Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 4 de 08/01/2020

5. Anuncios5.2 Otros anuncios oficiales

Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio

Anuncio de 27 de diciembre de 2019, de la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras, Ordenación del Territorio, Cultura y Patrimonio Histórico en Málaga, sobre pago de justiprecio en expedientes de expropiación forzosa.

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Hechos efectivos los libramientos para el pago de los justiprecios reseñados en los anexos de este anuncio, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como el artículo 48 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre Expropiación Forzosa.

Para el recibo de las cantidades que le correspondan mediante transferencia bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y del artículo 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la gestión recaudatoria, habrá de presentar en el Registro de esta Delegación Territorial de Málaga, sita en Plaza San Juan de la Cruz, núm. 2, 29007 de Málaga, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la siguiente documentación:

1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono íntegro del precio se ingrese en una única cuenta.

2. Fotocopia del DNI, NIE o Pasaporte. De actuar mediante representación, esta deberá ser acreditada por cualquier medio válido en derecho, debiendo aportar original o fotocopia compulsada.

3. En el supuesto de personas jurídicas deberá aportarse CIF y copia compulsada de la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.

4. Nota Simple (original o fotocopia compulsada) del Registro de la Propiedad, o, en su defecto, título justificativo de su derecho completado con certificaciones negativas del Registro de la Propiedad referidas a la misma finca.

5. En el supuesto de que la finca esté hipotecada o embargada deberán aportar autorización o conformidad del acreedor para poder cobrar la cantidad correspondiente.

6. Certificado bancario original donde conste la titularidad de la cuenta.

De no presentar la documentación solicitada, el justiprecio será depositado en la Caja General de Depósitos del Servicio de Tesorería de la Delegación del Gobierno en Málaga, circunstancia que será notificada al interesado o interesada.

En el supuesto de que algún titular expropiado (persona física) desee cobrar mediante cheque nominativo, deberá solicitarlo de forma expresa mediante escrito dirigido a la Delegación Territorial.

Al mismo tiempo se hace público este acto para que, si existieran terceras personas que se considerasen con mejor derecho al percibo de las indemnizaciones, puedan comparecer en la Delegación Territorial y formular la reclamación que a su derecho convenga, para lo cual deberán ir provistos de los documentos en que fundamenten su intervención.

ANEXO I

TÉRMINO MUNICIPAL: RONDA


CLAVE: 1-MA-1574
DENOMINACIÓN: Mejora de intersecciones y reordenación de accesos en la circunvalación de Ronda en las carreteras A-374 y A397
N.º FINCA PLANO PARCELARIO TITULAR/ES
19 Miguel González Ruiz

Málaga, 27 de diciembre de 2019.- La Delegada, Carmen Casero Navarro.

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