Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 20/02/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 17 de diciembre de 2019, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera, dimanante de autos núm. 43/2016. (PP. 3257/2019).

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NIG: 0410042C20160000141.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 43/2016. Negociado: 3.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera.

Juicio: Procedimiento Ordinario 43/2016

Parte demandante: Eulen, S.A.

Parte demandada: C.P. Apartamentos Turísticos Parque Tropical.

Sobre: Procedimiento Ordinario.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuya cabeza y parte dispositiva son las siguientes:

SENTENCIA NÚM. 70/17

En Vera, a dos de mayo de dos mil diecisiete.

Vistos y examinados los presentes autos núm. 43/2016, de juicio ordinario, por doña Cristina Martínez Pardo, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Vera y su partido; seguidos a instancia de Eulen, S.A., representada por la Procuradora doña María del Rosario Silva Muñoz y asistida por el Letrado Sr. Chapinal Martín contra la comunidad de propietarios de Apartamentos Turísticos Parque Tropical, declarada en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que debía estimar la demanda interpuesta por la representación procesal de Eulen, S.A., condenando a C.P. Apartamentos Turísticos Parque Tropical al pago de la cantidad de 24.980,50 euros junto con los intereses legales hasta el completo pago de lo adeudado, con expresa imposición de las costas a la demandada.

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Almería, debiendo interponerse en el plazo de veinte días, debiendo exponer las alegaciones en que se base la impugnación, además de citar la resolución apelada y los pronunciamientos que impugna. Para la admisión del recurso deberá al interponerse realizar las consignaciones y abono de tasas legalmente exigidos.

Por esta mi sentencia definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia del señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificación personal de la sentencia a Apartamentos Turísticos Parque Tropical.

En Vera, a diecisiete de diciembre de dos mil diecinueve.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

Diligencia: La extiendo yo, el/la Letrado/a de la Administración de Justicia, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesados en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respecto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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