Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín Extraordinario número 19 de 23/04/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación

Acuerdo de 22 de abril de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma en consideración la Orden de 18 de abril de 2020, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, por la que se establecen las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las prestaciones básicas de servicios sociales correspondientes al Fondo Social Extraordinario regulado en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

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La Ley 9/2016, de 27 de diciembre, de Servicios Sociales de Andalucía, atribuye al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, entre otras, la competencia para establecer las prioridades y directrices de la política general de servicios sociales, así como los criterios y las fórmulas de coordinación general del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía. De igual manera, la citada ley atribuye a la Consejería competente en materia de servicios sociales, entre otras, la competencia para adoptar las medidas necesarias para ejecutar las directrices que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía en materia de servicios sociales y para desarrollar y ejecutar sus disposiciones y acuerdos.

Mediante el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, se articulan una serie de medidas de apoyo a personas en situación de vulnerabilidad, que se ven particularmente afectadas por las circunstancias actuales, estableciendo, en su artículo 1, un suplemento de crédito en el Presupuesto del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para financiar un Fondo Social Extraordinario destinado exclusivamente a las consecuencias sociales del COVID-19, con destino a las prestaciones básicas de los servicios sociales de las Comunidades Autónomas, Diputaciones Provinciales, o las Corporaciones Locales, en base al cual, el Consejo de Gobierno, en su sesión del día 15 de abril, aprobó la generación del crédito destinado a Andalucía, 51.718.498 euros.

Teniendo en cuenta que las actuaciones a las que se destina el Fondo Social Extraordinario son realizadas en algunos casos y con carácter exclusivo por la Comunidad Autónoma, y, en otras, de manera compartida con las Diputaciones Provinciales y las Corporaciones Locales, la distribución llevada a cabo del Fondo asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía es de 29.053.998,60 euros gestionados por las Corporaciones Locales, 20.107.770 € gestionados por la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, y 2.556.729,40 € gestionados por la Agencia de Servicios Sociales Dependencia de Andalucía.

Así, ante el incremento generalizado de las demandas de la población a los servicios sociales comunitarios, ocasionadas por la pandemia, la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación establece como prioritario destinar estos créditos a ampliar la dotación de las partidas destinadas tanto a garantizar ingresos suficientes a personas y familias en concepto de ayudas de emergencia social, al objeto de cubrir sus necesidades básicas, como al refuerzo de plantillas de los centros de servicios sociales, al incremento del servicio de ayuda a domicilio no vinculado a la Ley 39/2016, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia, a la atención a personas sin hogar, y para adquisición de medios de prevención, tanto para personas usuarias como para trabajadoras y trabajadores de los servicios sociales.

Es por ello que la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación materializa mediante transferencias a las Diputaciones Provinciales y Entidades Locales de más de 20.000 habitantes los créditos correspondientes para la financiación de las prestaciones básicas de servicios sociales gestionadas por las mismas. La distribución del crédito transferido, 29.053.998,60 euros, se ha realizado siguiendo las pautas establecidas en la regla primera de la disposición transitoria única del Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.

En su virtud y de acuerdo con lo establecido en el artículo 27.23 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a propuesta de la Consejera de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 22 de abril de 2020,

A C U E R D A

Tomar en consideración la Orden de 18 de abril de 2020, de la Consejería de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación, por la que se establecen las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación de las prestaciones básicas de servicios sociales correspondientes al Fondo Social Extraordinario regulado en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19.

Sevilla, 22 de abril de 2020

JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
ROCÍO RUIZ DOMÍNGUEZ

Consejera de Igualdad, Políticas Sociales
y Conciliación
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