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En el Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz número 3, de 7 de enero de 2020 y número de anuncio 97.494/19, se ha publicado anuncio relativo a la bases que han de regir la convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del procedimiento de selección de oposición, de siete plazas, y de una plaza mediante sistema de movilidad sin ascenso por el procedimiento del concurso de méritos, todas ellas vacantes en la plantilla y relación de puestos de trabajo de este Ayuntamiento, pertenecientes a la Escala de Administración Especial, Subescala de Servicios Especiales, Categoría de Policía del Cuerpo de la Policía Local, plazas recogidas en la Oferta Empleo Público adicional para el ejercicio 2019, conteniendo en el mismo las características principales de las mismas, asi como se publica que el texto íntegro de las citadas bases han sido expuestas con fecha 13 de noviembre de 2019, en el Portal de Transparencia de este Ayuntamiento de Chipiona en la web municipal www.aytochipiona.es (en el apartado Portal de Transparencia/Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Chipiona/Información Institucional y organizativa/empleo público), así como en el tablón de edictos de esta Corporación en la web municipal (en el apartado tablón electrónico de anuncios y edictos).
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
La base décimo cuarta de la convocatoria, recoge que contra las bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Chipiona, 21 de enero de 2020.- El Alcalde-Presidente, Luis Mario Aparcero Fernández de Retana.
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