Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 10/02/2020

3. Otras disposiciones

Universidades

Acuerdo de 31 de enero de 2020, de la Universidad de Almería, por el que se encarga a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de acciones orientadas a la estrategia de promoción de la Universidad en la sociedad.

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ANTECEDENTES

Primero. El artículo 6.b) de los Estatutos de la Universidad de Almería, establece como una de las medidas que materializan su compromiso de buen gobierno en el ejercicio de sus competencias, la mayor proyección social de sus actividades mediante el establecimiento de cauces de colaboración y asistencia a la sociedad, con el fin de apoyar el progreso social, económico y cultural.

Segundo. Una de las cinco líneas estratégicas de la Universidad de Almería aprobadas por el Consejo Social de la Universidad de Almería el 22 de octubre de 2016 es la relativa a Interacción con la sociedad. Entre los objetivos estratégicos asociados a esta línea están: intensificar la colaboración con el tejido empresarial, social e institucional; y potenciar el acercamiento y la interacción de la Universidad con los ciudadanos. Además, otros objetivos estratégicos aprobados son: mejorar el posicionamiento internacional de la UAL (que favorezca su imagen); centrar los esfuerzos docentes e investigadores en la transferencia del conocimiento; incrementar la satisfacción integral del estudiante (durante su estancia en la universidad y posteriormente como egresado); e incrementar la captación de recursos (con mecanismos como el mecenazgo y nuevas formas de patrocinio).

Tercero. La Fundación de la Universidad de Almería (en adelante, la Fundación) es una organización privada, de interés general y carácter docente y cultural promovida por la UAL que tiene como objeto cooperar al cumplimiento de los fines propios de la UAL, contribuyendo a ejercer con eficacia y eficiencia la función docente e investigadora de calidad que tiene asignada de manera que contribuya al desarrollo económico y social de su entorno a través de la transferencia de conocimiento al sector empresarial. La Fundación tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Universidad de Almería.

Cuarto. La Fundación cuenta una organización propia y estable que dispone de los medios materiales y humanos y la capacidad jurídica y técnica contrastada para gestionar los programas de promoción de la Universidad en condiciones óptimas de eficiencia y eficacia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente acuerdo se dicta al amparo del artículo 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público y el artículo 12 de la Directiva 2014/24/UE  del Parlamento Europeo y del Consejo de 26 de febrero de 2014, sobre contratación pública y los artículos 189 y siguientes y concordantes de los Estatutos de la UAL.

Segundo. El encargo se rige por lo dispuesto en la normativa interna reguladora de los encargos de la Universidad de Almería a la Fundación de la Universidad de Almería aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAL de fecha 31.1.2020.

En virtud de los antecedentes y en base a los fundamentos de derecho expuestos, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Almería

ACUERDA

Primero. Objeto.

Encargar a la Fundación de la Universidad de Almería la gestión de los siguientes programas de promoción y posicionamiento social de la Universidad.

- Promoción de la UAL en relación con la sociedad y las empresas.

- Amigos y Antiguos Alumnos de la UAL.

- Emisora de radio.

- Universidad de Mayores (Sede Almería).

Segundo. Titularidad.

El encargo a la Fundación no supone cesión de la titularidad de las competencias en materia de promoción y posicionamiento social que corresponden a la Universidad de Almería.

Tercero. Actuaciones a desarrollar.

Para la gestión de los programas encargados se llevarán a cabo las siguientes actuaciones materiales:

1. Para las actuaciones de promoción de la UAL en relación a la sociedad y las empresas: gestión, mantenimiento y actualización de una base de datos de empresas y entidades que tengan relación de cualquier tipo con la UAL; diseñar y ejecutar iniciativas de marketing y comunicación para mejor la interacción con la sociedad y las empresas, y formación al personal de la UAL sobre dichas técnicas, seguimiento de las colaboraciones establecidas con otras entidades y empresas, iniciativas de intercambio de experiencias con profesionales, contacto con los creadores y escritores, diseño de libros, revistas y otros materiales.

