Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 251 de 31/12/2020

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Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 22 de diciembre de 2020, de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, por el que se da publicidad a la convocatoria para la provisión interna de vacantes.

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Dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 30.4 del Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía 174/2016, de 15 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, que exige la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de las convocatorias para la selección del personal de la Agencia, por el presente y para general conocimiento, se dispone la publicación de la resolución, cuyo tenor literal a continuación se transcribe:

«RESOLUCIÓN DEL GERENTE DE LA AGENCIA DE VIVIENDA Y REHABILITACIÓN DE ANDALUCÍA POR LA QUE SE EFECTÚA CONVOCATORIA DE PROVISIÓN INTERNA DE VACANTE DE UN TÉCNICO/A SUPERIOR DE RECURSOS HUMANOS EN SERVICIOS CENTRALES Y SE APRUEBAN LAS BASES QUE REGIRÁN LA MISMA

ANTECEDENTES

Primero. Por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, se aprueban los nuevos Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA), los cuales no solo se han adecuado a las determinaciones de las Leyes 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía y 1/2011, de 17 de febrero, de Reordenación del sector público de Andalucía, ante los cambios operados en la normativa reguladora del régimen jurídico de las Agencias y de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, sino que responden a un nuevo modelo de Agencia cuyo objeto social se ha visto sensiblemente modificado y ampliado a la consolidación en la prestación de servicios.

La aprobación de los Estatutos ha supuesto la introducción de diversos cambios en aspectos tan relevantes como el régimen jurídico y las potestades públicas de la Agencia, la clarificación de competencias sobre contratación, la reorganización de ciertas funciones de los órganos de gobierno y dirección, el ejercicio de potestades públicas, la determinación de los puestos de trabajo que tienen la consideración de personal directivo de la misma y diversas cuestiones en materias de programación, control y personal, entre otras.

Segundo. El artículo 19 del IV Convenio Colectivo de AVRA establece el régimen de vacantes y proceso para su cobertura:

1. Se entiende por vacante la necesidad de la Agencia de cubrir el desempeño efectivo de un puesto de trabajo, de acuerdo con las necesidades de producción de cada momento, y que sea jurídicamente viable su cobertura conforme a la normativa vigente.

2. Como máximo anualmente, la Agencia formulará una propuesta de cobertura de vacantes. De dicha propuesta se dará traslado a la representación de los trabajadores para que emita el correspondiente informe, con carácter previo a su remisión al Consejo de Administración de la Agencia.

3. En primer lugar serán llamadas a la cobertura de vacantes las personas en situación de excedencia voluntaria que hayan solicitado la reincorporación y que provengan del mismo área, grupo y puesto tipo. Para hacer efectivo este derecho la Dirección ofertará las plazas a las personas mencionadas en el apartado anterior antes de proceder a la apertura del proceso de provisión interna de vacantes.

Tercero. Por resolución de este Gerente de fecha 27 de diciembre de 2019, se aprobó la convocatoria pública para la provisión interna de las siguientes vacantes: un Técnico/a Superior de Gestión en la Dirección Provincial de Almería y un Técnico/a Superior de Prevención de Riesgos Laborales en los Servicios Centrales, y se aprobaron las correspondientes bases. A su vez, el pasado 24 de enero la Agencia obtuvo la preceptiva autorización de la Secretaría General de Regeneración, Racionalización y Transparencia y de la Secretaría General para la Administración Pública para sacar las citadas convocatorias, con cargo a su tasa de reposición correspondiente a 2018.

El puesto de Tecnico/a de Prevención de Riesgos Laborales ha sido finalmente cubierto conforme a lo informado en la intranet con fecha 1 de julio pasado. No obstante, en lo que respecto al puesto de Técnico/a Superior de Gestión en la Dirección Provincial de Almería, el 21 de febrero, pasado este Gerente tuvo que declarar desierta la convocatoria pública de provisión interna, ya que una vez concluido el plazo de presentación de las solicitudes y documentación acreditativa de méritos, ningún trabajador/a de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía presentó su candidatura para optar al puesto.

