Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 250 de 30/12/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico

Orden de 22 de diciembre de 2020, por la que se resuelve inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la casa Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco en Pago de los Montones (Granada).

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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía para Andalucía, establece en su artículo 10.3.3º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28ª de la Constitución.

En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndosela a la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico la formación, conservación y difusión del mismo.

La Ley 14/2007, de 26 de noviembre, establece en su artículo 9, apartado 7, los órganos competentes para resolver los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. Disponiéndose la forma de inscripción en el Catálogo en el artículo 7.2, donde se indica que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

II. El conjunto que conforma la casa de Villaviciosa y el antiguo secadero anejo, constituye uno de los escasos testimonios materiales de las unidades productivas que surgieron como fruto de la implantación del tabaco en la Vega de Granada, cultivo autorizado oficialmente desde 1923 y que, paulatinamente, transformó el paisaje y la socio-economía de numerosos lugares y poblaciones cercanos a la capital.

La vivienda objeto de protección se inspira en el modelo historicista de palacete suburbano que proliferó en los alrededores de la ciudad desde finales del siglo XIX. Su programa decorativo emula elementos ornamentales de la arquitectura monumental como los sillares almohadillados, sillares esquineros, alero de canes y las balaustradas, aunque prescindiendo de la escala y los materiales nobles de aquella. En el secadero, como prototipo de inmueble donde todo elemento constructivo está sometido a la función, predominan la economía de materiales y la sobriedad formal, presentando influencia de la arquitectura industrial de la Vega: uso del ladrillo visto con fines ornamentales, ritmo de fachada a base de pilastras y arcos, además de los paños de celosías tan característicos de los secaderos, en este caso mediante una disposición que alterna ladrillos a soga con otros a tizón que dan como resultado huecos con forma de cruz griega.

La casa de Villaviciosa y el antiguo secadero no están actualmente vinculados a la actividad tabaquera pero siguen funcionando como explotación agro-ganadera familiar que ha evolucionado en su dinámica productiva, adaptándose a las circunstancias del momento. Esta unidad productiva está enraizada en el territorio histórico y cultural de la Vega de Granada, constituyendo un testimonio de una fase industrial que comenzó en los años 20 de siglo pasado y que sigue activa aunque de forma minoritaria, presentando su conjunto valores históricos, artísticos, etnológicos, industriales y sociales, destacando la singularidad de la pervivencia del secadero en el contexto del término municipal de Granada, donde han desaparecido la mayoría de esta tipología de inmuebles.

III. La Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, mediante Resolución de 15 de octubre de 2019, (publicada en el BOJA núm. 205, de 23 de octubre de 2019), incoó el procedimiento para la inscripción, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, de la casa Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco en Pago de los Montones, Granada, al amparo de lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública, mediante anuncio de 10 de enero de 2020, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada (BOJA número 12, de 20 de enero de 2020), y publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 13.1.e) de la Ley 1/2014, de 24 de junio, de Transparencia Pública de Andalucía. Respecto al trámite de audiencia se concedió al Ayuntamiento de Granada, así como a entidades y particulares directamente afectados en sus derechos, practicando las correspondientes notificaciones. A quienes fue intentada sin efecto la notificación personal en el domicilio que consta en el expediente y que responde a datos consignados en los registros oficiales, se ha realizado el preceptivo trámite a través de Anuncio de la Delegación Territorial de la Consejería en Granada de 19 de octubre de 2020 (publicado en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 206, de 23 de octubre de 2020, página 320; y en Boletín Oficial del Estado núm. 286, de 29 de octubre de 2020, Supl. N. página 1). Han sido presentadas en este trámite alegaciones, las cuales han sido debidamente examinadas y valoradas por la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Granada.

Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Granada, con fecha 16 de julio de 2020, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007.

Terminada la instrucción del procedimiento y, según lo dispuesto en el artículo 9.7 b) de la citada Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede resolver la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, de la casa Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco en Pago de los Montones, Granada, a la persona titular de la Consejería competente en materia de patrimonio histórico.

Según lo establecido en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento del bien inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

Por todo lo expuesto, de conformidad con la propuesta de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental de fecha 21 de diciembre de 2020, disposiciones citadas y demás normas de general y pertinente aplicación,

RESUELVO

Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la casa Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco en Pago de los Montones, Granada, cuya identificación y descripción figuran en el anexo a la presente orden.

Segundo. Instar el asiento del bien de catalogación general en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Tercero. Hacer saber a las personas y entidades interesadas que tienen el deber de conservar, mantener y custodiar el bien inscrito, de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por las personas investigadoras acreditadas por la misma.

Cuarto. Ordenar que la presente orden se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos artículos 10. 1.a), 14.1.regla primera y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de diciembre de 2020

PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Patrimonio Histórico

ANEXO

I. Denominación.

Denominación principal: Casa Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco.

Otras denominaciones: «Villa Mari».

II. Localización.

Municipio: Granada.

Provincia: Granada.

