Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 28 de 11/02/2020

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Resolución de 17 de enero de 2020, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se anuncia la publicación de las Resoluciones emitidas por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), de 20 de diciembre de 2019, mediante las que se actualizan las Resoluciones de 21 de febrero de 2018 y la Resolución de 21 de febrero de 2019 relativas a las solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la Campaña 2017 y 2018 respectivamente.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00169333.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Habiéndose dictado ya por parte del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en base a lo dispuesto en el artículo 27.1 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agraria Común, las Resoluciones de 21 de febrero de 2018 por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2017 y por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional campaña 2017, anunciadas en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución de 13 de marzo de 2018, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, así como la Resolución de 21 de febrero de 2019, por la que se asignan derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2018, anunciada en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía mediante Resolución de 13 de marzo de 2019, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, las Comunidades Autónomas, como autoridades competentes en el estudio de los expedientes de los agricultores, así como de efectuar la propuesta motivada de resolución aprobatoria o denegatoria de asignación de derechos de pago básico procedentes de la reserva nacional, han procedido a la comunicación de nuevos datos al FEGA.

De acuerdo con las condiciones generales de acceso a la reserva nacional, criterios para el cálculo y asignación de derechos de la reserva nacional, establecidos en los artículos 24, 25 y 26 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, así como a las normas recogidas al efecto en la Circular de Coordinación 7/2017, sobre los «Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional», el FEGA ha efectuado los cálculos correspondientes a estos beneficiarios, en base a la información remitida por las comunidades autónomas, bien por tratarse de solicitantes que, hasta la fecha, no habían sido incluidos en la asignación de la reserva nacional de la campaña 2017, bien por haber visto modificada la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional de la citada campaña con respecto a la establecida en la Resolución de 21 de febrero de 2018 y ha resuelto actualizar la asignación de los derechos de la reserva nacional de pago básico correspondiente a la campaña 2017. En los casos en los que el proceso de cálculo no ha arrojado resultados positivos el FEGA ha desestimado la solicitud y ha resuelto actualizar la Resolución de 21 de febrero de 2018 por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional correspondiente a la campaña 2017. En ambos casos ha remitido dicha información a las comunidades autónomas para que puedan proceder a la comunicación de la misma a los interesados.

Igualmente, sobre las mismas condiciones generales de acceso a la reserva nacional, criterios para el cálculo y asignación de derechos de la reserva nacional, así como a las normas recogidas al efecto en la Circular de Coordinación 7/2018 sobre los «Criterios para la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional», el FEGA ha efectuado los cálculos correspondientes a estos beneficiarios, en base a la información remitida por las comunidades autónomas, bien por tratarse de solicitantes que, hasta la fecha, no habían sido incluidos en la asignación de la reserva nacional de la campaña 2018, bien por haber visto modificada la asignación de derechos de pago básico de la reserva nacional de la citada campaña con respecto a la establecida en la Resolución de 21 de febrero de 2019 y ha resuelto actualizar la asignación de los derechos de la reserva nacional de pago básico correspondiente a la campaña 2018 y ha remitido dicha información a las comunidades autónomas para que puedan proceder a la comunicación de la misma a los interesados.

El artículo 21.3 de la Orden de 12 de marzo de 2015, por la que se establecen en la Comunidad Autónoma de Andalucía normas sobre la presentación de la solicitud única y de la solicitud de asignación de derechos de pago básico a partir del año 2015, así como disposiciones de aplicación a los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, y a las ayudas del programa de desarrollo rural de Andalucía objeto de inclusión en la solicitud única, determina de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.3 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, que la comunicación de la asignación a los beneficiarios, se realizará de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, conforme a las indicaciones recogidas en el artículo 46 de la citada ley.

En su virtud, y en uso de las facultades que me confiere el artículo 13 del Decreto 103/2019, de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible,

RESUELVO

Primero. Anunciar la publicación de las siguientes Resoluciones del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2017:

- Resolución de 20 de diciembre de 2019, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2018 del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2017. Constando de Anexo I, que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada una de ellas el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la reserva nacional 2017, comenzando con el titular con NIF 05431184X y finalizando con el titular con NIF Y1566741H, siendo un total de 56 personas beneficiarias.

- Resolución de 20 de diciembre de 2019, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2018 del FEGA, por la que se deniegan determinadas solicitudes de derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2017. Constando de Anexo II, que contiene el listado de las personas que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía y que no cumplen las disposiciones comunitarias o nacionales que regulan dicha asignación o cuyo cálculo realizado no ha supuesto la asignación de importe de reserva nacional, en base al motivo que se detalla. Para cada solicitante, se indica el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, así como el/los códigos de incidencias que afectan a su solicitud, comenzando con el titular con NIF 14276606T y finalizando con el titular con NIF 80160897D, siendo un total de 21 solicitantes relacionados.

- Anexo III, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a ambas Resoluciones.

- Anexo IV, relación de códigos y literales de las incidencias asociadas a la Resolución denegatoria.

Segundo. Anunciar la publicación de la siguiente Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), sobre solicitudes de derechos de pago básico a la Reserva Nacional para la campaña 2018:

- Resolución de 20 de diciembre de 2019, mediante la que se actualiza la Resolución de 21 de febrero de 2019, del FEGA, por la que se asignan los derechos de pago básico procedentes de la Reserva Nacional de la campaña 2018. Constando de Anexo V, que contiene el listado de las personas beneficiarias que presentaron su solicitud de reserva nacional en la Comunidad Autónoma de Andalucía, indicándose para cada una de ellas el tipo y caso de la solicitud de la reserva nacional presentada, el número de derechos y el importe total asignado, incluyéndose exclusivamente, los derechos asignados de la Reserva Nacional 2018, comenzando con el titular con NIF 30215391S y finalizando con el titular con NIF 74659951L, siendo un total de 6 personas beneficiarias.

- Anexo VI, relación de los tipos y casos de solicitudes asociados a dicha Resolución.

La Resolución y la información que contiene, podrá consultarse en la página web de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, en las direcciones electrónicas:

http://lajunta.es/1rx6s y http://lajunta.es/16chf

Dicha publicación sustituye a la notificación surtiendo sus mismos efectos, conforme se establece en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tercero. Recursos.

Contra las citadas resoluciones emitidas por el FEGA, que no ponen fin a la vía administrativa, y en la que se sustituye la notificación por la publicación, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes que contará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. El recurso de alzada se dirigirá al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto. Efectos.

La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 17 de enero de 2020.- La Directora General, María Consolación Vera Sánchez.

Descargar PDF