Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 37 de 24/02/2020

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda, Industria y Energía

Resolución de 4 de febrero de 2020, de la Dirección General de Patrimonio, por la que se amplía la Declaración de Necesaria Uniformidad de los Microordenadores y Periféricos con destino a la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales.

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La Consejería de Hacienda, Industria y Energía ejerce las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en las materias de Hacienda conforme al Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía. Para su mejor desempeño, tiene atribuida la coordinación en materia de contratación pública de la Junta de Andalucía y la declaración de necesaria uniformidad de obras, bienes y servicios, así como la celebración de sistemas de racionalización técnica de la contratación para la homologación de las obras, bienes y servicios de utilización común, que por sus especiales características sean susceptibles de ser utilizados con carácter general para la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales vinculadas; todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales y se regula el régimen de bienes y servicios homologados.

El Decreto 39/2011, de 22 de febrero, por el que se establece la organización administrativa para la gestión de la contratación de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, y se regula el régimen de bienes y servicios homologados, dedica su Capítulo V a la contratación de obras, bienes y servicios homologados.

Concretamente, el artículo 34.4 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que tanto la Administración de la Junta de Andalucía como sus agencias administrativas estarán obligadas a contratar con las empresas homologadas sus correspondientes bienes y servicios homologados. Del mismo modo, la Orden de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, de 9 de mayo de 2011, establece la obligatoriedad de contratación de dichos bienes por las agencias públicas empresariales y de régimen especial, así como por las sociedades mercantiles y las fundaciones del sector público andaluz. Y el artículo 35 de este Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que a la Dirección General competente en materia de Patrimonio le corresponde la declaración de bienes y servicios de necesaria uniformidad, así como tramitar el procedimiento de selección, de conformidad con el sistema de racionalización técnica de la contratación elegido. Le corresponde también la elaboración, publicación y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, así como la aprobación de instrucciones necesarias en relación con los bienes y servicios homologados. Igualmente, el artículo 36 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, establece que la declaración de necesaria uniformidad de bienes y servicios se realizará mediante resolución de la persona titular de la Dirección General competente en materia de Patrimonio, que determinará el tipo de bien o servicio de que se trate. Dicha Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Asimismo, el artículo 9.3.c) del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, establece que a la Dirección General de Patrimonio le corresponde la competencia de la declaración de necesaria uniformidad de obras, bienes y servicios, así como la celebración de sistemas de racionalización técnica de la contratación para la homologación de las obras, bienes y servicios de utilización común para la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales. Le corresponde también la elaboración, publicación y actualización del Catálogo de Bienes y Servicios Homologados de la Junta de Andalucía, así como la aprobación de las instrucciones necesarias en relación con los bienes y servicios homologados, dependiendo de la misma como órgano colegiado adscrito la Comisión Central de Homologación.

Del mismo modo el artículo 8.1.ñ) del mencionado Decreto 101/2019, de 12 de febrero, prevé, en el caso de suministro de bienes y servicios informáticos homologados, que el centro directivo correspondiente de la Consejería competente en materia de política informática le corresponde la elaboración de la relación de los bienes informáticos sometidos a adquisición centralizada.

El 21 de noviembre de 2017 (BOJA número 223), se publicó la Resolución de 2 de noviembre de 2017 de la Dirección General de Patrimonio por la que se declaró la necesaria uniformidad de los suministros de Microordenadores y Periféricos con destino a la Administración de la Junta de Andalucía y sus Entidades Instrumentales. Tras esta resolución, se formalizó el Acuerdo Marco de Homologación de Suministros de Microordenadores y Periféricos de la Junta de Andalucía el 27 de junio de 2018.

La Comisión Central de Homologación en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 40 del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, en la sesión celebrada el pasado 19 de junio de 2019, a la vista de las solicitudes de autorización para la contratación de «servicios de impresión», acordó instar a la Dirección General de Patrimonio la consideración de modificar la declaración de necesaria uniformidad realizada mediante Resolución de 2 de noviembre de 2017, en el sentido de ampliar las modalidades de adquisición de estos bienes tanto mediante contrato de suministros como de servicios.