2. Para el Programa de Amigos y Antiguos Alumnos de la Universidad de Almería: difusión del programa, captación de usuarios, diseño de servicios para los usuarios, promoción de actividades del Programa y otras con Centros y otros colectivos, gestión, mantenimiento y actualización de una base de datos de amigos y antiguos alumnos, actos de reconocimiento de antiguos alumnos y amigos, seguimiento de la satisfacción de los usuarios, promover iniciativas de patrocinio y mecenazgo en este colectivo.

3. Para la gestión de la Radio de la UAL como una radio cultural y de extensión universitaria: gestión de contenidos, entrevistas, anuncios, magazines culturales, informativos de actualidad y programas de colectivos específicos como estudiantes o mayores, realización de podcast, formación a usuarios del uso de la radio.

4. Para el Programa Universidad de Mayores (Sede Almería): Coordinación y atención integral a los miembros del programa, asistencia al profesorado, acciones de coordinación y dinamización de las actividades socioculturales para los miembros, acompañamiento a los mayores y asistencia en las actividades científico-culturales destinadas a este colectivo, promover iniciativas de patrocinio y mecenazgo para el Programa, acciones de comunicación en redes sociales y otros.

Cuarto. Persona coordinadora técnica del encargo.

La Fundación designará a una persona coordinadora técnica del encargo. Esta persona deberá pertenecer a la plantilla de la Fundación siendo, junto a la persona titular de la gerencia de la misma, los únicos interlocutores con la UAL.

A la persona coordinadora técnica y a la gerencia de la Fundación les corresponderá la dirección del encargo, así como impartir directamente las órdenes e instrucciones de trabajo al resto de trabajadores de la Fundación.

Quinto. Compensación económica y financiación.

La compensación económica por las actuaciones objeto de este encargo, cuyo desglose así como las tarifas aplicadas figuran en el anexo de este acuerdo, asciende a 200.009,20 €.

Las sucesivas propuestas de presupuesto anual de este encargo serán elaboradas por la Comisión de Seguimiento, de acuerdo a las previsiones de ingresos y gastos para el ejercicio siguiente y al análisis de eficiencia del ejercicio en curso, así como a las disponibilidades presupuestarias de la UAL y a la captación de recursos externos.

Sexto. Pago de la compensación.

1. El pago se realizará de la siguiente forma:

El encargo presenta un importe total de gastos e ingresos de 200.009,20 euros, de los cuales, la Universidad abonará el importe máximo de 191.074,09 euros según el grado de cumplimiento de los indicadores especificados en el anexo.

El pago por parte de la UAL se realizará previa presentación de una factura mensual proporcional al presupuesto y en su caso, a la liquidación del presupuesto y grado de cumplimiento de objetivos e indicadores por parte de la Fundación.

En las acciones para el Programa Universidad de Mayores (Sede Almería), la Fundación presentará una factura mensualmente desde el inicio de las acciones, en función de la tarifa correspondiente, procediendo la Universidad al pago de la misma en el plazo previsto legalmente.

2. Las tareas que desarrollará la Fundación, objeto de este encargo, no están sujetas al Impuesto sobre el Valor Añadido, al actuar como medio propio de la UAL, concurriendo los requisitos establecidos en el artículo 7.8 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Séptimo. Duración.

El plazo de ejecución del presente encargo será de 4 años comenzando al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la UAL.

Octavo. Medios personales.

1. La Fundación, si precisara incorporar personal para la ejecución del presente encargo, realizará la selección del mismo con sujeción a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

2. Tanto estos profesionales como el resto de medios que hayan de emplearse para la ejecución de las actividades encargadas serán en todo caso de la exclusiva responsabilidad de la Fundación, quedando la UAL al margen de cualquier responsabilidad laboral, civil o de cualquier otro tipo que pudiera derivarse directa o indirectamente de la actividad encargada.

