Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 30 de 13/02/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Acuerdo de 30 de enero de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se autoriza la disolución del Consorcio «Centro de Transportes de Mercancías de Málaga».

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El Consorcio «Centro de Transportes de Mercancías de Málaga», actualmente integrado por el Ayuntamiento de Málaga y la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, se constituye el día 6 de septiembre de 1995 tras la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 119 de sus Estatutos reguladores, conforme a lo establecido en el artículo 36.2 de la Ley 7/1993, de 27 de julio, reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía.

De acuerdo con el artículo 3 de los Estatutos del Consorcio, éste se constituye con el objeto de articular la cooperación económica, técnica y administrativa entre las Administraciones consorciadas a fin de promover, construir y explotar un centro de transporte de mercancías por carretera en Málaga y, en general, para el fomento y mejora de la infraestructura de transporte de mercancías en Málaga y su entorno metropolitano.

El Plan de Reordenación del Sector Público de la Junta de Andalucía, aprobado por el Acuerdo de 27 de julio de 2010, del Consejo de Gobierno, contempló, entre las actuaciones incluidas en el proceso de reducción del número de entes instrumentales previsto en el citado Plan, la creación de Red Logística de Andalucía, S.A., por fusión de entidades gestoras de las áreas logísticas, en concreto: Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A., Zona de Actividades Logísticas de Algeciras, S.A., Centro de Transportes de Málaga y Parque Logístico de Córdoba, S.A.

A diferencia de las áreas logísticas de Sevilla, Córdoba y Bahía de Algeciras, el caso del Centro de Transportes de Mercancías de Málaga, al ser su entidad gestora un consorcio en lugar de una sociedad mercantil, planteaba algunas singularidades que hicieron que se abriera un proceso de negociación entre el Ayuntamiento de Málaga y la Agencia Pública de Puertos de Andalucía para estudiar la mejor fórmula de integración en Red Logística de Andalucía, S.A.

Fruto de la negociación, con fecha 24 de octubre de 2013, se formaliza el «Convenio entre la Agencia Pública de Puertos de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Málaga para la gestión del Centro de Transporte de Mercancías de Málaga», en cuya virtud Red Logística de Andalucía, S.A., en su condición de sociedad mercantil del sector público andaluz dependiente de la Agencia Pública de Puertos de Andalucía, asume a su exclusivo riesgo y ventura la gestión del área logística de Málaga, así como la dirección, control, prestación de servicios generales, y explotación de activos, subrogándose en los derechos y obligaciones del Consorcio.

En consecuencia, el Consorcio dejó de ser la entidad gestora del recinto, pasando a ser un ente patrimonial carente de cualquier estructura organizativa, asumiendo Red Logística de Andalucía, S.A., a partir del 1 de noviembre de 2013 las relaciones laborales del personal hasta entonces adscrito al Consorcio.

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula con carácter básico el régimen jurídico de los consorcios, que incluye entre otros extremos las causas y el procedimiento para el ejercicio del derecho de separación de un consorcio, los efectos de su ejercicio y la disolución del consorcio, siguiendo la línea de las modificaciones efectuadas por la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa, a la que remiten los Estatutos del Consorcio al regular esta materia.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 127.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, en todo caso será causa de disolución de un consorcio que los fines para los que fue creado hayan sido cumplidos.

Dado que las fases de promoción y construcción del centro se encuentran ejecutadas y que tras la firma del Convenio de 24 de octubre de 2013 el Consorcio dejó de ejercer las funciones de gestión y explotación con carácter indefinido, que pasaron a ser asumidas por Red Logística de Andalucía, S.A., concurre la causa legal de disolución referida en el párrafo anterior.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el artículo 12.3 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 30 de enero de 2020,

ACUERDA

Autorizar la disolución del Consorcio «Centro de Transportes de Mercancías de Málaga».

Sevilla, 30 de enero de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
MARÍA FRANCISCA CARAZO VILLALONGA

Consejera de Fomento, Infraestructuras
y Ordenación del Territorio
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