III. Descripción del bien.

El tabaco fue un cultivo favorable para la sociedad rural ya que al estar intervenido por el Estado se garantizaban las ventas y las rentas agrarias. Los buenos resultados hicieron que se extendiese por toda la Vega de Granada, alcanzando en los años 1939 y 1940 las mayores cotas productivas, suponiendo la producción de tabaco en Granada el 53,3% y el 54,9%, respectivamente, del total de España. El tabaco vivió su época dorada en los años 40 y 50 del pasado siglo. Precisamente en la década de los 40, principios de los 50, es donde debemos situar la construcción del bien objeto de protección, cuando la Vega era la principal zona productora de tabaco de todo el país.

El cultivo del tabaco influyó durante décadas en la organización socio-económica de la Vega. Llegó como elemento regenerador tras el vacío que había dejado la remolacha, el otro gran cultivo industrial de la zona. Dentro del proceso productivo del tabaco (cultivo, curado y fermentación) los secaderos juegan un papel esencial. La planta de tabaco es extremadamente delicada y las cualidades obtenidas en la fase de cultivo pueden arruinarse con una mala técnica de secado. Por ello los agricultores de la Vega han desarrollado desde la década de 1920 técnicas y métodos precisos para evitar que las condiciones de humedad, una temperatura inadecuada o malas formas de manipulación estropeasen las matas de tabaco. Todos estos saberes conforman un valioso patrimonio intangible que tiene su testimonio material en los secaderos, hoy casi desaparecidos, especialmente en su tipología vegetal. Según las fuentes documentales, en 1940 estaban censados 2.790 secaderos, ascendiendo a mediados de siglo a 6.000, y habiendo desaparecido actualmente en su inmensa mayoría.

Paralelamente se ha venido desarrollando la toma de conciencia sobre el patrimonio cultural y sus diversos elementos, como son los secaderos. En el caso de la Vega de Granada, desde hace unos años la ciudadanía parece haberse rebelado contra la inercia destructiva del desarrollismo que ha mermado considerablemente este tipo de patrimonio. Este sentimiento de la sociedad granadina, solicitando la protección de su Vega y su patrimonio, queda patente en las iniciativas sociales e institucionales que se desarrollan desde la plataforma ciudadana «Salvemos la Vega» o la «Vega Educa».

El conjunto patrimonial objeto de protección responde a tipologías históricas de la arquitectura granadina de la primera mitad del siglo XX. El bien protegido contiene dos elementos de alto interés patrimonial: la casa de los propietarios y el antiguo secadero de tabaco. En su momento constituyó una unidad productiva como las que abundaban en su entorno. En el contexto urbano actual permanece como único testimonio de uno de los momentos más fructíferos y culturalmente interesante de la Vega de Granada.

La casa de la propiedad, construida entre los años finales de la década de los años 40 o principios de la década de los años 50 del siglo XX, consta de semisótano y dos plantas, con cubierta inclinada de teja. De planta rectangular, el edificio queda enriquecido por el juego de volúmenes que sobresalen en fachada principal y lateral, rompiendo la monotonía del conjunto y aportando el carácter historicista de la arquitectura de la primera mitad del siglo XX granadino. La fachada principal consta de tres cuerpos verticales, adelantado el central que marca de manera contundente el esquema compositivo. Los vanos adintelados de sección vertical (laterales) y horizontal (central), se distribuyen de manera regular, siendo de mayor tamaño los del cuerpo central. El acceso se realiza por unas escalinatas con balaustrada que se prolonga delimitando un porche que antecede a la entrada de la vivienda. Los balaustres de cuerpo troncocónico y las molduras de las bases y pasamanos demuestran la intencionalidad estética del diseño.

La formalización del módulo central a modo de pabellón nos recuerda soluciones de la arquitectura nazarí ampliamente reinterpretada en los neoestilos regionalistas que buscan su fuente de inspiración en la arquitectura histórica local. En el momento de su construcción el conjunto se situaba en un entorno plenamente rural pero su decoración y formalización arquitectónica no responde a los modelos habituales de cortijo de la Vega sino más bien al de palacete suburbano que proliferó a finales del siglo XIX y principios del XX en los alrededores de la ciudad de Granada.

En la fachada principal y en las laterales es donde descubrimos los mayores esfuerzos ornamentales. En la fachada este encontramos un cuerpo de planta poligonal coronado por una terraza-mirador con balaustrada. La fachada trasera presenta una formalización más sencilla aunque con detalles ornamentales similares al resto, como los recercados de las ventanas. Se ha añadido un porche de construcción posterior. Las cubiertas se resuelven a cuatro aguas, con teja árabe y alero de ladrillo sobre ménsulas, que imitan los canes de madera, tan característicos de la arquitectura islámica y mudéjar. Siguiendo esta tónica estilística aparecen en las cubiertas remates ornamentales con forma de piña pintados en azul, imitando la cerámica vidriada, al igual que las limatestas.

Respecto al secadero, se sitúa su construcción entre los años 40 y principios de los 50 del siglo XX, ubicándose al fondo de la parcela, a 20 metros de la trasera de la casa. Responde a la tipología de secadero aislado único, realizado en fábrica de ladrillo. Consta de una nave rectangular dispuesta en sentido este-oeste con cubierta de teja árabe a dos aguas. Presenta una longitud de 30 metros por 8 metros de anchura. La orientación E-O de la nave es la que siguen la mayoría de los secaderos de la Vega. Al colocar las fachadas mayores en este sentido se aprovechaban los vientos dominantes de la zona (sur-norte) para una mejor ventilación y secado de las plantas de tabaco.