Noveno. Modificación del encargo.

El presente encargo podrá ser modificado por mutuo acuerdo entre la UAL y la Fundación.

Asimismo, también podrá ser modificado en caso que se produjesen circunstancias que hicieran imposible la realización de las actuaciones encargadas en los términos inicialmente establecidos.

La modificación de las condiciones del encargo deberá acordarse mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAL.

Décimo. Extinción del encargo.

El presente encargo se extinguirá por las causas siguientes:

a) Por culminación de las actuaciones previstas.

b) Por mutuo acuerdo entre la UAL y la Fundación.

c) Por extinción del plazo de ejecución.

d) Por acontecer circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización de las actuaciones encargadas

e) Por el incumplimiento de las condiciones previstas o por desviación de lo pactado en el encargo.

f) Por denuncia efectuada por alguna de las partes.

g) Cualquiera otra prevista en el ordenamiento jurídico.

Undécimo. Finalización anticipada.

La pérdida por parte de la Fundación de la condición de medio propio personificado de la UAL, en los términos previstos en la LCSP, será causa de extinción de este encargo, sin perjuicio de la conclusión del encargo en el ejercicio presupuestario en que se dé la pérdida de la condición.

Duodécimo. Interpretación y ejecución.

La Comisión de Seguimiento será competente para conocer de cualquier desacuerdo en la interpretación y ejecución del presente encargo así como cualquier incidente o conflicto que pudiera surgir durante el desarrollo del mismo.

Decimotercero. Publicación y entrada en vigor.

De conformidad con el artículo 2.1 de la Normativa Interna Reguladora de los encargos, el presente acuerdo se publicará en el perfil de contratante de la UAL y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por el Consejo de Gobierno de la UAL.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 44.2.e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo, ante el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía. La interposición de este recurso tendrá carácter potestativo.

El plazo para la interposición del recurso será de 15 días hábiles desde el día siguiente a aquel en que se haya publicado el acuerdo en el perfil de contratante. Para la presentación y tramitación del recurso se estará a lo dispuesto en el artículo 44 y siguientes de la Ley 9/2017.

Almería, 31 de enero de 2020.- El Rector, Carmelo Rodríguez Torreblanca.

ANEXO

DESGLOSE DE LA COMPENSACIÓN ECONÓMICA Y TARIFAS A APLICAR

GASTOS INGRESOS
Concepto 2020 Concepto 2020
Gastos de personal 192.148,45 Aportación de la Universidad 191.074,09
Gastos de ejecución 7.860,75 Ingresos colaboradores y otros 8.934,39 
Total 200.009,20 Total 200.009,20
Indicador Presupuesto Tarifa Aportación FUAL Aportación UAL TOTAL
Diseño y maquetación Núm. de páginas maquetadas 3.800 8,80 33.440,00 33.440,00
Gestión radio Núm. horas de emisión 290 92,90 26.940,00 26.940,00
Programas y talleres de radio Núm. usuarios participantes 500 10,00 5.000,00 5.000,00
Actividades radio Núm. actividades donde participa la radio 10 150,00 1.500,00 1.500,00
Indicador Presupuesto Tarifa Aportación FUAL Aportación UAL TOTAL
Antiguos Alumnos/as Núm. de antiguos alumnos/as inscritos 3.200 30,63 98.014,81 98.014,81
Actividades antiguos alumnos/as Núm. actividades 30 90,00 2.700,00 2.700,00
Promoción con empresas/entidades Núm. iniciativas con empresas 400 58,70 23.480,00 23.480,00
Aula Mayores (Sede Almería) Núm. alumnos/as atendidos 400 22,34 8.934,39  8.934,39
TOTAL ENCARGO PROMOCIÓN DE LA UNIVERSIDAD EN LA SOCIEDAD 8.934,39  191.074,09 200.009,20
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