.353.845,81 €, siendo la EDAR 6.236.977,04 € y la concentración de vertidos 13.116.868,77 €) y el importe del convenio conforme a su texto firmado el 30 de noviembre de 2016 (8.254.918,96€).

Sexto. Que las partes manifiestan su interés en prorrogar durante cuatro años la vigencia del convenio.

Séptimo. Que, por el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 19 de noviembre de 2020, se aprueba en todos sus términos el texto de la presente adenda al convenio y se autoriza a su Alcaldesa doña Esperanza Pérez Felices a la firma del mismo.

Acuerdan

Primero. La presente adenda modifica el Convenio de fecha 30 de noviembre de 2016, suscrito entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio y el Ayuntamiento de Níjar, para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, con el fin de contemplar una actuación adicional en el convenio, en concreto Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) y las especificidades que van a regir entre las partes firmantes para esta actuación. Asimismo se reduce el importe del convenio correspondiente a la EDAR para la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) tras la adjudicación de los contratos externos.

Segundo. En relación con la cláusula primera:

Segundo párrafo, se modifica como sigue:

- Las infraestructuras objeto del presente convenio son EDAR para la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) y Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) consistentes básicamente en la ejecución de las obras para agrupar los vertidos de las aguas residuales de los núcleos de población indicados en la presente cláusula y una nueva EDAR donde se depurarán las aguas y se verterán posteriormente en condiciones adecuadas, y con una valoración estimada para la EDAR de seis millones doscientos treinta y seis mil novecientos setenta y siete euros con cuatro céntimos (6.236.977,04 €, incluido IVA del 21%) y para la concentración de vertidos de trece millones ciento dieciséis mil ochocientos sesenta y ocho euros con setenta y siete céntimos (13.116.868,77 €, incluido IVA del 21%), sumando un total de diecinueve millones trescientos cincuenta y tres mil ochocientos cuarenta y cinco euros con ochenta y un céntimos (19.353.845,81 €, incluido IVA del 21%).

Tercer párrafo, se modifica como sigue:

- Los núcleos de población beneficiados son:

Níjar, Campohermoso, Hornillo, San Isidro, Pueblo Blanco, Atochares, Los Nietos, Los Grillos, El Cortijo de Las Norias, El Viso y Fernán Pérez. Se incluyen también el polígono industrial de Santa Olalla y el polígono industrial de Torredelcampo.

Tercero. En relación con la cláusula segunda 2.1:

Primer guion, se modifica como sigue:

- La construcción de las infraestructuras EDAR para la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) y Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería).

Segundo guion, se modifica como sigue:

- El abono del coste total de la construcción de la EDAR, que incluye: consultoría y servicios técnicos, redacción de proyectos, dirección de obra, ensayos y controles varios, seguridad y salud, ejecución de las obras, y cuantos costes sean necesarios para la correcta ejecución de las infraestructuras. Además, para la actuación Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería), en caso de requerirse la tramitación de expropiaciones, incluirá el coste de la indemnización por expropiación de bienes y derechos afectados por ellas.

Se añade un guion adicional:

- De requerirse expropiaciones para la actuación Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería), la tramitación del procedimiento expropiatorio a favor del Ayuntamiento de Níjar y la asunción de su coste.

Cuarto. En relación con la cláusula segunda 2.2:

Primer guion, se modifica como sigue:

- La puesta a disposición de la Consejería, previo al inicio de las obras, de la ocupación temporal o definitiva de los terrenos, bienes y derechos de titularidad municipal afectados por las obras, así como los terrenos de titularidad privada correspondientes a la ejecución de la estación de bombeo de aguas residuales (EBAR), y su camino de acceso, con los datos registrales indicados, de la cual se adquirirá una superficie aproximada de 500 m2 para la EBAR, y se establecerá una servidumbre de acceso en el camino de una superficie aproximada de 1.880 m2. Dichas superficies aproximadas se concretarán en el replanteo de las obras. La puesta a disposición será libre de cargas para la Consejería y a este respecto el Ayuntamiento aportará a la Consejería certificación del Secretario del Ayuntamiento sobre la libre disposición de los mismos, así como una memoria en la que conste la depuración física y jurídica del bien o de los bienes.

Referencia Catastral: 04066A209000160000AX

Finca Registral: Tomo 2160; Libro 591; Folio 150; Finca Registral 50667; Registro de la Propiedad núm. 3 Almería.

Quinto. En relación con la cláusula tercera, se modifica como sigue:

- Para la ejecución de las infraestructuras, la Consejería contará con los recursos económicos procedentes del canon de mejora de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

- Las aportaciones financieras que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible se compromete a realizar no podrán ser superiores a los gastos derivados de la ejecución del convenio.

- El presupuesto estimado para la EDAR asciende a seis millones doscientos treinta y seis mil novecientos setenta y siete euros con cuatro céntimos (6.236.977,04 €, incluido IVA del 21%).

Anualidades 2017-2020:

Anualidades 2017-2018: 5.261.564,43 €

Anualidad 2019: 447.957,88 €

Anualidad 2020: 527.454,73 €

- El presupuesto estimado para la Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería) asciende a trece millones ciento dieciséis mil ochocientos sesenta y ocho euros con setenta y siete céntimos (13.116.868,77 €, incluido IVA del 21%) e incluye, además del presupuesto de las obras, la asistencia técnica a la dirección de obra y el presupuesto estimado de las expropiaciones según el documento «Anexo 23 de Expropiaciones del proyecto de Concentración de Vertidos».

Anualidades 2020-2022:

Anualidad 2020: 3.969.157,22 €

Anualidad 2021: 7.911.232,75 €

Anualidad 2022: 1.236.478,80 €

- La partida presupuestaria y el código de proyecto son los siguientes:

1300208141 G/51D/61000/00 OIF2000 2014000393

Código de proyecto: 2014000393

- La distribución temporal de anualidades podrán ser sujetas a reajuste en función de las necesidades reales en el orden económico que el normal desarrollo de las infraestructuras exija.

- La financiación de las obras por parte de la Consejería estará limitada a las disponibilidades presupuestarias existentes, debiendo someterse a fiscalización previa los correspondientes expedientes de gasto y debiendo someterse para su ejecución a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

- En todo caso, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

Sexto. Prorrogar la duración del Convenio suscrito el 30 de noviembre de 2016, entre la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Níjar para la construcción, financiación y puesta en funcionamiento de infraestructuras hidráulicas de depuración de interés de la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un plazo de cuatro años, contados a partir de la fecha de finalización de sus efectos, quedando establecida la misma hasta el 29 de noviembre de 2024.

Y en prueba de conformidad con lo expuesto y convenido, en el ejercicio de las atribuciones de que son titulares, los firmantes suscriben la presente Adenda al convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha al comienzo expresados.

La Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía, Dña. María del Carmen Crespo Díaz; La Alcaldesa del Ayuntamiento de Níjar, Dña. Esperanza Pérez Felices.

Anexo 1

Se añade al Anexo 1 el plano general de situación de las infraestructuras sobre el territorio de la Concentración de Vertidos de la aglomeración El Cautivo. T.M. de Níjar (Almería).

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