La estructura consta de tres hileras de pilares de ladrillo macizo y paños del mismo material, formando las hileras de los lados mayores las fachadas. Sobre la central descansa la cubierta y permite salvar la luz entre muros perimetrales, dando como resultado un interior diáfano de planta libre, necesario para las funciones de secadero.

La nave presenta una altura de 7 metros, siendo necesaria una altura aproximada de los pisos de cuelgue de 1,70 m para un correcto proceso de curado. Por otra parte el primer nivel de plantas debe estar separado del suelo al menos por 80 cm. para la correcta humidificación del ambiente, mediante regado del suelo sin que se moje el tabaco. Teniendo en cuenta estas dimensiones este secadero permitiría alojar tres pisos de cuelgue. En su momento el interior debió estar formado por entramados reticulares de rollizos de chopo donde se colgaban las plantas para su secado. El exterior presenta la formalización propia de los secaderos de ladrillo de la Vega de Granada, si bien este estaría dentro del grupo de los que siguen un programa constructivo y formal prefijado, con un resultado estético que dista de otras construcciones más ‘espontáneas’ y funcionales de la Vega.

Las fachadas de los lados mayores se estructuran a base de pilastras de ladrillo y paños horadados con las características celosías hechas de ladrillo para propiciar la ventilación cruzada necesaria para el secado del tabaco. En este caso, mediante una disposición que alterna ladrillos a soga con otros a tizón que dan como resultado huecos con forma de cruz griega. La planta baja, que actualmente está macizada, tendría paños de celosías similares a los que observamos en planta alta. En el primer cuerpo aparecen arcos rebajados con rosca de ladrillo a sardinel y clave resaltada. En el cuerpo superior arcos rebajados también de ladrillo dispuesto a sardinel, clave resaltada y molduras de ladrillo, a modo de arquivolta doble. Sobre estos un alero de pico de gorrión. La cubierta a dos aguas de teja árabe tiene sobre el caballete tres chimeneas que servían para la correcta ventilación del secadero. Las fachadas de los lados menores presentan paño ciego en planta inferior y celosías en planta alta y hastiales, que originalmente se extenderían hasta la base de los muros. En los elementos comentados como el uso del ladrillo visto con fines ornamentales, el ritmo de fachadas a base de pilastras y arcos; podemos ver la influencia de la arquitectura industrial historicista de finales del siglo XIX - principios del XX.

El interior es de planta libre propio de este tipo de construcciones. En el centro de la nave se sitúa una hilera de seis pilares cuadrados de ladrillo. Uno de los elementos más interesantes es la cubierta de la nave, realizada mediante rollizos de chopo que forman un armazón triangular indeformable que arriostra la estructura aportándole la estabilidad y solidez necesaria. Se ha de reseñar la cualificación estética que aportan las celosías de ladrillo. Actualmente han perdido su funcionalidad para ventilación y secado del tabaco pero conservan su valor estético, creando una atmósfera lumínica muy singular y atractiva.

Con el cambio de uso de secadero de tabaco a establo y almacén, exterior e interior han sufrido diversas transformaciones si bien los elementos definitorios de la tipología perviven y son perfectamente reconocibles. La primera transformación se produjo en planta baja y consistió en el tapiado de los paños de celosías. Se debió llevar a cabo en los años 60, momento en que empezó el declive del tabaco por el aumento de los costes laborales y muchas familias decidieron transformar su labor productiva hacia otros cultivos, combinados con labores ganaderas. No obstante, el tapiado se llevó a cabo con sumo respeto a la estructura del secadero ya que se utilizó ladrillo macizo, similar al de los muros preexistentes. El enjalbegado de paramentos le confiere una unidad formal a todo el exterior.

A mediados de los 70 se llevaron a cabo otra serie de transformaciones para su adecuación al uso actual de establo en la planta inferior y almacén en la superior, aunque el edificio conserva sus principales características y valores patrimoniales. Los dos edificios, tanto la casa como el secadero, se conservan en muy buen estado. Durante el año 2017 la casa fue objeto de obras de mantenimiento de la cubierta y de las fachadas, así como de pintura interior recuperando elementos de estucado originales de la edificación.

IV. Delimitación del bien.

Las parcelas afectadas parcialmente por la delimitación del Bien de Catalogación General, Casa de Villaviciosa y antiguo secadero de tabaco, en Pago de los Montones, Granada, son las siguientes:

Manzana 38694. Parcela 03, con referencia catastral 3869403VG4136N0001ZI.

Manzana 38694. Parcela 02, con referencia catastral 3869402VG4136N0001SI.

Manzana 38694. Parcela 04, con referencia catastral 3869404VG4136N0001UI.

V. Cartografia.

La Cartografía Base utilizada ha sido: Ortofotografía Rigurosa Color de Andalucía, 2013.Servicio WMS,Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía.

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