Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 246 de 23/12/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Educación y Deporte

Resolución de 14 de diciembre de 2020, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se modifica la de 5 de junio de 2020, conjunta de estas dos Direcciones Generales, por la que se efectúa la convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa «Formación en Empresas Europeas» para el curso escolar 2020/21.

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Conforme a lo dispuesto en el artículo 17 de la Orden de 16 de mayo de 2011 (BOJA núm. 111, de 8 de junio), por la que se regulan las estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa «Formación en Empresas Europeas», la convocatoria de las estancias y visitas de seguimiento se realizará anualmente, en el segundo trimestre del curso, por delegación de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, mediante resolución conjunta de las Direcciones Generales con competencias en materia de formación profesional inicial y artes plásticas y diseño.

La «Resolución de 5 de junio de 2020, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa “Formación en Empresas Europeas” para el curso escolar 2020/21» convocó para el curso escolar 2020/21, entre otras, cuarenta estancias de la modalidad «Gestión por parte del centro docente» para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y que desarrollen el módulo de formación en centros de trabajo en el último trimestre del curso escolar.

Por otro lado, la Consejería de Educación y Deporte firmó en abril de 2020 el Protocolo General de Actuación en materia de educación entre la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía (España), El Ministerio de Asuntos Federales y Europeos y Desarrollo Regional del Estado Federado de la Región de Baja Sajonia (Alemania) y el Ministerio de Educación del Estado Federado de la Región de Baja Sajonia (Alemania) para la mejora de la Formación Profesional y de la empleabilidad del alumnado de Formación Profesional. Dicho Protocolo establece en su apartado segundo el compromiso de los firmantes para promover la movilidad de alumnado y profesorado de formación profesional entre las regiones de Andalucía y Baja Sajonia.

Por todo ello, en virtud de lo establecido en la Orden de 16 de mayo de 2011, y en uso de las facultades conferidas en la citada orden y en el Decreto 102/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Deporte, la Directora General de Formación Profesional y la Directora General de Ordenación y Evaluación Educativa,

RESUELVEN

Primero. Modificar el resuelve segundo de la Resolución de 5 de junio de 2020, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional y de la Dirección General de Ordenación y Evaluación Educativa, por la que se efectúa la convocatoria de estancias en otros países de la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del programa «Formación en Empresas Europeas» para el curso escolar 2020/21, añadiendo un tercer punto con la siguiente redacción:

«3. Veinte estancias de la modalidad “Gestión por parte del centro docente” para el alumnado que cursa enseñanzas de formación profesional inicial y que desarrollen el módulo de formación en centros de trabajo en el último trimestre del curso escolar en una empresa del ámbito de la Cámara de Comercio de Hannover del Estado Federado de Baja Sajonia, en Alemania. Estas veinte estancias son adicionales e independientes de las estancias indicadas en el punto 1.»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional contencioso-administrativo competente, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.a), 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la persona titular de la Dirección General de Formación Profesional, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 112.1, 123 y 124, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de diciembre de 2020.- La Directora General de Formación Profesional, M.ª Victoria Oliver Vargas; la Directora General de Ordenación y Evaluación Educativa, Aurora M.ª A. Morales Martín.

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