Para ello, con fecha 20 de junio de 2019, la Dirección General de Patrimonio solicitó a la Dirección General de Transformación Digital, como órgano competente en la política informática de la Junta de Andalucía en virtud de las competencias atribuidas por el artículo 8 del Decreto 101/2019, de 12 de febrero, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, sobre si estimaba conveniente mantener en la Declaración de Necesaria Uniformidad de Microordenadores y Periféricos ambos tipos de contratos de suministros sobre este objeto, o si de lo contrario considera excluir el tipo de contrato de suministro de arrendamiento (con o sin opción de compra), dada las necesidades recurrentes de algunos órganos, entes o entidades de la Administración de la Junta de Andalucía, dado que lo que actualmente se encuentra homologado, es el tipo de contrato de suministro de adquisición, teniendo en cuenta que el artículo 34 del mencionado Decreto 39/2011, de 22 de febrero, indica que la declaración de necesaria uniformidad recae sobre los bienes y no sobre el procedimiento de adquisición.

La Dirección General de Transformación Digital mediante comunicación de 18 de septiembre de 2019 informó de la conveniencia de la ampliación de la Declaración de Necesaria Uniformidad de Microordenadores y Periféricos a ambos tipos de contratos, indicando que la ampliación de la declaración de necesaria uniformidad sobre estos bienes debe realizarse «con el objeto de asegurar unas características adecuadas en los equipos para un buen funcionamiento de los sistemas, garantizar unos objetivos medioambientales como de salud laboral y conseguir eficiencias en la gestión y su mantenimiento posterior».

En virtud de ello, en la sesión celebrada el 4 de noviembre de 2019 la Comisión Central de Homologación, vista la propuesta de la Dirección General de Transformación Digital y, en virtud de lo establecido en el artículo 40.c del Decreto 39/2011, de 22 de febrero, propone a la Dirección General de Patrimonio para que sea modificada la Declaración de Necesaria Uniformidad de Microordenadores y Periféricos realizada con fecha 21 de noviembre de 2017, en el sentido de ampliar las modalidades de adquisición de los bienes informáticos relacionados en el anexo de la mencionada declaración, tanto mediante contrato de suministros como de servicios.

Ante estas circunstancias, en virtud de lo establecido en el artículo 36 de citado Decreto 39/2011, de 22 de febrero, y en uso de las facultades que me confiere la legislación vigente sobre contratación administrativa,

RESUELVO

Primero. Ampliar la declaración de necesaria uniformidad de los bienes informáticos que se relacionan en el anexo adjunto a la presente resolución, para la utilización común por la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales bajo cualquier modalidad de contratación, esto es mediante contratos de suministros o mediante contrato de servicios.

Segundo. Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 4 de febrero de 2020.- La Directora General, Myriam del Campo Sánchez.

ANEXO

BIENES DECLARADOS DE NECESARIA UNIFORMIDAD DE MICROORDENADORES Y PERIFÉRICOS BAJO CUALQUIER MODALIDAD DE CONTRATACIÓN

- MICROORDENADORES DE SOBREMESA.

- MICROORDENADORES COMPACTOS «TODO EN UNO».

- ORDENADOR DE SOBREMESA WORKSTATION.

- TERMINALES LIGEROS DE RED.

- MICROORDENADORES PORTÁTILES.

- MONITORES.

- IMPRESORAS DE INYECCIÓN DE TINTA.

- IMPRESORAS LÁSER.

- IMPRESORAS MULTIFUNCIÓN DE INYECCIÓN DE TINTA.

- IMPRESORAS MULTIFUNCIÓN LÁSER.

- IMPRESORAS TÉRMICAS.

- IMPRESORA DE IMPACTO MATRICIAL.

- IMPRESORA DE IMPACTO MATRICIAL DE VALIDACIÓN DE RECIBOS Y DOCUMENTOS.

- ESCÁNER PARA OFICINAS DE REGISTRO.

- ESCÁNER DEPARTAMENTAL.

- PROYECTORES MULTIMEDIA.

- PROYECTORES DE DISTANCIA ULTRACORTA.

- TARJETAS CRIPTOGRÁFICAS.

- LECTORES Y ESCRITORES DE TARJETAS CRIPTOGRÁFICAS.

- LECTORES DE CÓDIGOS DE BARRAS.

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