Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 19 de 23/04/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Salud y Familias

Acuerdo de 22 de abril de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del informe de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios sobre la campaña de prevención del infarto cerebral durante el período de pandemia del COVID-19

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00172102.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone, en su artículo 22.3, que las personas con enfermedad mental, las que padezcan enfermedades crónicas e invalidantes y las que pertenezcan a grupos específicos reconocidos sanitariamente como de riesgo, tendrán derecho a actuaciones y programas sanitarios especiales y preferentes. Asimismo, establece en su artículo 55.2 la competencia compartida en materia de sanidad interior y, en particular y sin perjuicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 61, entre otras, la ordenación, planificación, determinación, regulación y ejecución de los servicios y prestaciones sanitarias, sociosanitarias y de salud mental de carácter público en todos los niveles y para toda la población y la ordenación y la ejecución de las medidas destinadas a preservar, proteger y promover la salud pública en todos los ámbitos.

La Organización Mundial de la Salud, OMS en adelante, ha declarado la emergencia en salud pública de importancia internacional y la pandemia global ante la situación del coronavirus COVID-19, con fechas 30 de enero y 11 de marzo de 2020, respectivamente. Hacer frente a esta emergencia requiere adoptar una serie de medidas orientadas a proteger la salud y seguridad de la ciudadanía, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Se trata de medidas de contención extraordinarias que se establecen por las autoridades de salud pública. Andalucía cuenta con un sólido Sistema de Vigilancia Epidemiológica desde el que se realiza una monitorización exhaustiva y permanente de todos los casos. Se hace un llamamiento a la población para que sigan las recomendaciones que se vayan realizando, en revisión permanente, de acuerdo a como vaya evolucionando la enfermedad.

Con motivo de la situación de emergencia de salud pública relacionada en los párrafos anteriores, el Gobierno de la Nación acordó declarar, mediante Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria en todo el territorio nacional, con fundamento en las actuales circunstancias extraordinarias y que constituyen una crisis sanitaria sin precedentes y de enorme magnitud. En su artículo 6 se establece que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma. Por último, en su artículo 7 se establecen una serie de limitaciones de la libertad de circulación de las personas.

En virtud del contexto descrito y teniendo en cuenta que se entiende que la medida de confinamiento pudiera estar afectando a los tiempos de respuesta ante la emergencia ICTUS debido al retraso de los pacientes en acudir a los servicios sanitarios como consecuencia de la creencia que se pueden contagiar en las urgencias hospitalarias y de que la prioridad en las mismas son los pacientes de COVID-19, desde la Consejería de Salud y Familias se entiende necesario iniciar una campaña activa dirigida a la población general con el objetivo de mejorar la atención precoz y la identificación inmediata del proceso y la atención urgente de los enfermos con ictus.

Los objetivos de dicha campaña serán los siguientes:

a) Facilitar información actualizada a la ciudadanía sobre el funcionamiento seguro de la atención urgente a los enfermos de ictus en Andalucía, durante el periodo de confinamiento y desconfinamiento de la pandemia COVID-19.

b) Mejorar el conocimiento de la población de Andalucía de los signos y síntomas fundamentales de un ictus.

c) Informar sobre los pasos a seguir ante la presentación de síntomas de ictus, para garantizar una adecuada y rápida atención.

d) Concienciar sobre la importancia de actuar de forma rápida, favoreciendo la detección precoz.

e) Subsidiariamente, las personas con emergencia infarto de miocardio también se pueden beneficiar de una actuación rápida.

En virtud de ello, la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios ha elaborado un informe donde se determinan todos los aspectos que se entienden interesantes sobre dicha campaña y que se adjunta al presente acuerdo como anexo

Por todo ello, teniendo en cuenta la situación de emergencia sanitaria declarada por la OMS y la repercusión que dicha campaña tiene en la ciudadanía en general, se considera oportuno y conveniente que dicho informe sea conocido por parte del Consejo de Gobierno.

En su virtud, de conformidad con el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta del Consejero de Salud y Familias, y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de abril de 2020,

ACUERDA

Tomar conocimiento del informe de la Dirección General de Cuidados Sociosanitarios sobre la campaña de prevención del infarto cerebral durante el periodo de pandemia del COVID-19.

Sevilla, 22 de abril de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
JESÚS RAMÓN AGUIRRE MUÑOZ
Consejero de Salud y Familias
Descargar PDF