En la actualidad, la Agencia necesita con urgencia la cobertura de un puesto de Técnico/a Superior en Recursos Humanos, habida cuenta que se dispone de tres personas menos respecto a las que venían realizando estas funciones. Por ello, al ser el coste similar al puesto autorizado antes citado y declarado desierto, mediante la presente Resolución se procede a efectuar convocatoria pública para la provisión interna de vacante de un Técnico/a Superior de Recursos Humanos en Servicios Centrales.

Mediante carta de la Jefa de la Sección de Recursos Humanos de fecha 21 de septiembre, pasado fueron trasladadas las anteriores consideraciones a la Representación de los Trabajadores mediante correo electrónico de igual fecha. Asimismo se les indicaba en la citada carta que, partiendo de lo establecido en el artículo 22 del IV Convenio Colectivo de AVRA, la propuesta de bases que planteaba la Dirección de la Agencia para la cobertura mediante provisión interna de vacante de un Técnico/a Superior de Recursos Humanos en los Servicios Centrales seguía los mismos parámetros, horquillas y criterios que los seguidos en las bases ya aprobadas en el proceso de provisión interna antes citado de un Técnico/a de Prevención de Riesgos Laboral, lógicamente con las adaptaciones puntuales que en su caso procedieran respecto a la formación baremable y concreto contenido de la prueba de conocimientos o habilidades.

De dicha carta no hemos recibido ninguna respuesta por parte de la Representación de los Trabajadores.

Cuarto. El artículo 21 del IV Convenio Colectivo de AVRA, desarrolla el sistema de provisión interna de vacantes en los siguientes términos:

1. Para posibilitar el desarrollo profesional efectivo de la plantilla de AVRA, se proveerán las vacantes mediante este procedimiento basado en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. La provisión interna se llevará a cabo por los procedimientos de concurso, que consistirán en la valoración de mérito y capacidades de los candidatos por un órgano de selección.

3. Las bases reguladoras contemplarán los requisitos necesarios para acceder a las plazas así como los criterios de ponderación de méritos, rigiéndose por los perfiles recogidos en el catálogo de puestos de trabajo.

4. De forma general atenderán a los siguientes criterios:

a) Experiencia y méritos profesionales, 20-40 puntos.

b) Antigüedad, 20-40 puntos.

(Entre ambos conceptos deben sumar como máximo 60 puntos.)

c) Formación directa, 10-25 puntos.

d) Formación indirecta, 5-20 puntos.

(Entre ambos conceptos deben sumar como máximo 30 puntos.)

e) Otros méritos, 0-10 puntos.

Con carácter previo a la valoración de estos criterios, las bases podrán contemplar pruebas eliminatorias para evaluar las aptitudes profesionales. Así mismo las bases determinarán los criterios de resolución en caso de empate numérico.

5. Los criterios anteriores se reconocerán en los términos establecidos en cada caso en la convocatoria.

Vistos los anteriores antecedentes, en uso de las facultades que se me reconocen por aplicación de lo dispuesto en el artículo 16.2.a) de los Estatutos de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía, aprobados por Decreto 174/2016, de 15 de noviembre, y demás normativa de aplicación

HE RESUELTO

Primero. Aprobar la convocatoria pública para la provisión interna de una vacante de Técnico/a Superior de Recursos Humanos en los Servicios Centrales de AVRA, así como las bases por las que se regirá la misma.

Segundo. La presente convocatoria se regirá por lo dispuesto en las bases que a continuación se desarrollan, por lo regulado en el IV Convenio Colectivo de AVRA, por lo establecido en la Ley 3/2019, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para 2019, por lo preceptuado en el Estatuto Básico del Empleado Público y por lo regulado en el Estatuto de los Trabajadores y demás normativa que resulte de aplicación.

En Sevilla, a la fecha de la firma digital del presente documento.

Fdo. Jaime Valenzuela Bruque, El Gerente.»

Las bases que desarrollan la presente convocatoria se encuentran publicadas en la intranet de la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía que se describe a continuación:

http://riel/intranet/html/intranet/index.html

Sevilla, 22 de diciembre de 2020.- La Directora, María Dolores de Pablo-Blanco Olidén.

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