Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 8 de 17/03/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 16 de marzo de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe del Servicio Andaluz de Salud sobre las necesidades extraordinarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

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La Organización Mundial de la Salud ha declarado, el 30 de enero de 2020, la emergencia en salud pública de importancia internacional ante la situación del coronavirus COVID-19 y el 11 de marzo como pandemia global. Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Se trata de medidas de contención extraordinarias que se establecen por las autoridades de salud pública. Andalucía cuenta con un sólido Sistema de Vigilancia Epidemiológica desde el que se realiza una monitorización exhaustiva y permanente de todos los casos. Se hace un llamamiento a la población para que sigan las recomendaciones que se vayan realizando, en revisión permanente, de acuerdo a como vaya evolucionando la enfermedad.

En este contexto, mediante Orden del Consejero de la Presidencia, Administración Pública e Interior, de 25 de febrero de 2020, se acordó activar el Comité Ejecutivo para el Control, Evaluación y Seguimiento de Situaciones Especiales. El citado Comité es un órgano interdepartamental de carácter decisorio y ejecutivo, adscrito a la Consejería de la Presidencia, para la vigilancia, prevención y control de las actuaciones conjuntas que se desarrollen para hacer frente a las distintas situaciones especiales que pudieran producirse. En el preámbulo de dicha orden se expone que «La situación generada por el coronavirus (SARS-COV-2) en Andalucía requiere la pronta reacción por parte de las Administraciones Públicas, así como una respuesta conjunta y una política coordinada de actuación para afrontar con las máximas garantías los efectos provocados por el brote de este virus, teniendo en cuenta además el riesgo que supone para la salud y el bienestar de la ciudadanía».

Habida cuenta la evolución de los acontecimientos y el estado actual de riesgo inminente y extraordinario para la salud pública, el Gobierno Andaluz entendió obligada la adopción de una serie de medidas cautelares, ajustadas a los principios de minimización de la intervención y de proporcionalidad de las medidas adoptadas a los fines perseguidos, prescindiendo del trámite de audiencia de los interesados.

En virtud de ello, la Consejería de Salud y Familias mediante Orden de 13 de marzo de 2020, adoptó diversas medidas preventivas en materia sanitaria, socio sanitaria, de transporte, docencia y empleo, medio ambiente y agricultura, y en materia de cultura, ocio y deporte, que fue tomada en consideración por parte del Consejo de Gobierno mediante Acuerdo de 13 de marzo de 2020.

En dicha orden se establecen, entre otras, las siguientes medidas preventivas en materia de Salud:

1. Incremento de plantilla del personal del Sistema Sanitario Público de Andalucía, estatutario o laboral, según las necesidades lo vayan exigiendo.

2. Puesta en marcha por el Servicio Andaluz de Salud de planes de contingencia para todas las provincias:

a) Acelerar la implantación de la telemedicina para las distintas especialidades que puedan soportar esta práctica, de cara a disminuir la alta frecuentación.

b) Instrucciones para potenciar la actividad de cirugía ambulatoria con la finalidad de liberar posibles incrementos de demanda en las plantas de hospitalización.

c) Se potenciará las consultas en «acto único» para disminuir el número de visitas de los pacientes al hospital.

d) Se podrán aplazar las actividades sanitarias programadas y no urgentes en los centros sanitarios de atención hospitalaria (consultas, exploraciones e intervenciones).

e) Potenciación de la consulta telefónica en los centros de Atención Primaria para evitar desplazamientos de población susceptible de riesgo.

f) Aumento de camas de observación en los hospitales.

g) Instalaciones alternativas para aislamiento domiciliario a personas asintomáticas que no dispongan de su propio domicilio como por ejemplo turistas o transeúntes.

h) Centralización de compras desde el SAS a centros y servicios sociosanitarios y toda la Administración de la Junta de Andalucía para evitar desabastecimiento.

i) Suspensión de las rotaciones externas en formación sanitaria especializada, así como de aquellas rotaciones externas a los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía, salvo los que ya estuvieran efectuándolas. En las rotaciones internas fuera del centro al que pertenece el residente se establecerán una relación de medidas de control que ayuden a la prevención.

j) En el supuesto de estancias formativas en el Sistema Sanitario Público de Andalucía para profesionales o especialistas en formación que desarrollen su actividad en el extranjero, se suspenden dichas estancias, salvo que ya se estuvieran realizando. Se suspende la realización de prácticas por estudiantes extranjeros en el Servicio Sanitario Público de Andalucía.

k) Las garantías de plazo de respuesta recogidas en el Decreto 209/2001, de 18 de septiembre, y en el Decreto 96/2004, de 9 de marzo, quedará sin efecto provisionalmente hasta el momento en que se normalice la actual situación epidemiológica.

l) Suspensión de las visitas a los centros sanitarios de los informadores técnicos sanitarios.

m) En relación con los acompañantes que son atendidos en servicios de urgencia, centros de atención primaria, así como en el caso de pacientes hospitalizados solo se autorizará a una persona por cada paciente.

n) Se suspende la actividad del personal voluntario en los centros sanitarios.

o) Se suspende la actividad de cooperación internacional de las personas profesionales del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

p) Se suspende las prácticas sanitarias y no sanitarias en los centros del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

q) Los profesionales sanitarios adscritos a los Hospitales de Alta Resolución gestionados por las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias estarán a disposición de los Hospitales de referencia para reforzar la atención sanitaria prestada en los mismos.

r) Los centros de transfusión sanguínea seguirán efectuando su actividad, si bien tendrán que atender las recomendaciones sanitarias. En este supuesto las administraciones públicas competentes autorizarán la realización de la actividad.

Como consecuencia de ello, desde el Servicio Andaluz de Salud se ha elaborado un informe en el que se establecen cuáles serán las necesidades extraordinarias de financiación que tendrá el Sistema Sanitario Público como consecuencia de la pandemia COVID-19.

En dicho informe, a modo de resumen, se cuantifican dichas necesidades de financiación en 341,5 millones de euros, con el siguiente desglose por conceptos:

PREVISIÓN NECESIDADES EXTRAORDINARIAS SISTEMA SANITARIO PÚBLICO DE ANDALUCÍA COVID-19
CONCEPTO CONCEPTO PRESUESTARIO IMPORTE
GASTOS DE PERSONAL CAPÍTULO 1 183.462.049,54
GASTOS EN BIENES CORRIENTES CAPÍTULO 2 133.674.224,19
INVERSIONES CAPÍTULO 6 24.415.452,00
TOTAL SSPA 341.551.725,73

Por todo ello, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por la OMS y la repercusión que para la ciudadanía andaluza tiene el buen funcionamiento del Sistema Sanitario Público de Andalucía, se considera oportuno y conveniente que el informe referido sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 16 de marzo de 2020,

ACUERDA

Tomar conocimiento del informe del Servicio Andaluz de Salud por el que se establecen las necesidades extraordinarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19).

Sevilla, 16 de marzo de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
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